lunes, 2 de diciembre de 2013

El ABC del impuesto a dividendos

El ABC del impuesto a dividendos

Con la reforma hacendaria, los accionistas de empresas deberán pagar 10% sobre sus utilidades; este impuesto aplica sobre dividendos generados a partir de 2014, no 2013.

Por: Ilse Santa Rita |
Lunes, 02 de diciembre de 2013 a las 06:02





Antes de la reforma, cuando los dividendos provenían de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta, el accionista ya no tenía que pagar impuestos sobre éstos. (Foto: Getty Images)
Antes de la reforma, cuando los dividendos provenían de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta, el accionista ya no tenía que pagar impuestos sobre éstos. (Foto: Getty Images)
CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión) — Si eres accionista de una empresa y recibirás el próximo año las utilidades generadas durante 2013, no hay de qué preocuparse, pues el nuevo impuesto sobre dividendos aprobado por el Congreso aplicará para las utilidades generadas a partir de 2014, no las de este año. "Las reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta contemplan la creación de un impuesto de 10% sobre los dividendos que paguen las empresas a sus accionistas. Pero estos aplicarán sobre las utilidades que se determinarán en el 2015 con base en los resultados de 2014", explicó Rubén Herrero, director general de Impuestum Contadores.
Existen dos cuentas de control contable de las que pueden provenir los dividendos. Una de ellas es la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN), explicaron especialistas.
"Antes de la reforma, cuando los dividendos provenían de la CUFIN el accionista ya no tenía que pagar impuestos sobre esos dividendos porque la empresa ya había pagado impuestos sobre ellos", explicó Herrero.
Ahora, los accionistas deberán pagar un 10% como personas físicas por recibir ese ingreso, independientemente de que la empresa ya hubiese pagado impuestos sobre ello.
Dividendos de años anteriores
Aunque este impuesto tendrá efectos más directos sobre los de 2014 que se determinarán hasta 2015, las utilidades no repartidas del 2001 hacia atrás sí podrían pagar el 10%.
A partir del próximo año, la llamada CUFIN se dividirá en tres: una parte contemplará todas las utilidades generadas del año 2000 hacia atrás, otra división contemplará las generadas del 2001 al 2013 y el tercer corte corresponderá a las generadas del 2014 en adelante, explicó  el presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Manuel Toledo.
"A las utilidades que se hayan generado del 2001 al 2013 no le va a aplicar la retención. Así es como está redactada la ley", explicó.
Por lo que es probable que las utilidades generadas del año 2000 hacia atrás sí deban pagar el impuesto de 10%. Esa es la razón por la cual algunas empresas podrían adelantarse al pago de este beneficio correspondiente a esos años.
Recientemente, Grupo Aeroportuario del Sureste (ASUR), Grupo Aeroportuario del Centro Norte (OMA), Femsa, Mexichem, Actinver, Televisa, Alfa, Alpek y Bimbo son algunas de las compañías que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores que han convocado a asambleas para aprobar la distribución de utilidades entre sus accionistas. Otras empresas como Azteca, Grupo Carso e Inbursa ya han decretado los dividendos por pagar.
 Para el pago de este gravamen, la empresa será la encargada de retener este 10% y de transferirlo a la autoridad hacendaria.
Impuesto a ganancias en Bolsa
Además del impuesto de 10% sobre los dividendos, el inversionista tendrá que pagar un 10% adicional sobre la ganancia que obtenga al vender sus acciones cuando la empresa cotice en la Bolsa Mexicana de Valores, impuesto que también contempla la reforma hacendaria que entra en vigor en 2014. 
Hasta ahora, estas operaciones se encontraban exentas de impuestos, dijo Daniel Gorinstein, asesor financiero independiente.
"Para determinar la ganancia se tomará en cuenta el costo comprobado de adquisición de la acción y se confrontará con el precio de venta. Ese cálculo lo hará el intermediario financiero, el cual también se encargará de hacer la retención del 10% correspondiente sobre la ganancia y transferirla al fisco", dijo.
Cuando haya una pérdida, no se pagará el impuesto y la merma podrá restarse de la ganancia que resulte de otra inversión. Se espera que la resolución miscelánea, que es el documento que contiene los detalles de aplicación de las reformas a la Ley del ISR, se publique a finales de diciembre de este año.

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