Las claves de la iniciativa de ley anti ‘bullying’
Las sanciones van desde
la amonestación pública hasta una multa de cinco mil días de salario
mínimo para padres y maestros que no controlen, que permitan o que
alienten la violencia escolar. En el caso de los docentes, también se
harían acreedores a la suspensión definitiva del puesto académico y a la
inhabilitación del cargo hasta por cinco años.
-La propuesta establece el diseño e implementación de un Programa de Escuela para Padres, que implique la participación permanente de madres, padres y/o tutores, con el objeto de proporcionar capacitación sistemática y específica que les permita optimizar su capacidad formativa y educativa en los hogares.
-Asimismo, incluir en el Plan de Estudios una materia que promueva y difunda los efectos negativos de enfermedades como la diabetes y la obesidad, así como los medios para prevenirlas.
-También plantea la expedición de la Ley General para la Prevención y Atención de la Violencia Escolar, la cual regularía la convivencia libre de violencia en el entorno escolar que deben promover, en el ámbito de sus respectivas competencias, la Federación, entidades federativas y municipios, con el objeto de prevenir, evitar y erradicar la violencia.
Lo anterior, debido a que diversos estudios ponen a México en una situación crítica en violencia escolar, “por lo que el Estado mexicano debe asumir sus responsabilidades”, precisa la iniciativa.
-Plantea sanciones económicas hasta por cinco mil salarios mínimos, es decir 350 mil pesos de multa, a maestros y padres de familia que sean omisos en casos de violencia escolar con sus hijos o alumnos.
Ello al margen de las responsabilidades civiles o penales que correspondan, así como se establece la inhabilitación hasta por cinco años del cargo a maestros y directivos de planteles escolares que solapen o no actúen a tiempo en contra del llamado bullying.
-La reforma plantea modificar también la Ley General de Educación, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y por supuesto el Código Penal Federal.
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