Reglas antilavado dan fuerza al SAT
El Reglamento de la Ley da mayores facultades administrativas al brazo recaudador de la SHCPPublicado por Jorge Ramos el Sábado 17-08-2013
Reglas antilavado dan fuerza al SAT
Publicado por Jorge Ramos el Sábado 17-08-2013
CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó este viernes, en el Diario Oficial de la Federación (DOF),
el Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el cual contiene nueve
capítulos, 59 artículos y cuatro transitorios.
El ordenamiento otorga más atribuciones administrativas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT), los cuales deberán reforzar las acciones de registro, supervisión y fiscalización que ejercen sobre las entidades financieras que, por su naturaleza, realizan Actividades Vulnerables.
El SAT deberá integrar y mantener actualizado el padrón de personas que realicen las actividades vulnerables; recibir sus avisos, llevar a cabo las visitas de verificación, así como requerirles la información, documentación, datos o imágenes necesarios para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones legales.
Vigilancia
Por su parte, la UIF les podrá requerir la información, documentación, datos o imágenes necesarios para el ejercicio de sus atribuciones; determinar y expedir los formatos oficiales para la presentación de los avisos; y determinar y dar a conocer los medios de cumplimiento alternativos a que se refiere el artículo 16 del reglamento.
El documento establece también que las entidades financieras que por su naturaleza realizan actividades vulnerables deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y contar con el certificado vigente de la Firma Electrónica Avanzada correspondiente, a fin de realizar las acciones relativas al alta ante el SAT para la presentación de los avisos.
Asimismo, definió como actividades vulnerables la venta de boletos, fichas o cualquier otro comprobante similar, y a cualquier acto u operación por medio del cual se reciban recursos que permitan la realización de actividades vinculadas con la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos.
El reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 2013, salvo por lo que se refiere a las atribuciones conferidas a la UIF y al SAT, mismas que entraron en vigor el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Efectos
1.- La nueva Ley permitirá una mejor investigación para perseguir los delitos relacionados con las estructuras financieras de los grupos criminales.
2.- Se protegerá al sistema financiero y a la economía en su conjunto, y se mejorará el control fiscal sobre las transacciones financieras en general.
3.- La nueva Ley pretende inhibir los hechos delictivos al complicar que los criminales puedan sacar provecho económico de sus actividades.
El ordenamiento otorga más atribuciones administrativas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT), los cuales deberán reforzar las acciones de registro, supervisión y fiscalización que ejercen sobre las entidades financieras que, por su naturaleza, realizan Actividades Vulnerables.
El SAT deberá integrar y mantener actualizado el padrón de personas que realicen las actividades vulnerables; recibir sus avisos, llevar a cabo las visitas de verificación, así como requerirles la información, documentación, datos o imágenes necesarios para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones legales.
Vigilancia
Por su parte, la UIF les podrá requerir la información, documentación, datos o imágenes necesarios para el ejercicio de sus atribuciones; determinar y expedir los formatos oficiales para la presentación de los avisos; y determinar y dar a conocer los medios de cumplimiento alternativos a que se refiere el artículo 16 del reglamento.
El documento establece también que las entidades financieras que por su naturaleza realizan actividades vulnerables deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y contar con el certificado vigente de la Firma Electrónica Avanzada correspondiente, a fin de realizar las acciones relativas al alta ante el SAT para la presentación de los avisos.
Asimismo, definió como actividades vulnerables la venta de boletos, fichas o cualquier otro comprobante similar, y a cualquier acto u operación por medio del cual se reciban recursos que permitan la realización de actividades vinculadas con la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos.
El reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 2013, salvo por lo que se refiere a las atribuciones conferidas a la UIF y al SAT, mismas que entraron en vigor el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Efectos
1.- La nueva Ley permitirá una mejor investigación para perseguir los delitos relacionados con las estructuras financieras de los grupos criminales.
2.- Se protegerá al sistema financiero y a la economía en su conjunto, y se mejorará el control fiscal sobre las transacciones financieras en general.
3.- La nueva Ley pretende inhibir los hechos delictivos al complicar que los criminales puedan sacar provecho económico de sus actividades.
#kgb
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