México, (Notimex).- El
Gobierno del Distrito Federal reformó, adicionó y derogó diversas
disposiciones de la Ley de Justicia para Adolescentes en la ciudad de
México a fin de garantizar el Sistema Integral de Justicia para quienes
al momento de la comisión de un delito tuvieran entre 12 años cumplidos y
menos de 18 años de edad.
El documento publicado este
martes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, indica que todas las
autoridades y organismos públicos y privados, atenderán las peticiones y
requerimientos relacionados con procedimientos en los que se vean
involucrados adolescentes, como de alta prioridad y especial importancia
pública.
La disposición indica que todo
adolescente a quien se atribuya un delito no podrá ser juzgado como
adulto ni se le aplicarán sanciones previstas por las leyes penales para
adultos, a fin de garantizar la real reintegración del adolescente.
Menciona que no se procederá
contra adolescentes quienes al momento de realizar un hecho tipificado
como delito padezcan de algún trastorno mental y/o daño neuronal
irreversible que les impida comprender la trascendencia y afrentar las
consecuencias de la conducta realizada.
Ello, salvo que el adolescente
se encuentre en estado de ebriedad, bajo el efecto de estupefacientes o
psicotrópicos, sin que medie prescripción médica, autoprovocado de
manera dolosa.
Las instituciones policiales
incorporarán dentro de sus programas de formación y profesionalización,
los estudios necesarios para que los agentes de la policía de
investigación especializada en adolecentes cuenten con los conocimientos
relativos a los objetivos y contenidos de la presente ley.
Asimismo, a la Convención de
los Derechos del Niño, a los derechos humanos y a los fenómenos
criminológicos asociados a la ocurrencia de hechos tipificados como
delitos y sus integrantes deberán estar especialmente capacitados para
trabajar con adolescentes.
El dictamen que incluye el
sistema especializado para adolescentes, principios, derechos y
garantías, se complementa con las disposiciones contenidas en la
Constitución mexicana, los Instrumentos Internacionales ratificados por
el Estado Mexicano y en las leyes aplicables.
El decreto que entrará en
vigor a los seis meses posteriores al día de su publicación, indica que
los procedimientos que se hayan iniciado antes de la entrada en vigor
del presente decreto, continuarán su trámite en términos de la
normatividad que se encontraba vigente al momento de iniciado el mismo.
El documento indica que dentro
del plazo de entrada en vigor del presente decreto, el jefe de gobierno
y autoridades correspondientes deberán expedir los reglamentos
necesarios para la debida aplicación de esta ley.
Además emitirá convocatorias y
programará cursos de selección y capacitación inicial de los
funcionarios especializados que integren el personal del Sistema
Integral de Justicia para Adolescentes del Distrito Federal.
El ordenamiento indica que la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal, creará una Comisión Especial
que dé seguimiento a la convocatoria, selección y capacitación del
personal y construcción de inmuebles que integrarán el Sistema
Especializado en Justicia para Adolescentes, para la aplicación de la
presente Ley.
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