sábado, 26 de julio de 2014

Gana partida Zar de Casinos

Gana partida Zar de Casinos
AGENCIA REFORMA / Publicada el 26/07/2014


Declara juez ilegal la revocación del permiso para operar casinos de Emex. Foto: Especial

Un juez federal declaró ilegal la revocación del permiso para operar casinos de la empresa Entretenimiento de México (Emex), propiedad de los hermanos Juan José y Arturo Rojas Cardona.

Ricardo Gallardo Vara, Juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa, concedió a Emex un amparo contra la resolución dictada el 1 de abril por la Secretaría de Gobernación, mediante la cual se revocó el permiso otorgado en 2005 para operar hasta 50 casinos durante 25 años.

La sentencia no es definitiva y por el momento no implica que Emex recupera su permiso, ya que Gobernación puede impugnarla ante un tribunal colegiado de circuito, que tendrá la última palabra en el caso.

El amparo revela que la Segob se basó un un mero tecnicismo para revocar el permiso.

Su decisión derivó de la operación irregular del casino Sportzone, ubicado en San Juan del Río, Querétaro.

La Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS) consideró que Emex no tenía permiso municipal para operar ya que la autorización que exhibió solo fue firmada por el secretario de Finanzas, un funcionario que, en sentido estricto, no forma parte del Ayuntamiento.

La infracción fue calificada por la DGJS como grave y suficiente para revocar el permiso, pero el juez Gallardo resolvió que el secretario de Finanzas sí podía otorgar la autorización.

“Conforme a los artículos 4 y 10 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro, para la operación de centros o instalaciones de diversión se requiere licencia o permiso municipal que deben ser autorizados por el Ayuntamiento, o expedidos por la dependencia encargada de las finanzas públicas municipales”, señala la sentencia.

De hecho, el 22 de abril el Ayuntamiento emitió un oficio para reiterar que el secretario de Finanzas sí puede autorizar el funcionamiento de centros de apuestas.

Si el amparo es confirmado por el tribunal colegiado, la DGJS tendrá que emitir una nueva resolución en el procedimiento administrativo AJP/0126/13-XI, pero sin considerar que la autorización municipal fue irregular.

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