viernes, 11 de abril de 2014

“Muy peligrosa”, la obligación de presentar contabilidad vía Internet

“Muy peligrosa”, la obligación de presentar contabilidad vía Internet

2014-04-10 16:41:00 Visitas: 48
SUSANA GONZÁLEZ, La Jornada
Una cascada de nuevos amparos generará otra de las disposiciones de la reforma fiscal pendiente de entrar en vigor: la obligación de los contribuyentes, empresas y personas de presentar su contabilidad vía Internet y mensualmente al Sistema de Administración Tributaria (SAT) a partir del primero de julio de este año, según el artículo 28 del Código Fiscal, advirtió Gerardo Nieto Martínez, ex presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresas (Anade).
El especialista en litigio fiscal calificó dicha medida de “muy peligrosa”, pues, sostuvo, vulnera la seguridad jurídica de los contribuyentes porque no se garantiza su derecho de audiencia ni se define qué procedimiento deberá seguir el SAT al contar con toda la información contable de las empresas y particulares.
“Le vamos a entregar toda nuestra información contable al SAT sin siquiera saber cuál es su postura, qué está revisando, sobre qué tiene inquietudes y cuál plazo nos va a dar para presentar documentación que aclare las supuestas irregularidades en que podamos incurrir como contribuyentes. Nada de eso existe. En opinión de muchos, y yo comparto esa opinión, eso es violatorio de la garantía de certeza jurídica, de audiencia, porque el fisco nos puede revisar en todo momento, pero debe haber un procedimiento y no lo hay. No sabemos qué va a hacer el fisco con toda esa información y eso es inconstitucional”, explicó en entrevista, luego de participar en el primer foro de asociaciones de sociedades financieras.
Mencionó que hay una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitida hace casi 15 años con respecto al artículo 42A del Código Fiscal, sobre la violación a la garantía de certeza jurídica, la cual genera mayores probabilidades de que las empresas o particulares que interpongan una demanda de amparo contra tal disposición de la reforma fiscal ganen el juicio. “El criterio de la SCJN hace que si un contribuyente es objeto de un acto de autoridad que se base en ese artículo, se puede defender y la probabilidad de ganar es muy alta”, puntualizó Gerardo Nieto.
Recordó que hasta febrero pasado, al entrar en vigor los primeros lineamientos de la reforma fiscal, unas 3 mil empresas se ampararon y 80 por ciento de tales recursos fueron en contra las modificaciones al impuesto sobre la renta, que incluyen el pago de prestaciones sociales y las contribuciones patronales a la seguridad social. Enseguida se ubicaron las inconformidades contra los impuestos al valor agregado y especial de bienes y servicios aplicado a refrescos, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.
Por otro lado, pequeños comerciantes y locatarios de mercados agrupados en la Coordinadora Nacional para la Defensa de la Economía Social (Condes) aseguraron haber obtenido suspensiones definitivas contra el decreto presidencial sobre el Régimen de Incorporación Fiscal, que forma parte de la reforma, y al que quedan obligados a registrarse una vez que se canceló el régimen de pequeños contribuyentes, informó Joaquín Vela González, vocero de la organización. Aun así, anunció que este jueves los agremiados a la Condes realizarán una marcha que partirá de varios puntos de la ciudad hacia la Cámara de Diputados.

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