martes, 23 de enero de 2018

¿Por qué la Corte no destituye a Peña que no cumple una resolución?


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¿Por qué la Corte no destituye a Peña que no cumple una resolución?

Autor: Álvaro Cepeda Neri *

El actual presidente de la Suprema Corte (¿de Justicia de la Nación?), Luis María Aguilar, y sus 10 ministros han destituido a dos o tres, o quizá cuatro funcionarios menores por no haber acatado resoluciones de amparo dictadas por ellos. Y con todo y su toga y sus uniformes de solemnidad, se han parado el cuello para hacernos saber muy jubilosos que están ejerciendo al pie de la letra sus facultades como poder autónomo; y que interpretan constitucionalmente las leyes al imponer esas sanciones tras, pues, la falta de cumplimiento en tiempo y forma, de sus sentencias. El último caso del que hemos tenido noticia es la destitución del titular de la delegación política de Venustiano Carranza en la Ciudad de México; además de que amenazó a varios otros delegados, los cuales evitaron su destitución cumpliendo a última hora las sentencias pendientes. Como comentario al margen se debe recordar que no pocos de estos delegados reciben recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que no atienden de manera pronta y expedita, y tampoco reciben sanciones.

Tenemos por otra parte, un asunto donde Peña Nieto no ha cumplido con una resolución de esa Corte; resolución que además tiene un Punto de Acuerdo Urgente del 13 de diciembre de 2017, aprobado por el Congreso de la Unión. Y que fue presentado a esa soberanía por el diputado federal Jesús Espino Barrientos, con fundamento en el Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General. En ese Punto único se establece la exigencia de que Peña Nieto, como jefe de gobierno federal, cumpla con la resolución dictada por la Suprema Corte para suspender el robo del agua al Valle del Yaqui, el cual viene llevándose a cabo impunemente desde 2012.
De los ocho amparos contra semejante robo ordenado por el ahora encarcelado Guillermo Padrés  Elías cuando fue desgobernador de Sonora, en el amparado número: 631/2012, la Suprema Corte ordena a Peña Nieto que su secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), llevase a cabo el proceso de consulta a la Tribu Yaqui, dejar insubsistente lo relativo a la MIA y en caso de advertir que la obra causara daños irreparables a las comunidades, se suspendiera inmediatamente la operación de bombeo; por lo que las autoridades estatales y federales solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aclaración a la conclusión emitida.
“Durante el proceso de consulta, la Semarnat solicitó la opinión del Instituto Nacional de Antropología e Historia, que emitió un dictamen en el que concluye que ‘el acueducto Independencia causa daños irreparables a las comunidades de la Tribu Yaqui’. Y con dicho estudio, la Semarnat debió atender inmediatamente lo ordenado por la Primera Sala de la SCJN: ‘suspender la operación de bombeo’…”, para devolver a la Tribu Yaqui, al municipio de Cajeme y otras poblaciones, el agua que ilegalmente les han estado sustrayendo. Y que ha ocasionado muy serios daños a los habitantes del sur de la entidad; los cuales se resumen en daños a la población que ha racionado su consumo de agua potable, daños a la agricultura y daños a la ganadería. Y que impunemente 5 años después, Peña Nieto no ha cumplido con la resolución.
“En mayo de 2012, el ejido Lázaro Cárdenas obtuvo la suspensión de plano, la cual fue confirmada por un tribunal colegiado en 2015, por lo que se ordenó a la Comisión Nacional del Agua suspender el bombeo, sin atender a la resolución aludiendo que atenderían sólo “decisiones definitivas”.
Incluso, el mismo “señor presidente” se presentó en 2015 en Sonora y le presentaron los ocho amparos y el respectivo que lo obliga a cumplir la resolución de ya no enviar agua del Río Yaqui. Y de viva voz, conforme a su facultad de emitir órdenes, “ordenó” a su Consejero Jurídico que atendiera la petición. Y hasta la fecha no hay ningún cumplimiento a esa resolución de la Corte. La cual, como órgano colegiado ya debía haber ratificado su sentencia. Y en un Estado de Derecho, Peña Nieto debía haber sido destituido del cargo por desobedecer una resolución judicial del más alto tribunal.
¿Por qué que la Corte no ha procedido en este caso conforme a sus facultades, y en las mismas circunstancias que lo hizo con personajes de poca monta? ¿Por qué Peña no ha ordenado que se dé cumplimiento a las resoluciones de la Suprema Corte? Hay un gravísimo desacato e incumplimiento constitucional por parte de Peña Nieto, porque sus empleados: Semarnat, Profepa, Conagua y Consejería Jurídica han dejado de ejecutar lo ordenado por la Suprema Corte, y ésta a su vez no cumple con su obligación de destituir de sus cargos a esos funcionarios así como al mismo Presidente de la República, que se han burlado del Poder Judicial de la Federación.
Álvaro Cepeda Neri

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