El término “seguridad” procede del latín securitas, que
literalmente significaría sin problemas. Sin embargo, no conozco algo
que pueda garantizar esta promesa pues jamás ha existido una época
histórica en que los problemas no se hayan producido. Por el contrario,
en un sentido actual del término, “seguridad” es una manera de enfrentar
los problemas, no de esconderlos en aras de la mal llamada tranquilidad
pública (que es la ignorancia de lo que nos afecta). La promesa
original del Estado de garantizar la seguridad debe entenderse como la
capacidad de las instituciones de ser garante del derecho a la vida, la
integridad moral y patrimonial y el derecho pleno a una vida cotidiana
que le permita acceder a cumplir con sus aspiraciones legítimas, donde
mi libertad sólo tiene el limite del respeto del otro y la conciencia de
la responsabilidad por lo que hemos construido.
En este sentido, la idea de la seguridad comprende varios niveles: para el individuo corresponde el ámbito de la seguridad humana establecida a través de los derechos humanos no como concesión, sino como una garantía que tengo y reconozco no sólo en sí, sino para mí junto con los demás. Por ello son inalienables, imprescriptibles y universales. Pero hay que reconocer que al violentarlos los estamos negando y, por tanto, la afectación no sólo es para la víctima, sino para toda la sociedad (incluyendo al infractor).
En un segundo sentido, está la esfera de la “seguridad pública” donde se establece la relación entre la ciudadanía y las instancias inmediatas de la seguridad, entendidas como fuerza capaz de garantizar los derechos; prevenir el delito; investigar para que el Poder Judicial tipifique de acuerdo con el derecho y determine la procedencia o no de la causa; intervenir en caso de flagrancia; proporcionar apoyo a la víctima y fincar las bases de confianza ciudadana en la ley y las instituciones. Pero dado su carácter público no puede entenderse como esfera exclusiva del Estado o como competencia sólo del aparato policiaco, sino como espacio común de lo social. Por lo que hoy más que nunca se reclama la necesidad de generar las bases para establecer la fiscalización ciudadana de estos aparatos, hasta ahora corruptos e impunes en su actuación sin freno.
El tercer nivel es la “seguridad interna”. Por supuesto no me estoy refiriendo a la ley que acaba de aprobar un Congreso de la Unión (servil al Ejecutivo y al interés de Estados Unidos, donde se legaliza la actuación ilegal de las Fuerzas Armadas para intervenir en asuntos de seguridad pública y que lo único que hace es darle base “legal” a la forma ilegal con la que han venido operando sin que hasta la fecha se haya logrado disminuir el potencial del crimen organizado).
La seguridad interna es el ámbito de las instituciones en que se sustenta el estado de derecho, el cual se apoya para su ejercicio en cuatro instancias: la prevención no sólo del delito sino de de todos aquellos factores que afectan a la sociedad, como es el caso, entre otros, de la salud pública, o de las acciones tendientes a evitar que los problemas se vuelvan irresolubles. Debe tener también un carácter prospectivo en la medida en que proyectan desde el presente los recursos y esfuerzos necesarios para aproximarse hacia un futuro deseable y posible para la sociedad. A su vez, la seguridad interna debe poseer información verificable, confiable, pertinente y oportuna para anticipar las demandas sociales; proveer con oportunidad los recursos; aportar junto con la población las vías de resolución de los problemas y valorar las acciones para establecer medidas correctivas en su caso. En otro sentido, la seguridad interna tiene que ser el sustento de la fuerza de actuación de las instituciones y, por lo tanto, debe disponer de servidores públicos capaces y competentes bajo los principios de una nueva gestión pública y de una moral cívica que aporte los valores de actuación.
El cuarto nivel es el de la “seguridad nacional”, que se soporta en cuatro pilares: el de la legitimidad, fuente del poder de la sociedad que otorga autoridad y debida representación a quienes han de defender el interés nacional e impulsar la voluntad nacional. Sobre este principio es posible edificar la legalidad donde la norma deriva de comportamientos reales orientados en torno a fines que la sociedad reclama y está dispuesta a construir. Sobre estos componentes tiene que edificarse la gobernabilidad como capacidad de gestión y los tres componentes anteriores serían los antecedentes necesarios para establecer la gobernanza como dirección y sentido asertivos y correctivos en su caso de las acciones que reclama la realización del proyecto nacional.
He expuesto una visión de la teoría de la seguridad para decirlo de una vez por todas lo que no es y de lo que a nombre de este término ha terminado por generar las leyes de seguridad pública, seguridad interna y seguridad nacional. Tales leyes carecen en lo más mínimo de este contenido. Lo menos que podemos decir es que están hechas por verdaderos ignorantes que siguen en el viejo esquema donde a para ellos, como lo fue en la Guerra Fría, por seguridad nacional siguen imponiendo el esquema autoritario de la década de 1970, que es la defensa del régimen en turno, del presidente de la República, de la clase política en el poder y de la partidocracia en turno. Por seguridad interna la creencia de que las fuerzas armadas son el bastión de defensa de un Estado decadente, ignorando que cuando un Estado se debilita, las Fuerzas Armadas terminan acompañándolo en su caída. Finalmente la seguridad pública no es el ámbito patrimonial de una hermandad de comandantes al servicio de un Estado policiaco, inquisitivo, autoritario y corrupto que criminaliza la protesta ciudadana legitima,
Por desgracia, en estos días hemos vuelto a ratificar que no tenemos representación popular, sino un grupo de levanta dedos con pago por comportamiento servil. Que no contamos con un canciller y un secretario de Gobernación que operen en derredor del interés nacional y en defensa de la soberanía, sino –por el contrario– han aceptado la consigna y de un Poder Judicial que merezca llamarse así por luchar por la justicia.
Guillermo JR Garduño Valero
*Doctor en sociología por la Universidad Nacional Autónoma de México y especialista en América Latina por la Universidad de Pittsburgh; experto en seguridad nacional y Fuerzas Armadas
COMPARTE EL SITIO DE: https://plataformadistritocero.blogspot.mx/
En este sentido, la idea de la seguridad comprende varios niveles: para el individuo corresponde el ámbito de la seguridad humana establecida a través de los derechos humanos no como concesión, sino como una garantía que tengo y reconozco no sólo en sí, sino para mí junto con los demás. Por ello son inalienables, imprescriptibles y universales. Pero hay que reconocer que al violentarlos los estamos negando y, por tanto, la afectación no sólo es para la víctima, sino para toda la sociedad (incluyendo al infractor).
En un segundo sentido, está la esfera de la “seguridad pública” donde se establece la relación entre la ciudadanía y las instancias inmediatas de la seguridad, entendidas como fuerza capaz de garantizar los derechos; prevenir el delito; investigar para que el Poder Judicial tipifique de acuerdo con el derecho y determine la procedencia o no de la causa; intervenir en caso de flagrancia; proporcionar apoyo a la víctima y fincar las bases de confianza ciudadana en la ley y las instituciones. Pero dado su carácter público no puede entenderse como esfera exclusiva del Estado o como competencia sólo del aparato policiaco, sino como espacio común de lo social. Por lo que hoy más que nunca se reclama la necesidad de generar las bases para establecer la fiscalización ciudadana de estos aparatos, hasta ahora corruptos e impunes en su actuación sin freno.
El tercer nivel es la “seguridad interna”. Por supuesto no me estoy refiriendo a la ley que acaba de aprobar un Congreso de la Unión (servil al Ejecutivo y al interés de Estados Unidos, donde se legaliza la actuación ilegal de las Fuerzas Armadas para intervenir en asuntos de seguridad pública y que lo único que hace es darle base “legal” a la forma ilegal con la que han venido operando sin que hasta la fecha se haya logrado disminuir el potencial del crimen organizado).
La seguridad interna es el ámbito de las instituciones en que se sustenta el estado de derecho, el cual se apoya para su ejercicio en cuatro instancias: la prevención no sólo del delito sino de de todos aquellos factores que afectan a la sociedad, como es el caso, entre otros, de la salud pública, o de las acciones tendientes a evitar que los problemas se vuelvan irresolubles. Debe tener también un carácter prospectivo en la medida en que proyectan desde el presente los recursos y esfuerzos necesarios para aproximarse hacia un futuro deseable y posible para la sociedad. A su vez, la seguridad interna debe poseer información verificable, confiable, pertinente y oportuna para anticipar las demandas sociales; proveer con oportunidad los recursos; aportar junto con la población las vías de resolución de los problemas y valorar las acciones para establecer medidas correctivas en su caso. En otro sentido, la seguridad interna tiene que ser el sustento de la fuerza de actuación de las instituciones y, por lo tanto, debe disponer de servidores públicos capaces y competentes bajo los principios de una nueva gestión pública y de una moral cívica que aporte los valores de actuación.
El cuarto nivel es el de la “seguridad nacional”, que se soporta en cuatro pilares: el de la legitimidad, fuente del poder de la sociedad que otorga autoridad y debida representación a quienes han de defender el interés nacional e impulsar la voluntad nacional. Sobre este principio es posible edificar la legalidad donde la norma deriva de comportamientos reales orientados en torno a fines que la sociedad reclama y está dispuesta a construir. Sobre estos componentes tiene que edificarse la gobernabilidad como capacidad de gestión y los tres componentes anteriores serían los antecedentes necesarios para establecer la gobernanza como dirección y sentido asertivos y correctivos en su caso de las acciones que reclama la realización del proyecto nacional.
He expuesto una visión de la teoría de la seguridad para decirlo de una vez por todas lo que no es y de lo que a nombre de este término ha terminado por generar las leyes de seguridad pública, seguridad interna y seguridad nacional. Tales leyes carecen en lo más mínimo de este contenido. Lo menos que podemos decir es que están hechas por verdaderos ignorantes que siguen en el viejo esquema donde a para ellos, como lo fue en la Guerra Fría, por seguridad nacional siguen imponiendo el esquema autoritario de la década de 1970, que es la defensa del régimen en turno, del presidente de la República, de la clase política en el poder y de la partidocracia en turno. Por seguridad interna la creencia de que las fuerzas armadas son el bastión de defensa de un Estado decadente, ignorando que cuando un Estado se debilita, las Fuerzas Armadas terminan acompañándolo en su caída. Finalmente la seguridad pública no es el ámbito patrimonial de una hermandad de comandantes al servicio de un Estado policiaco, inquisitivo, autoritario y corrupto que criminaliza la protesta ciudadana legitima,
Por desgracia, en estos días hemos vuelto a ratificar que no tenemos representación popular, sino un grupo de levanta dedos con pago por comportamiento servil. Que no contamos con un canciller y un secretario de Gobernación que operen en derredor del interés nacional y en defensa de la soberanía, sino –por el contrario– han aceptado la consigna y de un Poder Judicial que merezca llamarse así por luchar por la justicia.
Guillermo JR Garduño Valero
*Doctor en sociología por la Universidad Nacional Autónoma de México y especialista en América Latina por la Universidad de Pittsburgh; experto en seguridad nacional y Fuerzas Armadas
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