Emiten la Ley Federal de Consulta Popular |
2014-03-14 10:56:00 Visitas: 103 |
México, 14 Mar. (Notimex).- La
Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer este viernes en el
Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley
Federal de Consulta Popular.
El objetivo de esta ley es
regular el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo,
cómputo y declaración de resultados de la consulta popular, así como
promover la participación ciudadana en éstas.
Serán objeto de consulta
popular los temas de trascendencia nacional, y para ser considerados así
deben repercutir en la mayor parte del territorio nacional o impactar
en una parte significativa de la población.
Señala que la trascendencia
nacional de los temas propuestos para consulta popular será calificada
por la mayoría de los legisladores presentes en cada Cámara, con
excepción de la consulta propuesta por los ciudadanos, que lo resolverá
la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El resultado de la consulta es
vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como
para las autoridades competentes, cuando la participación total
corresponda, al menos, a 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la
lista nominal de electores.
Menciona que los ciudadanos
que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la
consulta popular exclusivamente cuando ésta coincida con la elección de
presidente de México, aplicando en lo conducente lo dispuesto en el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El decreto indica que podrán
solicitar una consulta popular el presidente de la República; el
equivalente a 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las
cámaras del Congreso, o los ciudadanos en un número equivalente, al
menos, a dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de
electores.
La petición de consulta
popular podrá presentarse ante las cámaras del Congreso según
corresponda a partir del 1 de septiembre del segundo año de ejercicio de
cada legislatura y hasta el 15 de septiembre del año previo al en que
se realice la jornada electoral federal.
El decreto, que entrará en
vigor mañana, indica que el periodo de recepción de la consulta popular a
que se refiere el párrafo anterior, por única ocasión iniciará a partir
del día siguiente al inicio de vigencia de este documento.
En un plazo no mayor a 180
días a partir de mañana, cada cámara realizará las adecuaciones
necesarias a sus respectivos reglamentos, derivadas del presente
decreto, y el Congreso de la Unión a la legislación secundaria.
Por única ocasión, los
requisitos relativos al aviso de intención y al formato para la
obtención de firmas a los que se refiere esta ley, no serán aplicables a
las peticiones de consultas ciudadanas que hayan sido presentadas al
Congreso de la Unión con anterioridad a su entrada en vigor.
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sábado, 15 de marzo de 2014
Emiten la Ley Federal de Consulta Popular
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