De papel, derechos de las mujeres mexicanas
La legislación mexicana en materia de igualdad y no discriminación contra las mujeres es “pionera en la región”. Sin embargo, esta normatividad de vanguardia no se traduce en mejores condiciones para las mujeres. Los feminicidios se incrementan: durante los primeros 4 años del sexenio pasado sumaron 6 mil 714. De acuerdo con especialistas y funcionarios, esto se debe a la falta de voluntad política del gobierno mexicano para solucionar las problemáticas de las mujeres ya que, en algunos casos, los derechos del género femenino son utilizados como meros “instrumentos de legitimidad política”
En los últimos años, México ha avanzado en materia de legislaciones
a favor de los derechos de las mujeres. La Organización de las Naciones
Unidas (ONU) lo reconoce.
Ana Güezmes García, directora regional de ONU Mujeres para México,
Centroamérica, Cuba y República Dominicana, asegura que la legislación
mexicana en materia de igualdad y no discriminación contra el género
femenino es “pionera en la región”.
Destaca la emisión de las leyes General para la Igualdad entre
Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia y de la reforma constitucional en materia de
derechos humanos; la incorporación de la perspectiva de género a la Ley
Federal de Presupuestos y Responsabilidad Hacendaria y a la Ley de
Planeación; las reformas al Código Penal Federal, a la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal y a la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de la República para tipificar y sancionar el feminicidio y la
discriminación; y la modificación de 15 figuras jurídicas con el
objetivo de garantizar a las mujeres víctimas de violencia el acceso a
la justicia.
A nivel estatal, la representante de la ONU subraya el hecho de que
todas las entidades federativas cuentan con una legislación específica
sobre violencia contra las mujeres y 30 estados, con un sistema de
coordinación interinstitucional.
Todo este cúmulo de normatividades no ha servido, sin embargo, para
modificar favorablemente la condición de quienes representan el 52 por
ciento de la población en el país: las mujeres. Datos de instancias
oficiales demuestran que plasmar estos derechos en papel no ha
contribuido a reducir la violencia que las mexicanas experimentan de
manera cotidiana, tanto en el ámbito público como en el privado.
Por ejemplo, los feminicidios –la manifestación más extrema de
violencia contra la mujer– registrados durante los primeros 4 años del
gobierno de Felipe Calderón se incrementaron respecto de los perpetrados
durante los dos gobiernos que le antecedieron: el de Ernesto Zedillo y
el de Vicente Fox. De 1995 a 1998 las defunciones femeninas con
presunción de homicidio sumaron 5 mil 836; de 2001 a 2004, 5 mil 116; y
de 2007 a 2010, 6 mil 714.
Pablo Navarrete Gutiérrez, coordinador de Asuntos Jurídicos del
Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), plantea una explicación
del porqué esta legislación de vanguardia no incide en la realidad
cotidiana. A propósito de la tipificación del feminicidio en 19 de las
32 entidades federativas, apunta que hay quienes sólo usaron ésta como
un “elemento de legitimidad política”.
El caso de Campeche, una de las siete entidades que aún establecen
la “vergonzosa figura del homicidio en razón de honor”, constituye un
“ejemplo claro de cómo se utiliza el derecho penal y a las mujeres
solamente como un instrumento de legitimidad política”, asegura el
funcionario.
Explica que las autoridades de Campeche accedieron a abrogar el
Código Penal de ese estado con el supuesto objetivo de corregir la
discriminación que conlleva el atenuante del homicidio en razón del
“honor”. No obstante, su nueva normatividad “establece el homicidio en
estado de emoción violenta”.
Para reafirmar el enorme desinterés que los políticos mexicanos
muestran hacia las mujeres, Navarrete Gutiérrez alude a la información
que el Inmujeres hizo de conocimiento público hace un par de años. Esta
instancia reveló que los recursos que los partidos políticos deben
destinar a la capacitación política de las mujeres se ocupaban en
realidad para comprar artículos de limpieza.
Ana Güezmes habla de las expectativas que la organización que
representa ha puesto en la LXII Legislatura. Su optimismo se deriva de
la actual composición del Poder Legislativo en México, que por primera
vez en la historia sobrepasa lo mínimo requerido en materia de cuotas de
género, establecido en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer
(Pekín, 1995): que haya un 30 por ciento de mujeres en puestos de
elección parlamentaria. Hoy casi el 37 por ciento de integrantes de la
Cámara de Diputados son mujeres mientras que en el Senado de la
República la cuota de este género es del 33 por ciento.
El coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres recuerda que los
logros en materia de derechos de las mujeres en el país “no han sido
producto de la benevolencia política, sino más bien de la lucha
incansable de las mujeres”.
Panorama de la violencia contra la mujer
Durante el foro Por la Vida, la Libertad y la Dignidad de las
Mujeres, celebrado el pasado 21 de noviembre en la Cámara de Diputados,
Ana Güezmes aseveró que los feminicidios son motivo de “alta
preocupación” a nivel nacional, pues además de su regular incidencia,
éstos son perpetrados con “violencia extrema y precedidos frecuentemente
por violaciones sexuales, lesiones y mutilaciones”.
Durante los primeros 4 años del pasado gobierno de Felipe Calderón,
los feminicidios sumaron 6 mil 714, es decir, de cuatro a cinco cada
día. A las 2 mil 335 defunciones femeninas con presunción de homicidio
que se registraron en 2010, según la experta de la ONU, se agregan las 4
mil 379 perpetradas entre 2007 a 2010; éstas últimas documentadas en el
estudio Feminicidio en México. Aproximaciones, tendencias y cambios, 1985-2009.
Los feminicidios no son las únicas manifestaciones de la violencia.
En el tema laboral, Eva Gisela Ramírez Rodríguez, directora de
Estadísticas Sociales y de Violencia contra la Mujer del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), destaca que la prueba de
embarazo y estar embarazada continúan siendo un impedimento para el
desarrollo de las mujeres.
De acuerdo con los resultados de la Encuesta nacional sobre la dinámica de las relaciones en los hogares (Endire)
2011, 2 millones 773 mil 633 mujeres (el 15.6 por ciento de las casadas
o unidas que han solicitado empleo o trabajado alguna vez en su vida)
manifestaron que los empleadores les han solicitado la prueba de
embarazo como requisito para la selección e ingreso.
Esta situación es tan común que, de acuerdo con Hilda Téllez Lino,
directora general adjunta de Quejas del Consejo Nacional para Prevenir
la Discriminación (Conapred), el despido por condición de embarazo es la
principal causa de quejas de mujeres contra particulares que atiende
esta institución.
Ésta no es la única forma de discriminación laboral. La Endire 2011
refleja también que el 13.7 por ciento de las mujeres casadas o unidas
que trabajaron como asalariadas durante 2010 tuvieron menos oportunidad
que un hombre para ascender; además, que al 13.5 por ciento le han
pagado menos que a un hombre que desempeña el mismo trabajo o puesto.
Para mostrar lo que sucede en el ámbito privado, Martha Lucía
Micher Camarena, presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la
Cámara de Diputados, recurre, asimismo, a los resultados de la Endire 2011.
Revelan que 47 de cada 100 mujeres de 15 años y más, que están o han
estado casadas o unidas, han vivido situaciones de violencia emocional,
física o sexual durante su actual o última relación. Además, que el 44.8
por ciento de todas las mujeres actualmente casadas o unidas han sido
agredidas por su pareja o su esposo al menos una vez a lo largo de su
vida en común.
Téllez Lino escudriña en la cultura de la población mexicana. Para ello, refiere los resultados de la Encuesta nacional sobre discriminación en México 2010.
En ésta se encuentra que cuatro de cada 10 personas manifestaron que si
las mujeres quieren trabajar deben hacerlo en las “tareas propias de su
sexo”; una de cada tres consideró que es normal que los hombres ganen
más que las mujeres; y una de cada cuatro expresó que si las mujeres
sufren violencia sexual es porque “provocan a los hombres”.
Fallidas, solicitudes de alerta de violencia de género
El papel de la sociedad civil ha sido fundamental como monitor y
garante del cumplimiento de la responsabilidad del Estado mexicano para
con las mujeres.
Tan es así que a partir de la entrada en vigor de la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Observatorio
Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) –constituido por 43
organizaciones de derechos humanos y de mujeres de distintos estados del
país– ha impulsado cuatro solicitudes de alerta de violencia de género,
que es el “conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para
enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio
determinado”.
El objetivo de este instrumento, según el artículo 23 de la Ley
General, es garantizar la seguridad de las mujeres, el cese de la
violencia en su contra y la eliminación de las desigualdades producidas
por una legislación que agravia sus derechos humanos.
El OCNF denuncia que este mecanismo ha sido “insuficiente”, puesto
que representa una serie de obstáculos prácticos. María Guadalupe Ramos
Ponce, quien es parte de este Observatorio, apunta: “Tenemos normas
maravillosas en muchos sentidos, pero no se traducen en una realidad”.
Para la también integrante del Comité de América Latina y el Caribe
para la Defensa de los Derechos de la Mujer, “la patente falta de
implementación [sic] revela la ausencia de una voluntad política
del Estado mexicano para tomar acciones efectivas a fin de resolver la
violencia contra las mujeres”.
Infografía:
En 2008, el Observatorio Ciudadano promovió la primera solicitud de
alerta de violencia de género, a propósito de la violencia feminicida y
los secuestros de niñas y mujeres en la zona triqui de Oaxaca. “A pesar
del contexto de violencia sistemática en la región, las autoridades
encargadas de admitir la declaratoria de alerta no dieron trámite a la
solicitud bajo el argumento de que ésta no cumplía con los requisitos y
pruebas suficientes”.
En mayo de 2009 se emitió la segunda solicitud. Esa vez fue
dirigida al gobierno de Guanajuato, que la rechazó “sin apego al
procedimiento establecido en la ley y en el reglamento”. La solicitud
abordó la vulnerabilidad de las mujeres víctimas de violencia sexual, la
falta de servicios adecuados para la interrupción de embarazos
generados por violaciones y la existencia de un cuerpo normativo que
transgrede los derechos humanos de las mujeres.
Un año después, en el Estado de México, las integrantes del OCNF
impulsaron una tercera petición. Y es que, de enero de 2005 a agosto de
2010, 922 feminicidios se perpetraron en esa entidad, todos cometidos
con un patrón sistemático de impunidad. El caso escaló a los tribunales,
luego de que la Secretaría Ejecutiva del Sistema, en sesión
extraordinaria, “negó la procedencia de dicha solicitud bajo argumentos
irrelevantes al propio sentido de la alerta y sin haber valorado los
hechos y pruebas que la acompañaban”.
Ramos Ponce refiere que, a la fecha, el caso se encuentra en
trámite. Un juez instruyó dejar sin efecto la resolución del Sistema,
así como estudiar y resolver de manera fundada y motivada la solicitud
promovida por el Observatorio. No obstante, las autoridades a cargo
presentaron un recurso de revisión a este amparo.
La más reciente solicitud aborda la problemática de Nuevo León,
entidad en donde, según datos oficiales, se cometieron 1 mil 95
feminicidios de 2009 a 2012. Las evidencias revelan además la presunta
participación de oficiales del Ejército y de las Fuerzas Especiales de
México en algunos de esos crímenes. Aquí, las autoridades se “limitaron a
atribuir estas muertes violentas al crimen organizado, argumento que lo
escuchamos de manera continua en la mayoría de los estados”.
“¿Por qué no han prosperado las solicitudes de declaratoria de alerta de violencia de género? ¿Será que se ha satanizado
la figura de la declaratoria de alerta de género, que se le ha
pretendido dar un uso político?”, se pregunta Pablo Navarrete Gutiérrez.
A decir del coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres, este
mecanismo debe ser revisado puesto que representa “una herramienta
extraordinaria de protección: [que] es llegar [a la] federación, estado,
municipio, [Poderes] Ejecutivo, Legislativo y Judicial a atender un
fenómeno de violencia emergente”.
Desafíos para el cumplimiento de la Ley General
El 1 de febrero de 2007, es decir, casi 6 años atrás, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Pablo Navarrete Gutiérrez manifiesta que se trata de un instrumento
vital pues, además de colocar el tema de violencia contra las mujeres
en el ámbito público, significa la consagración de los compromisos
internacionales adquiridos por el Estado mexicano, tanto en la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Contra la Mujer como en la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, también conocida
como Convención de Belem do Pará.
No
obstante su importancia, esta normatividad aún no incide plenamente en
la realidad de las mujeres que habitan el país. Lo mismo ocurre con los 5
mil 456 millones de pesos que para el tema de género habría destinado
el gobierno federal en lo que fueron estos últimos 6 años de gestión.
Dilcya Samantha García Espinoza de los Monteros, titular de la
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres (Conavim), agrupa en tres grandes rubros los retos para la
aplicación de la Ley General: cultural, jurídico y político.
Respecto del segundo, comenta que aunque esta ley sienta las bases
para una vida libre de violencia, “aún no se ejerce un sistema de
justicia con perspectiva de género”. La comisionada de la Conavim apunta
que el actual sistema “de corte inquisitorial” genera que las mujeres
que son violentadas en el ámbito privado o público y que deciden acudir a
las instancias encargadas de salvaguardar sus derechos, tengan que
enfrentar también la violencia institucional.
Para Navarrete Gutiérrez, el principal desafío es la revisión y
homologación de la legislación nacional en la materia. Y es que, a la
fecha, existe una “disparidad normativa, incluso contradictoria”.
El funcionario del Inmujeres refiere, por ejemplo, que durante el
proceso de armonización legislativa a nivel local, los gobiernos de
algunas entidades sólo hicieron “copy paste de la Ley General. De tal
suerte que tuvimos copias muy defectuosas, que son inaplicables”.
La armonización legislativa pasa también por desaparecer el
atenuante de homicidio “en razón de honor” o en “estado de emoción
violenta” y por incorporar el tipo penal del feminicidio en los 13
códigos penales que aún no cuentan con esta especificidad jurídica. Es
necesario, además, garantizar la correcta y oportuna aplicación de este
tipo penal, pues “hoy los asuntos de violencia extrema contra las
mujeres no están siendo procesados bajo la figura de feminicidio”.
Otros retos enumerados por Pablo Navarrete son: revisar la
limitación que existe en la legislación mexicana para que las mujeres
puedan contraer nupcias durante los 365 días posteriores a un divorcio;
modificar “esos espantosos programas de estudio”, sobre todo de las
escuelas de derecho, para que los abogados y abogadas “estén a favor de
la justicia de las mujeres y no ser mercenarios del derecho”; y
contar con las presencia de las organizaciones de la sociedad civil, no
para que suplan la responsabilidad del Estado, sino para generar un
canal de comunicación abierto y democrático.
Finalmente, llama a corregir el mecanismo jurídico de las órdenes
de protección contempladas en el Capítulo VI de la Ley General: “actos
de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de
la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares”. “No es
posible que le pongamos a la autoridad hasta 24 horas para dictarlas. En
2 horas, en minutos, pueden asesinar a una mujer y no podemos dar un
espacio tan holgado para que se den las órdenes de protección de
emergencia”, sentencia el funcionario.
En los últimos años de vigencia de la Ley General se han emitido
poco más de 41 mil 296 órdenes de protección a nivel nacional. Para el
coordinador de Asuntos Jurídicos del Inmujeres, “el número es ínfimo
frente al fenómeno de la violencia contra las mujeres”.
Hilda Téllez Lino, del Conapred, destaca que la situación de
violencia contra las mujeres y el no reconocimiento de sus derechos es
también un tema de discriminación y exclusión basado en prejuicios,
mitos y normas legales. Por eso dice que desde el Estado deben abolirse
“todas aquellas costumbres y justificaciones que favorezcan la
subordinación de las mujeres a partir de los roles y estereotipos
atribuidos socialmente”.
Plantea, por otro lado, el fortalecimiento y armonización de las
leyes a nivel nacional, pues a pesar de que las 32 entidades federativas
cuentan con una Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia, sólo 26 tienen una ley de igualdad entre hombres y mujeres y,
peor aún, sólo nueve tienen una ley antidiscriminatoria.
Aplicar oportunamente los protocolos, que exista una coordinación
eficiente entre actores y los tres órdenes de gobierno, y aumentar la
presencia de las mujeres en la vida pública y privada de los municipios
del país, se cuentan también entre los desafíos.
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