lunes, 5 de mayo de 2014

Ley prevé apertura irreversible en venta de gasolinas

Ley prevé apertura irreversible en venta de gasolinas

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Karol García / El Economista
La participación del Estado en gasoductos disminuirá gradualmente. Foto: EFE
La legislación secundaria energética turnada al Senado contiene transitoriedad rumbo a la apertura en la venta al público de gasolinas, además de menor participación del Estado en el transporte de gas natural, lo cual establece condiciones de certidumbre para que los cambios propuestos sean irreversibles, coincidieron expertos.
De acuerdo con la Ley de Hidrocarburos, los permisos para el expendio al público de gasolinas y diésel podrán ser otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), a partir del 1 de enero del 2017, y a más tardar el 1 de enero del 2015 la CRE establecerá los lineamientos para la construcción y operación de gasolinerías nuevas o existentes.
Lo anterior, según el abogado del sector, Manuel Cervantes, implica que no hay marcha atrás en la apertura, que para la venta de gasolinas al público será mediante una migración de los franquiciatarios actuales de estaciones de servicio (que son más de 10,000 a nivel nacional) hacia la figura de permisionarios, que podrán vender gasolina provista por Petróleos Mexicanos (Pemex) o cualquier otra empresa.
Por otra parte, a partir del 2015, y hasta el 31 de diciembre del 2019, los precios de las gasolinas serán ajustados por la Secretaría de Hacienda mensualmente, tomando en cuenta la inflación esperada del año en curso. A partir del 2020, la determinación de precios se sujetará a lo dispuesto por la ley excepto cuando no existan condiciones de competencia efectiva, por lo que la regulación sobre las contraprestaciones, precios y tarifas máximos serán establecidos por el Ejecutivo federal mediante acuerdo, explicó el consultor de Pricewaterhouse Coopers, Alejandro Castillo.
“El impacto de estos lineamientos tiene como principal objetivo fomentar la competencia, que impactará el desarrollo esperado de la reforma, así como ir acorde a la estabilización de los precios internacionales de los hidrocarburos”, detalló el analista a El Economista.
MENOS PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN TRANSPORTE DE GAS
Respecto de la operación de gasoductos, la ley establece que a partir de su publicación, la Secretaría de Energía (Sener) y la CRE establecerán un régimen para que la participación del Estado en transporte de gas natural, mediante una empresa propia, se reduzca hasta 50% en cinco años y a 20% en 10 años. Esta especificación, a decir de Cervantes, es algo completamente nuevo, que refleja la intención de llevar al país hacia un esquema de mercado abierto con todas sus variantes, en el cual será fundamental la participación del Centro Nacional de Control de Gas Natural (Cenagas).
“Lo que busca, en síntesis, este apartado es promover la competencia efectiva en la comercialización de gas natural, esto es, agregación de la venta del bien y los servicios adicionales de transporte, almacenamiento y distribución, para entregar el hidrocarburo en un lugar distinto al de origen”, comentó Castillo, de PwC, al respecto.

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