Más estados piden prisión vitalicia, ¿al olvido la reinserción social?
Por Belén Zapata
Lunes, 07 de octubre de 2013 a las 06:22
Lunes, 07 de octubre de 2013 a las 06:22
Lo más importante
- Cinco de 32 estados en México castigan con prisión de por vida a homicidas, secuestradores, violadores y extorsionadores
- El Estado de México, es la única de las cinco entidades que castiga con prisión vitalicia el feminicidio
- Chihuahua fue el primer estado en México en condenar con prisión vitalicia a secuestradores y extorsionadores
- Jalisco busca convertirse en la sexta entidad en contar con prisión vitalicia o cadena perpetua
Sé que es difícil pensar objetivamente cuando somos las víctimas (directas o indirectas) de un delito, pero recordemos que en un Estado Constitucional se busca la impartición de justicia y nunca confundirla con la venganza | ||
Francisco Burgoa, abogado y consultor constitucionales |
(CNNMéxico) — La prisión vitalicia
estaba ausente en las leyes mexicanas hasta 2008; desde entonces, cinco
de las 32 entidades del país ya la contemplan en sus Códigos Penales, la
más reciente iniciativa se presentó en agosto pasado en Jalisco.
Jalisco está proponiendo sancionar con prisión vitalicia algunas modalidades de los delitos de homicidio calificado, parricidio, infanticidio y el feminicidio.
En la iniciativa, presentada por el Ejecutivo estatal, se argumenta entre otros aspectos que en 2006 en Jalisco se privó de la vida a 1,263 personas, y para 2012 la cifra se había crecido a 1,900 homicidios, según el Sistema Nacional de Seguridad.
La iniciativa actualmente está en estudio en las comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales y aún no hay fecha para su votación en el pleno del Congreso.
En febrero del año 2006, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la prisión vitalicia no viola la Constitución pues no incurre en sanciones como: causar dolor o alteración física en el sentenciado; que sea excesiva con relación con el delito cometido y que sea rechazada en la generalidad de los sistemas punitivos.
Sin embargo, el constitucionalista Francisco Burgoa señaló en entrevista que “lo deseable es que antes de pensar en establecer la cadena perpetua en determinados delitos, se debiesen crear auténticas políticas de prevención del delito y de seguridad pública, porque se ha demostrado que aumentar las sanciones no es sinónimo de disminución de delitos”.
Burgoa considera que unas de las “fallas” en la creación de leyes, “en este caso de tipo penales, es hacerlas con el fin de causar solo una sensación positiva en la población, pero sin hacer estudios serios”.
Cinco estados en cinco años
Los congresos locales que ya han aprobado en sus Códigos Penales el castigo de "prisión vitalicia" son: Chihuahua, Estado de México, Puebla, Veracruz y Quintana Roo, para delitos como secuestro, homicidio, extorsión y violación.
El Estado de México es la entidad que más delitos considera para este castigo: homicidio, extorsión, violación, robo, y el único que también incluye al feminicidio como causal.
Aunque no fue el primer estado en contar con prisión vitalicia -Puebla y Veracruz los hicieron en 2008-, Chihuahua fue la primera entidad en sentenciar de por vida a secuestradores y extorsionadores.
En septiembre de 2010, Chihuahua aprobó reformas a su Código Penal para imponer prisión vitalicia para homicidas múltiples y secuestradores. Dos meses después, un joven de 18 años de edad, Alfredo Cruz Guzmán El Pelón, se convirtió en la primera persona sentenciada en el país a cadena perpetua, luego de ser juzgado y enocntrado culpable de secuestro agravado.
Cruz Guzmán, originario de Chiapas, pero con varios años de residencia en Chihuahua, aceptó ser parte de la banda de secuestradores conocida como La Muñeca o Los Mochadedos y haber torturado a sus víctimas. La segunda sentencia ocurrió en febrero del 2011, contra Erika Patricia Alonso, de 28 años, acusada de ser líder del mismo grupo criminal.
En septiembre del 2011, Chihuahua también fue el primer estado en condenar a prisión vitalicia o cadena perpetua a dos extorsionadores que “cobraban cuota de 1,000 pesos semanales a la dueña de una tienda de abarrotes, a quien amenazaba con quemar su negocio o hacer daño a su familia”, informó entonces el gobierno del estado.
¿Justicia o venganza?
Burgoa advierte que “se debe tener cuidado” al incluir este tipo de penas en los Códigos Penales, entre otras razones porque se atentaría contra el artículo 18 de la Constitución, que ofrece la garantía al sentenciado de rehabilitación y posterior reinserción a la sociedad.
Coincide José Luis Caballero, profesor de Derecho en la Universidad Panamericana y autor de México y el sistema interamericano de protección a los derechos humanos: “tenemos un sistema penitenciario basado en la rehabilitación, en la reinserción de los delincuentes a la sociedad una vez que han sido condenados. Y esa reinserción se planteó con base en el trabajo, entonces la prisión vitalicia es contraria, por sentido común, a este sistema".
El secretario General de Gobierno de Jalisco, Arturo Zamora, jurista y responsable de enviar al Congreso local la iniciativa para incluir esta pena, considera que la reinserción social es para las personas que tienen la oportunidad de rehabilitarse y alcanzar su libertad.
“Quienes por sus hechos, quienes por su conducta, quienes por sus precedentes son personas que sentimos que no van a seguir siendo útiles para la sociedad, preferimos que dejen de seguir siendo un riesgo para la sociedad misma”, señaló en entrevista.
Burgoa opina en contraparte que “si queremos que la cadena perpetua no sea un retroceso, lo correcto sería que se contemplen ciertos mecanismos de beneficio para que, en su caso, pueda cambiarse la cadena perpetua por una prisión de tiempo determinado”.
Burgoa considera que "es difícil pensar objetivamente cuando somos las víctimas (directas o indirectas) de un delito, pero recordemos que en un Estado Constitucional se busca la impartición de justicia y nunca confundirla con la venganza".
Caballero advierte que aunque tratados internacionales como el de Roma, establecen la posibilidad de instaurar estas penas, en países democráticos esta tendencia va “a la baja”, y lo que se busca es enfocarse en la reparación del daño.
“Si bien es cierto que hay una realidad de un sistema carcelario fracturado, absolutamente corrupto, corrompido, que impide la reincorporación a la sociedad, yo pienso que más que una discusión en los países sobre el endurecimiento de penas, necesitamos una discusión en serio sobre la efectividad de los sistemas penales”, agregó.
CNNMéxico buscó la postura de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ante este tema, pero hasta el momento no hubo respuesta.
Un castigo 'de facto' en México
Aunque la prisión de por vida no está contemplada en el Código Penal Federal ni en la Constitución, sí existe la acumulación de penas o sentencias por hasta 70 años.
En 2007, el entonces presidente Felipe Calderón envió al Congreso un paquete de reformas en materia de justicia y seguridad, entre las que pedía cárcel vitalicia a secuestradores que mutilen o maten a sus víctimas.
La iniciativa no prosperó y solo en 2010 se consiguió que el Congreso de la Unión elevara hasta 70 años de cárcel el castigo para los secuestradores y permitiera la acumulación de penas con lo que en “la práctica” podría haber sentencias de más de 100 años para un delincuente.
Jalisco está proponiendo sancionar con prisión vitalicia algunas modalidades de los delitos de homicidio calificado, parricidio, infanticidio y el feminicidio.
En la iniciativa, presentada por el Ejecutivo estatal, se argumenta entre otros aspectos que en 2006 en Jalisco se privó de la vida a 1,263 personas, y para 2012 la cifra se había crecido a 1,900 homicidios, según el Sistema Nacional de Seguridad.
La iniciativa actualmente está en estudio en las comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales y aún no hay fecha para su votación en el pleno del Congreso.
En febrero del año 2006, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la prisión vitalicia no viola la Constitución pues no incurre en sanciones como: causar dolor o alteración física en el sentenciado; que sea excesiva con relación con el delito cometido y que sea rechazada en la generalidad de los sistemas punitivos.
Sin embargo, el constitucionalista Francisco Burgoa señaló en entrevista que “lo deseable es que antes de pensar en establecer la cadena perpetua en determinados delitos, se debiesen crear auténticas políticas de prevención del delito y de seguridad pública, porque se ha demostrado que aumentar las sanciones no es sinónimo de disminución de delitos”.
Burgoa considera que unas de las “fallas” en la creación de leyes, “en este caso de tipo penales, es hacerlas con el fin de causar solo una sensación positiva en la población, pero sin hacer estudios serios”.
Cinco estados en cinco años
Los congresos locales que ya han aprobado en sus Códigos Penales el castigo de "prisión vitalicia" son: Chihuahua, Estado de México, Puebla, Veracruz y Quintana Roo, para delitos como secuestro, homicidio, extorsión y violación.
El Estado de México es la entidad que más delitos considera para este castigo: homicidio, extorsión, violación, robo, y el único que también incluye al feminicidio como causal.
Aunque no fue el primer estado en contar con prisión vitalicia -Puebla y Veracruz los hicieron en 2008-, Chihuahua fue la primera entidad en sentenciar de por vida a secuestradores y extorsionadores.
En septiembre de 2010, Chihuahua aprobó reformas a su Código Penal para imponer prisión vitalicia para homicidas múltiples y secuestradores. Dos meses después, un joven de 18 años de edad, Alfredo Cruz Guzmán El Pelón, se convirtió en la primera persona sentenciada en el país a cadena perpetua, luego de ser juzgado y enocntrado culpable de secuestro agravado.
Cruz Guzmán, originario de Chiapas, pero con varios años de residencia en Chihuahua, aceptó ser parte de la banda de secuestradores conocida como La Muñeca o Los Mochadedos y haber torturado a sus víctimas. La segunda sentencia ocurrió en febrero del 2011, contra Erika Patricia Alonso, de 28 años, acusada de ser líder del mismo grupo criminal.
En septiembre del 2011, Chihuahua también fue el primer estado en condenar a prisión vitalicia o cadena perpetua a dos extorsionadores que “cobraban cuota de 1,000 pesos semanales a la dueña de una tienda de abarrotes, a quien amenazaba con quemar su negocio o hacer daño a su familia”, informó entonces el gobierno del estado.
¿Justicia o venganza?
Burgoa advierte que “se debe tener cuidado” al incluir este tipo de penas en los Códigos Penales, entre otras razones porque se atentaría contra el artículo 18 de la Constitución, que ofrece la garantía al sentenciado de rehabilitación y posterior reinserción a la sociedad.
Coincide José Luis Caballero, profesor de Derecho en la Universidad Panamericana y autor de México y el sistema interamericano de protección a los derechos humanos: “tenemos un sistema penitenciario basado en la rehabilitación, en la reinserción de los delincuentes a la sociedad una vez que han sido condenados. Y esa reinserción se planteó con base en el trabajo, entonces la prisión vitalicia es contraria, por sentido común, a este sistema".
El secretario General de Gobierno de Jalisco, Arturo Zamora, jurista y responsable de enviar al Congreso local la iniciativa para incluir esta pena, considera que la reinserción social es para las personas que tienen la oportunidad de rehabilitarse y alcanzar su libertad.
“Quienes por sus hechos, quienes por su conducta, quienes por sus precedentes son personas que sentimos que no van a seguir siendo útiles para la sociedad, preferimos que dejen de seguir siendo un riesgo para la sociedad misma”, señaló en entrevista.
Burgoa opina en contraparte que “si queremos que la cadena perpetua no sea un retroceso, lo correcto sería que se contemplen ciertos mecanismos de beneficio para que, en su caso, pueda cambiarse la cadena perpetua por una prisión de tiempo determinado”.
Burgoa considera que "es difícil pensar objetivamente cuando somos las víctimas (directas o indirectas) de un delito, pero recordemos que en un Estado Constitucional se busca la impartición de justicia y nunca confundirla con la venganza".
Caballero advierte que aunque tratados internacionales como el de Roma, establecen la posibilidad de instaurar estas penas, en países democráticos esta tendencia va “a la baja”, y lo que se busca es enfocarse en la reparación del daño.
“Si bien es cierto que hay una realidad de un sistema carcelario fracturado, absolutamente corrupto, corrompido, que impide la reincorporación a la sociedad, yo pienso que más que una discusión en los países sobre el endurecimiento de penas, necesitamos una discusión en serio sobre la efectividad de los sistemas penales”, agregó.
CNNMéxico buscó la postura de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ante este tema, pero hasta el momento no hubo respuesta.
Un castigo 'de facto' en México
Aunque la prisión de por vida no está contemplada en el Código Penal Federal ni en la Constitución, sí existe la acumulación de penas o sentencias por hasta 70 años.
En 2007, el entonces presidente Felipe Calderón envió al Congreso un paquete de reformas en materia de justicia y seguridad, entre las que pedía cárcel vitalicia a secuestradores que mutilen o maten a sus víctimas.
La iniciativa no prosperó y solo en 2010 se consiguió que el Congreso de la Unión elevara hasta 70 años de cárcel el castigo para los secuestradores y permitiera la acumulación de penas con lo que en “la práctica” podría haber sentencias de más de 100 años para un delincuente.
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