Tribunales prohíben exhibir empresas investigadas por expedir facturas apócrifas |
2014-04-10 16:26:00 Visitas: 36 |
ALFREDO MÉNDEZ, La Jornada
Ocho tribunales colegiados de
circuito se han manifestado en sentido opuesto sobre la exhibición
pública de empresas que son investigadas por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT) debido a que expidieron facturas
apócrifas para facilitar la evasión fiscal.
Según consta en registros del
Poder Judicial Federal, cuatro de esos tribunales han concedido
suspensiones en vía de amparo para efecto de que cese la exhibición
pública de más de un centenar de personas morales, cuyos nombres se
hicieron públicos en la página de Internet del SAT, mientras los otros
cuatro tribunales han negado suspensiones a las empresas quejosas.
La contradicción de tesis deberá ser resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que tendrá la última palabra.
Durante los primeros tres
meses de este año el SAT ha difundido los nombres de 162 personas
morales consideradas sospechosas e investigadas por presuntamente emitir
facturas por servicios inexistentes, con el propósito de permitir que
contribuyentes hagan deducciones.
La autoridad fiscal identifica
esa acción ilícita como un “fraude carrusel”, el cual se equipara con
el delito de defraudación fiscal.
En enero entró en vigor una
reforma al Código Fiscal de la Federación, que en su artículo 69 bis
ordena publicar por Internet los nombres de las empresas que expidan
facturas falsas.
La semana pasada Javier
Laynez, procurador fiscal de la Federación, informó de manera pública
que se han promovido 219 amparos contra dicho artículo.
En enero pasado, a través de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el SAT divulgó en el
Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet sat.gob.mx
el listado de quienes presuntamente emitieron comprobantes fiscales que
simulan operaciones inexistentes.
Los contribuyentes
“balconeados” por el SAT tuvieron un plazo de 15 días para aclarar su
situación, pero aun así optaron por recurrir al juicio de amparo.
Desde principios de este año,
el SAT explicó en un comunicado que la publicación de los nombres de
estas empresas deja en claro que las operaciones contenidas en los
comprobantes fiscales apócrifos expedidos por no pocos contribuyentes no
producen ni produjeron efecto fiscal alguno.
El SAT explicó que los
contribuyentes que hubiesen dado cualquier efecto fiscal a los
comprobantes fiscales expedidos por un tributario incluido en el listado
definitivo están obligados a comprobar ante el SAT la compra de bienes o
recepción de servicios.
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viernes, 11 de abril de 2014
Tribunales prohíben exhibir empresas investigadas por expedir facturas apócrifas
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