Legal, la condonación de impuestos a Televisa: SAT
No hubo "distinción" con
la televisora al 'perdonarle' un adeudo fiscal que ascendía a 3 mil
millones de pesos; todos los contribuyentes pueden acogerse a esta
figura, aseveró el titular del Servicio de Administración Tributaria,
Aristóteles Núñez.
(Foto: Cuartoscuro/ Archivo)
En entrevista para la primera emisión de Noticias MVS, dijo que el programa de regularización de adeudos fiscales es por “ordenamiento del Poder Legislativo”.
En ese sentido, negó alguna “distinción” con la televisora, y dijo que todos los contribuyentes lo pueden hacer.
Previamente, en un comunicado, el SAT explicó que condonó impuestos “en cumplimiento al mandato establecido en el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013. Cabe recordar que durante el análisis y aprobación del paquete fiscal para 2013, los Diputados y Senadores ordenaron su aplicación”.
“El SAT no puede negar lo que la ley concede”, dijo Núñez esta mañana en MVS.
“Este programa es general (“Ponte al corriente”), abierto a todos los contribuyentes que tienen adeudos, que desean lograr su sanidad fiscal… es una ventana ofrecida por legisladores”, expuso.
En cuanto a Televisa, mencionó que pagó sólo el 10 por ciento del adeudo porque se acogió al mencionado programa y se desistió de un juicio de nulidad contra el fisco.
El titular del Servicio de Administración Tributaria apuntaló que la ley es una disposición de carácter federal, que no distingue su aplicación.
Aristóteles Núñez sostuvo que los contribuyentes tienen las herramientas para poder defenderse cuando creen que hay una resolución que no se presentó conforme a las disposiciones fiscales.
En ese sentido, apuntó que tienen 186 mil créditos controvertidos, lo que ascienden a 4 mil millones de pesos.
Dijo que poco más del 55 por ciento de casos comprometidos, el SAT lo gana, mientras que el resto lo pierde.
Cancelación de créditos y condonación
El titular del SAT, Aristóteles Núñez , explicó la diferencia entre una cancelación de crédito y la condonación de impuestos: en el primer caso, se trata de contribuyentes que no tienen forma de pagar, por lo que un adeudo se extingue pero no se cancela, y en el momento en que su ubique con solvencia, el SAT puede reclamar un pago; mientras que la condonación es un programa que calificó como “de lo perdido lo que aparezca“.
Señaló que el pograma “Ponte al corriente” permitiría a contribuyentes pasar de la cancelación a la condonación de créditos fiscales.
Precisó que 27 mil contribuyentes se han acogido a este programa -al igual que Televisa- con una recaudación hasta ahora de 11 mil 300 millones, y una condonación aproximada de 50 mil millones de pesos.
“No hay distinción, está ahí la herramienta, cualquiera puede acogerse”, insistió.
Previamente, el SAT puntualizó que a través de este programa los deudores pueden acceder a la condonación total o parcial de adeudos fiscales causados antes del 1 de enero de 2007, derivados de contribuciones federales, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios, así como multas por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago cuya administración corresponda al SAT.
Para adeudos de 2007 a 2012, también se ofrece la condonación de hasta el 100 por ciento pero sólo de los accesorios y sólo tratándose de ciertas contribuciones.
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