miércoles, 11 de julio de 2018

Panamá: la Fiscalía pide 21 años de prisión al expresidente Martinelli


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Panamá: la Fiscalía pide 21 años de prisión al expresidente Martinelli


El fiscal Harry Díaz sustentó ayer, durante la audiencia intermedia, la acusación contra el expresidente Ricardo Martinelli por cuatro delitos que pretende probar con 74 testimonios y vasta documentación
A casi un mes desde la primera vez que el exmandatario Ricardo Martinelli se sentó frente a su juzgador, escuchó formalmente la acusación en su contra, proferida por el fiscal de la causa, Harry Díaz.
La fiscalía detalló cuatro cargos, en calidad de autor, que presuntamente cometió Martinelli: inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad (interceptación de telecomunicaciones sin autorización judicial, pena de cuatro años de prisión), contemplados en el artículo 167 del Código Penal; seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial contenidos en el artículo 168 (pena de cuatro años de prisión); contra la administración pública en diferentes formas de peculado (por sustracción o malversación, pena de diez años de prisión, y peculado de uso, que tiene un agravante de tres años).
Para probar estos delitos, Díaz presentó 74 pruebas testimoniales, 48 pruebas documentales y 72 documentos que se utilizarán en el juicio oral como ayuda a memoria.
Además, hizo entrega al magistrado Jerónimo Mejía —en funciones de juez de garantías— de un sobre cerrado proveniente del Ministerio Público en el que se tienen los datos para ubicar al testigo protegido que intervendrá en el proceso. De igual forma, Díaz proporcionó al juez la resolución emitida por la Sala Penal, mediante la cual se ordena al fiscal Marcelino Aguilar la reserva de siete cuadernillos que deben ser reproducidos en caso necesario y que así lo disponga el tribunal.
Fue al regreso del receso, pasadas las cinco de la tarde, cuando el juez otorgó la palabra al fiscal para que presentara la acusación. Unos segundos antes, el abogado de la defensa, Sidney Sittón, pretendía presentar una advertencia de inconstitucionalidad. Sin embargo, el juez no lo permitió, puesto que el turno del fiscal había sido concedido con antelación.
La acusación es uno de los momentos más relevantes en este tipo de procesos. Es cuando se disponen las reglas del juego que se emplearán posteriormente, durante el juicio. Es en esta etapa cuando la defensa puede objetar la acusación efectuada por la Fiscalía y por el querellante autónomo Rosendo Rivera, quien mantuvo una acusación muy similar a la presentada por la fiscalía, solo que agregó un testigo más, la diputada Ana Matilde Gómez.
Mientras esto ocurría, Martinelli revisaba documentos en los que parecía hacer anotaciones, conversaba con sus abogados y, de vez en cuando, esbozaba una sonrisa.
Su semblante era más tranquilo, en comparación con otros días de audiencia. Como acostumbra, Martinelli ingresó a la sala con una obra literaria en sus manos, la que exhibe como para asegurarse de que la capten las cámaras. Esta vez se trató de ‘Justos y pecadores’.
Hoy es el turno de la defensa para refutar la acusación en forma y fondo.
PETICIÓN DE LA FISCALÍA
Antes de leer la acusación de treinta páginas, el fiscal Díaz hizo tres peticiones al juez Mejía. Habilitó a dos fiscales adjuntas, para que lo suplan en caso de ausencia: Eyvis Jaén y Rosario Ortega, lo que fue admitido por las partes.
Seguidamente, Díaz solicitó la excepción del principio de publicidad. Es decir, que por respeto a las víctimas, se declare en reserva parcial o total las audiencias, ya que algunas evidencias contienen información íntima de los querellantes y de esta manera se evita una revictimización.
Por último, solicitó al juez que en el futuro no se interrumpan las audiencias en caso de que Martinelli tenga que acudir a citas médicas.
A estas dos últimas peticiones, el juez de garantías se vio impedido de pronunciarse por tratarse de solicitudes extemporáneas.
La fase de presentación de pruebas puede durar meses, tomando en cuenta los más de 74 testimonios que tiene la parte acusadora, sin dejar a un lado las estrategias que utilizará la defensa para contrarrestar estas declaraciones, peritajes o documentación que será introducida por las partes en la audiencia.
La acusación contra Martinelli se efectúa en medio de una trascendental decisión, que debe hacer el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el miércoles próximo, que debe resolver un amparo de garantías presentado por la defensa, que pide que el caso salga de la competencia de los nueve magistrados y se remita al Juzgado Décimo Sexto.
Para el jueves se contempla una audiencia ante el Pleno para atender un recurso de apelación y uno de hecho que presentó la defensa en contra de decisiones del juez Mejía.
SUPUESTA VIOLACIÓN DE DERECHOS
En la primera parte de la audiencia, la defensa expuso tres situaciones en las que se habrían violado los derechos de su cliente.
El primero se refiere a la documentación en idioma inglés que acompañó a su cliente en la extradición. En este sentido, el abogado Roniel Ortiz advirtió sobre las consecuencias que podía arrastrar la falta de traducción de estos textos ante la riesgosa condición de salud de su cliente.
Las exposiciones de la defensa no necesariamente merecen una decisión del juez, sino que se consignan en el proceso como violaciones calificadas por la defensa del procesado.
El segundo punto que trajo a colación Ortiz se centró en el derecho a la defensa que tiene todo procesado. Recordó que cuando su cliente arribó a Panamá, extraditado de Estados Unidos el 11 de junio, su derecho a la defensa fue vulnerado. ‘Como no le permitieron el derecho de defensa dijo que iba llamar a su esposa, pero en realidad llamó al teléfono de Carlos Carrillo, su abogado, a preguntarle donde estábamos (los abogados) porque él se encontraba solo’, dijo Ortiz.
El tercer punto se orientó al derecho que tienen los expresidentes de recibir la vigilancia vitalicia de los agentes del Servicio de Protección Institucional (SPI), lo cual no se cumplió.
Posteriormente, el juez de garantías dio traslado al fiscal para que contestara a la defensa. El fiscal Díaz dijo no comprender la relevancia de la primera sustentación de la defensa y la consideró ‘un acto dilatorio’.
Luego el fiscal señaló que el 11 de junio consta que hubo comunicación entre Martinelli y su abogado y que estos temas ya han sido tratados y decididos en la sala.
Por último, el fiscal se refirió a la custodia del SPI y argumentó no entender cómo la defensa del privado de libertad puede solicitar esta protección, ya que se entiende que su cliente no se encuentra en libertad ambulatoria; por tanto, no es necesaria la vigilancia del SPI.
Los querellantes también tuvieron oportunidad de contestar a la defensa. En su mayoría coincidieron que se trata de recursos que solo intentan dilatar el proceso, que ya han sido debatidos, y que parte de estos documentos los utilizó la defensa al principio del proceso, cuando interrogó a los médicos para constatar la gravedad de la condición de salud de su cliente.
El juez finalmente indicó que el 11 de junio, en la diligencia de comunicación de derechos que se celebró en presencia del exgobernante, él mismo introdujo una nota diplomática en idioma inglés. En la diligencia, Martinelli tradujo los documentos de forma simultánea.
Con respecto a los informes en los que se daba el avance médico de Martinelli, ‘no se aprecia que la falta de traducción haya generado una vulnerabilidad a los derechos del acusado’, indicó el juez. Reconoció que los actos de procedimiento deben ser en español, pero añadió que en su momento la defensa nunca solicitó que se tradujeran por falta de comprensión.
Con respecto a la segunda supuesta violación denunciada por la defensa, el juez Mejía indicó que no aprecia la incomunicación del procesado con sus abogados. En menos de 24 horas, se sentó frente al juez para que le fueran comunicados sus derechos.
Y por último, con respecto a las escoltas a los que tienen derecho los presidentes al finalizar su mandato, el juez Mejía señaló que no se vulnera un derecho fundamental.
La Estrella

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