miércoles, 18 de junio de 2014

Nuevas leyes para CFE y Pemex ofrecen coartadas para corruptos

Nuevas leyes para CFE y Pemex ofrecen coartadas para corruptos

Redacción SDPnoticias.com

mié 18 jun 2014 06:52
De acuerdo con la ley que propone el Ejecutivo no habrá responsabilidad si se prueba que se actuó de 'buena fe'.
 
México.- Se asoma la impunidad con las nuevas leyes reglamentarias para Pemex y CFE, pues éstas que pasan de empresas paraestatales, a "empresas productivas del Estado", permiten a sus funcionarios librar procesos sancionatorios por decisiones u omisiones que causen daños o perjuicios.
De acuerdo con las iniciativas enviadas por el Gobierno federal al Congreso, igualmente concede el "perdón" a los funcionarios por parte de la llamada Unidad de Responsabilidades, la cual será la única facultada para recibir quejas e imponer las sanciones administrativas correspondientes.
De acuerdo con el diario Reforma se plantea en el artículo 86 de la iniciativa de Ley de Petróleos Mexicanos que su personal y de sus empresas productivas subsidiarias no incurre en responsabilidad por los daños o perjuicios que ocasione a las mismas si actúa "de buena fe" y selecciona "la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender".
Además, exime de castigo si su decisión causa un daño a la empresa, aunque los efectos patrimoniales negativos no habían sido previsibles con base en la información disponible al momento.
Funcionarios de CFE gozan de la misma protección, con una redacción idéntica se incluye en el artículo 89 de su ley
La vigilancia y auditoría de las empresas estarán bajo el control del Consejo de Administración y de una Auditoría Interna, según se plantea en ambas propuestas enviadas por el Ejecutivo al Congreso.
Mientras, la Unidad de Responsabilidades se encargará de la investigación de las quejas y denuncias, así como la aplicación de sanciones administrativas.
El rotativo destaca que las reformas dan un nuevo salvoconducto a los funcionarios de ambas empresas.
De acuerdo con el artículo 87 del proyecto de Ley de Pemex, la Unidad de Responsabilidades podrá abstenerse de iniciar un procedimiento o de imponer sanciones administrativas al personal, cuando sucedan los siguientes supuestos:
"Que por una sola vez, por un mismo hecho y en un periodo de un año, la actuación del empleado, en la atención, trámite o resolución de asuntos a su cargo, está referida a una cuestión de criterio o arbitrio opinable o debatible, en la que válidamente puedan sustentarse diversas soluciones, y obren constancias de los elementos que tomó en cuenta el empleado en la decisión que adoptó, o
"Que el acto u omisión fue corregido o subsanado de manera espontánea por el servidor público o implique error manifiesto".
Según el artículo 90 va lo mismo para la Comisión Federal de Electricidad, según el artículo 90 de su ley.

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