IFAI ordena abrir datos sobre matanza de Acteal
EL UNIVERSAL/MÉXICO, D.F. / Publicada el 24/08/2014Durante doce años se reservó la información sobre el caso de la matanza de Acteal. FOTO: Agencia Reforma
La
Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) deberá entregar una versión
pública del documento que remitió a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, en relación a la masacre de Acteal y que se denomina
Escrito de Fondo del Estado Mexicano, Caso 12.790 Manuel Santiz Culebra y
Otros.
Así lo expuso el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) quien dio a conocer que un particular solicitó tal información que le fue negada, por lo que se inconformó y presentó un recurso de revisión pues la dependencia reservó el documento por un periodo de 12 años.
“Argumentando (la SRE) que forma parte de un procedimiento seguido en forma de juicio ante la CIDH y sólo es de conocimiento de las partes involucradas; así como que su difusión podría afectar las relaciones del Estado con dicho organismo internacional”, exhibió el IFAI.
Concluyó que en el caso de los hechos y antecedentes, así como el de avances sobre el caso, la reserva de la información es improcedente, de acuerdo con la Convención Americana de Derechos Humanos.
También porque no se advierte cómo la difusión puede deteriorar, suspender o quebrantar la relación México-CIDH a grado tal que se vean suprimidos o reducidos los beneficios que se puedan obtener o se vulneren derechos de los mexicanos.
Así lo expuso el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) quien dio a conocer que un particular solicitó tal información que le fue negada, por lo que se inconformó y presentó un recurso de revisión pues la dependencia reservó el documento por un periodo de 12 años.
“Argumentando (la SRE) que forma parte de un procedimiento seguido en forma de juicio ante la CIDH y sólo es de conocimiento de las partes involucradas; así como que su difusión podría afectar las relaciones del Estado con dicho organismo internacional”, exhibió el IFAI.
Concluyó que en el caso de los hechos y antecedentes, así como el de avances sobre el caso, la reserva de la información es improcedente, de acuerdo con la Convención Americana de Derechos Humanos.
También porque no se advierte cómo la difusión puede deteriorar, suspender o quebrantar la relación México-CIDH a grado tal que se vean suprimidos o reducidos los beneficios que se puedan obtener o se vulneren derechos de los mexicanos.
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