miércoles, 5 de febrero de 2014

Eliminan reserva de México sobre desaparición forzada de personas

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  • Fecha: 04 Feb 2014
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  • Fuente: Óscar Palacios Castañeda

Eliminan reserva de México sobre desaparición forzada de personas

En el dictamen, aprobado por 93 votos en la sesión ordinaria de este martes, se explica que la Convención establece en sus disposiciones la obligación de tipificar y perseguir a los perpetradores de la desaparición forzada de personas.
Por unanimidad, el Senado de la República avaló el retiro de la reserva formulada por el gobierno de nuestro país a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en la que se reconocía el fuero de guerra y se consideraba que éste no constituía una jurisdicción especial.
El dictamen, aprobado con 93 votos a favor, explica que la Convención establece la obligación de tipificar y perseguir a los perpetradores de la desaparición forzada de personas.
Además excluye las jurisdicciones militares o especiales, por lo que los responsables de ese ilícito sólo podrán ser juzgados en las jurisdicciones de derecho común competentes de cada Estado.
En este sentido, los senadores destacaron  que el retiro de la reserva refrenda el compromiso de nuestro país con la protección de los derechos humanos, en este caso, al combate de actos injustos como la desaparición forzada de personas.
La senadora por el PRD, Angélica de la Peña, recordó que este instrumento señala que los hechos constitutivos de la desaparición forzada no podrán considerarse como cometidos en el ejercicio de las funciones militares y no se admitirán privilegios, inmunidades, ni dispensas especiales en tales procesos.
En tanto, la senadora por el PAN, Gabriela Cuevas Barrón, afirmó que el retiro de esta reserva abre la puerta y los compromete a avanzar en mayores legislaciones en favor de los derechos humanos y en su pleno respeto.
Por otro lado, la Cámara Alta avaló el retiro de la reserva formulada por el gobierno de nuestro país al artículo 62 de la Declaración para el Reconocimiento de la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en los casos derivados de la aplicación del artículo 33 de la Constitución.
El texto constitucional faculta al Ejecutivo para que, previa audiencia, expulse del territorio nacional a personas extranjeras que considere conveniente. No obstante, con el retiro de la reserva, la CIDH podrá tener competencia en estos temas.
Ambos dictámenes se remitieron al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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