¿Ley antimarchas? Puntos clave de lo aprobado por diputados
La Cámara aprobó el
dictamen que reforma y adiciona los artículos 11 y 73 de la Constitución
Política en materia de derecho a la movilidad universal.
Redacción AN
diciembre 3, 2014 5:58 am
Los diputados desempolvaron ayer una iniciativa
del 24 de septiembre de 2013, la cual, algunos legisladores del PRD, PT y
Movimiento Ciudadano calificaron como una “ley antimarchas”…
¿Por qué?
Según el diputado perredista, Fernando Belaunzarán, las reformas a los artículos
11 y 73 de la Constitución,
en materia de derecho a la movilidad universal -aprobados el martes en
San Lázaro, con 292 votos a favor, 100 en contra y una abstención-,
“alguien (los) pudiera interpretar o sobreinterpretar”.
“Imagínense que estando el país como está, con la gente en las
calles, se pudiera entender que esta reforma puede limitar el derecho a
la manifestación. Eso es echarle leña a la hoguera, echarle leña al
fuego… la propuesta que les quiero hacer es que lo digamos
explícitamente, que establezca que esto es sin menoscabo del derecho a
la libre manifestación y a la libertad de expresión…
“Hay quien dice: es que ya está en la Constitución. Bueno, cuál es el
problema de hacerlo de manera más explícita, para evitar, insisto,
malos entendidos en un momento por demás delicado.No mandemos señales
equívocas, sería una forma –me parece– irresponsable de actuar en este
momento, poder mandar una señal equivocada.
“Si nadie quiere dar ningún pretexto para que se coarte la libertad
de manifestación, pues establezcamos y quitemos. Si alguien dice: es que
éstos son fantasmas que se están creando. Conjuremos los fantasmas y
pongámoslo explícitamente… No queremos ahondarla crisis y si se quiere
ahondar la crisis es mandar un mensaje equivocado y que se empiece a
difundir que lo que se quiere es coartar la libertad de manifestación y
entonces sí, que arda Troya”, expuso en tribuna el perredista.
Quien propuso las reformas
, el panista Marcos Aguilar, rechazó que éstas se contrapongan a la libre manifestación.
“Debo señalar que el derecho a la movilidad universal no se
contrapone con el ejercicio de otros derechos fundamentales, tales como
el libre tránsito o el derecho de reunión o manifestación. La movilidad
no pugna con el ejercicio de estos derechos, pues quienes viven y
transitan en zonas rurales y en las grandes ciudades, tienen el mismo
derecho de utilizar el espacio público.
“No se puede sacrificar un derecho por encima de otro, por lo que la
legislación que llegará a expedirse, deberá regular la actuación de la
autoridad para permitir su ejercicio armónico, implementando planes y
procedimientos operativos adecuados, para facilitar el ejercicio del
derecho de reunión sin poner en riesgo el ejercicio del derecho a la
movilidad universal”, argumentó el diputado del PAN.
¿Qué dice el texto?
La reforma reconoce en el Artículo 11 de la Constitución el derecho a la
“movilidad universal”, atendiendo los principios de igualdad,
accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad.
En el Artículo 73 se indica que el Congreso deberá expedir una
ley secundaria sobre movilidad universal, y en artículos transitorios se prevé que ésta deberá estar lista en 180 días.
En tanto, las legislaturas de los congresos locales tendrán un plazo
de 60 días para adecuar sus leyes de acuerdo a la reforma constitucional
y a la ley general, a partir de que ésta entre en vigor.
“Quienes viven y transitan en las grandes ciudades tienen
el mismo derecho de utilizar el espacio público que el que tienen las
personas que ejercen el derecho a la libre expresión y reunión
en el marco de una manifestación, por tanto el Estado buscará mecanismos
alternativos para el disfrute de dicha garantía”, dice el dictamen aprobado y enviado al Senado.
¿Ley antimarchas, sí o no?
En este momento, no hay legislación alguna que prohíba la libre manifestación o una marcha en el país.
Al contrario, el artículo sexto constitucional indica: “La
manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición
judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los
derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público
(…)”.
Sin embargo, en los últimos años han existido intentos legislativos
por regular marchas, alegando que la libertad de tránsito -también en la
Constitución- constituye una especie de límite al ejercicio del derecho
a manifestarse Esto último, cuando la libertad de tránsito se afecta
con las manifestaciones que obstruyen la vía pública (los bloqueos y
plantones, por ejemplo).
Más sobre el debate ayer en Cámara de Diputados
El diputado Marcos Aguilar Vega (PAN) destacó que la reforma reviste una
gran importancia ya que pretende plasmar en nuestra Constitución el
reconocimiento y la protección del derecho humano que tenemos todas las
personas a la movilidad universal.
Este derecho, dijo, implica el reconocimiento que
tiene cada individuo y sus bienes, a su adecuado desplazamiento de un lugar a otro.
Afirmó que la inmovilidad puede traer consecuencias serias para el
desarrollo social, el crecimiento económico, la erosión de la
convivencia social y efectos negativos sobre el medio ambiente por la
emisión de gases contaminantes, entre otras.
Por su parte, las diputadas Aleida Alavez Ruiz (PRD) y Zuleyma
Huidobro González (MC) presentaron, por separado, una moción suspensiva
bajo el argumento de que la actual situación que vive el país no es
conveniente para discutir esta reforma en el Congreso.
Aleida Alavez mencionó que la adición y reforma al artículo 11 y 73
constitucionales vulneran el artículo 1o constitucional en materia de
protección a garantías individuales y derechos humanos.
La reforma al artículo 11, dijo, permitirá al Estado controlar, en
una ley general, el derecho a la movilidad, es decir, “a las
manifestaciones a su libre arbitrio, los lugares o espacios a los que
podrá llegar este tipo de movimientos”.
En el caso del artículo 73, opinó, permitiría al Congreso de la Unión
a tener facultades para expedir una ley que permita el control de las
marchas y por ende el libre tránsito.
“No es el momento político para aprobar este dictamen, no abonemos
más a la crispación social. México enfrenta una crisis de Estado, seamos
responsables y cerremos el paso a la tentación de reprimir las
manifestaciones sociales pacíficas, que en estos días se registran en
las calles”, concluyó.
Al fijar el posicionamiento de su grupo parlamentario, el diputado Ricardo Cantú Garza (PT) advirtió que
bajo el pretexto de garantizar la libre movilidad de los ciudadanos, esta reforma y las leyes secundarias que de ella derivarían, podrían ser utilizadas para inhibir el derecho de la libre manifestación de los ciudadanos.
“Quienes nos hemos formado en la lucha social a lo largo de muchos
años, sabemos que en ocasiones las manifestaciones generan afectaciones a
otros mexicanos, pero de no ejercer nuestros derechos constitucionales,
los actos reclamados podrían quedar opacados y en la impunidad”,
consideró.
Ricardo Mejía Berdeja (MC) señaló que esta ley, “en apariencia
progresista e innovadora” en la coyuntura político-social que vive el
país, puede utilizarse “como una coartada para la represión. Como una
coartada para frenar el legítimo derecho del pueblo a manifestarse en
términos de la Constitución Política”.
Añadió que el dictamen es “políticamente inoportuno” por la situación
del país, el cual vive “intensas movilizaciones sociales, de enojo
frente a las violaciones a los derechos humanos, la inseguridad y la
caótica situación económica”.
Opinó que si la preocupación es la movilidad urbana, nada impide que
los congresos locales puedan apuntalar medidas para atender a grupos con
necesidades especiales en materia de transporte, procurar la
utilización ecológica del transporte público, se realicen campañas para
desincentivar el uso del automóvil y se privilegie el transporte
público.
El PRI no fijó una postura oficial sobre estas reformas.
El dictamen fue enviado al Senado de la República y ahí será discutido nuevamente.