Podrán jueces bajar las tasas usureras
[Economía]
21/06/2014 - 07:58 AM
"Si el juzgador adquiere convicción de oficio de que el pacto de intereses es notoriamente usurario acorde con las circunstancias particulares del caso, entonces debe proceder, también de oficio, a inhibir esa condición usuraria apartándose del contenido del interés pactado, para fijar la condena respectiva sobre una tasa de interés reducida prudencialmente", estableció la Primera Sala de la Corte.
En jurisprudencia obligatoria aprobada el 21 de mayo, la Sala emitió ocho lineamientos que facultan a los jueces para apreciar si el interés pactado en un crédito fue excesivo, tema sobre el cual no existía criterio detallado del máximo tribunal.
Los lineamientos incluyen "la existencia o no de alguna situación de vulnerabilidad o desventaja del deudor respecto del acreedor".
Este concepto no definido en Ley que, según especialistas, podría poner a los bancos y otras entidades financieras a la defensiva a la hora de otorgar préstamos a poblaciones "vulnerables" o de escasos recursos.
También se considerará el tipo de relación entre las partes, si el acreedor es una institución financiera o un prestamista particular, monto y plazo del crédito, condiciones del mercado, tasas que cobran otros bancos e inflación durante la vida del préstamo, entre otros.
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