La mitad de los países de la UE podría decidir sobre el TTIP en referéndum… pero no España
- Un estudio de la Universidad de Colonia ve un “requisito insalvable” en la celebración de estas consultas debido al “rechazo de la población europea al TTIP”
- Hasta 14 estados miembros podría convocar una votación más allá de la ratificación parlamentaria a la que lo someterá la mayoría
Un
estudio de la Universidad de Colonia subraya la existencia de una
carrera de obstáculos legislativos a la entrada en vigor del tratado de
libre comercio e inversión entre la UE y Estados Unidos, conocido como
TTIP. El estudio: “ El proceso de ratificación en los estados miembros”
describe la posibilidad de celebrar referendos en al menos en 14 de los
Veintiocho países de la Unión, una opción que afecta, según el estudio,
negativamente a la ratificación final del tratado. España no está en
este grupo de países.
Excepto Malta, 27 de los Veintiocho estados necesitan
llevar el tratado, en caso de que se apruebe primero en el Parlamento
Europeo, a sus respectivos parlamentos nacionales. “El prerrequisito de
una ratificación adicional a nivel nacional” tal como el referéndum
“puede representar un obstáculo significativo para los acuerdos de libre
comercio”, entre ellos el TTIP y el CETA (que negocian la UE y Canadá,
aunque el segundo ha trascendido mucho menos). “Y este prerrequisito
puede ser insalvable allí donde los referendos sean concebidos”,
continúa el texto “debido al rechazo entre la población europea” al
TTIP.
¿QUÉ PAÍSES PODRÍAN CONVOCAR UN REFERÉNDUM PARA APROBAR EL TTIP?
FUENTE: ESTUDIO “THE RATIFICATION PROCESS IN EU MEMBER STATES” | GRÁFICO: RAÚL SÁNCHEZ
En resumen, este trabajo deduce que cuanto más
democrático y abierto sea el proceso de ratificación del TTIP, menos
opciones tiene el tratado de ser aprobado. Así, el estudio ve posible
que se convoque una votación en Bulgaria, Dinamarca, Irlanda, Grecia,
Croacia, Lituania, Holanda, Austria, Francia, Polonia, Rumanía,
Eslovaquia, Hungría y Reino Unido. Dos de estos estados, Francia y
Holanda, ya rechazaron la Constitución Europea en 2005. El TTIP genera
todavía un mayor rechazo a lo largo de la Unión según las pocas
encuestas disponibles. En Alemania, donde bastaría con el trámite en el
Bundestag, este rechazo también sería mayoritario, de acuerdo con los últimos sondeos.
El informe de la Universidad de Colonia, de medio
centenar de páginas, distingue entre “ratificación” y “aprobación
interna”. La académica autora del estudio, Anna Eschbach, cree que hay
un “malentendido” entre ambos términos: el segundo, el de aprobación
interna, “consiste en obtener la aprobación parlamentaria de la
conclusión del acuerdo”, ergo bastaría con el voto en el hemiciclo. Sin
embargo, al tratarse el TTIP de un acuerdo económico o comercial que
puede afectar a diferentes áreas de la regulación nacional, los países
pueden echar mano del sistema plebiscitario cuando esté específicamente
indicado en la Constitución.
Algunas de las áreas afectadas por el TTIP pueden ser, de
acuerdo con el estudio, “la protección de la inversión (aquí entraría
en juego el polémico mecanismo de arbitraje inversor-estado, denominado ISDS), las costumbres, el transporte, la energía, las materias primas, la contratación pública, la seguridad en el trabajo…”.
El caso español no deja opción al referéndum. “La Constitución Española estipula el referéndum solo
en caso de enmienda constitucional”, dice el estudio. La solución más
viable con la legislación vigente de la mano es el trámite
parlamentario. “La decisión reside en cómo el Ejecutivo español
categoriza el tratado de libre comercio”, destaca el estudio.
El procedimiento normal sería la ratificación vía
Congreso de los Diputados; después devolvería el texto al Senado, que
podría vetar el TTIP o introducir enmiendas. Y finalmente de vuelta al
Congreso. En 2005, José Luis Rodríguez Zapatero convocó un referéndum para aprobar o rechazar la Constitución Europea, aunque su carácter no fue vinculante (ganó el sí por abrumadora mayoría).
“Por salud democrática”
“El hecho de que haya Estados como Francia o Irlanda que,
llegado el momento, tengan que someter el TTIP a referéndum es síntoma
sin duda de salud democrática”, celebra la eurodiputada de Podemos Lola
Sánchez, favorable a esta opción en España. “No hay que tener miedo a
preguntarle a los ciudadanos nunca, y menos en un tema tan trascendente
como este”. Sánchez recuerda que “la Comisión Europea ya preguntó, y los
resultados fueron claros: el 95% de los europeos manifestaron su
rechazo al TTIP y en concreto a la cláusula de tribunal internacional de
arbitraje privado para resolver conflictos con inversores [ISDS]”.
Entre los países que sí podrían celebrar una votación
existen muchos matices: nadie está obligado, pero es una posibilidad muy
real para muchos estados miembros. En Reino Unido por ejemplo ésta
tendría un carácter no vinculante, y dependería esencialmente de la
buena voluntad de la Cámara de los Comunes porque normalmente “los
acuerdos internacionales son ratificados por la Reina”. Sin embargo, el
estudio de la docente alemana concluye que el referendo es
“esencialmente muy posible” en Gran Bretaña.
En Francia el referéndum puede
llegar por dos vías. Por un lado, el artículo 11 de la Constitución que
establece que cualquier enmienda constitucional necesita ser votada, al
igual que en el caso español. Por otro, la propia Constitución concede
la posibilidad de convocatoria al Presidente de la República o si así lo
piden la Asamblea y el Senado conjuntamente, alegando que el tratado de
libre comercio “tendría efectos en el funcionamiento de las
instituciones”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario