Hasta 5 años de prisión a quienes nieguen atención médica
De acuerdo a iniciativa de ley que presenta la senadora Mariana Gómez del Campo
Por: MiMorelia.com / MiMorelia.com | 21:09 - Viernes 21 de Marzo del 2014
Mariana Gómez del Campo, senadora del PAN
Ciudad de México (MiMorelia.com).-
Sanciones de hasta cinco años de prisión y multa de 125 días de salario
mínimo, a quienes nieguen, sin causa justificada, atención médica, en
especial a mujeres en trabajo de parto, según la iniciativa de ley que
presentó la senadora panista Mariana Gómez del Campo.
Y es que sólo en hospitales de Oaxaca en lo que va del presente año, cinco mujeres embarazadas a las que se negó atención, dieron a luz en baños, jardín o en un automóvil, por lo cual la citada iniciativa ya se analiza en comisiones y contempla modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal.
Las penalidades serían a doctores, técnicos o auxiliares de la atención médica, e igual considera sanciones a quienes nieguen atención médica a personas con ruptura de membranas o en casos de urgencia derivado de accidentes, lesiones graves, descompensaciones o aquellos en los que se ponga en riesgo la vida de la persona, la madre o del producto, o que niegue la asistencia de servicios médicos en general.
Asimismo, la propuesta estipula la suspensión para ejercer las profesiones referidas, hasta por dos años.
Un caso le pasó a Oricel Santiago Gómez, quien el 28 de febrero tuvo su alumbramiento en el baño del Hospital Básico Comunitario de la Paz Tejomulco, pues no la atendieron bajo el argumento de que no era hora del parto.
Y es que sólo en hospitales de Oaxaca en lo que va del presente año, cinco mujeres embarazadas a las que se negó atención, dieron a luz en baños, jardín o en un automóvil, por lo cual la citada iniciativa ya se analiza en comisiones y contempla modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal.
Las penalidades serían a doctores, técnicos o auxiliares de la atención médica, e igual considera sanciones a quienes nieguen atención médica a personas con ruptura de membranas o en casos de urgencia derivado de accidentes, lesiones graves, descompensaciones o aquellos en los que se ponga en riesgo la vida de la persona, la madre o del producto, o que niegue la asistencia de servicios médicos en general.
Asimismo, la propuesta estipula la suspensión para ejercer las profesiones referidas, hasta por dos años.
Un caso le pasó a Oricel Santiago Gómez, quien el 28 de febrero tuvo su alumbramiento en el baño del Hospital Básico Comunitario de la Paz Tejomulco, pues no la atendieron bajo el argumento de que no era hora del parto.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario