Atrae SCJN amparo sobre negativa de PGR de entregar datos de masacre en San Fernando
México, DF. La
primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo
un amparo en revisión en el que una asociación civil impugnó la
negativa de la Procuraduría General de la República (PGR) de entregarle
información sobre la cantidad de restos pendientes de identificar,
correspondientes los restos de 72 migrantes localizados en 49 fosas
clandestinas, localizados en agosto de 2010 en San Fernando, Tamaulipas,
y los cuerpos encontrados en Cadereyta, Nuevo León, en mayo de 2012.
La petición de información fue hecha por la asociación civil Fundación para la Libertad y el Estado Democrático de Derecho, la cual le pidió a la PGR, vía solicitud de acceso a la información, los datos referidos. Los cuales fueron negados por la dependencia.
Ante la negativa de la PGR de entregar la información solicitada, la cual fue avalada en su momento por el Instituto Federal de Acceso a la Información (Ifai), la asociación civil interpuso un juicio de amparo, el cual fue resuelto por el juez octavo de distrito en materia administrativa, Fernando Silva García, quien ordenó a la dependencia entregar una versión pública de las pesquisas realizadas, en razón de que, “cuando existen violaciones graves a derechos humanos, éstas afectan a toda la colectividad, por lo que debe operar una excepción a la restricción de la información de las averiguaciones previas”.
La PGR impugnó la decisión y este día la primera sala de la SCJN resolvió atraer el asunto, con la idea de establecer criterios relacionados con la forma como debe interpretarse la excepción a la regla general de reserva de información contenida en averiguaciones previas, cuando existen violaciones graves a los derechos humanos, qué órganos tienen facultades para clasificar la información y cómo debe operar la reserva en las averiguaciones previas, qué órganos pueden determinar la excepción de una clasificación de información y qué sujetos pueden determinar la excepción a una clasificación dada, entre otros temas.
La petición de información fue hecha por la asociación civil Fundación para la Libertad y el Estado Democrático de Derecho, la cual le pidió a la PGR, vía solicitud de acceso a la información, los datos referidos. Los cuales fueron negados por la dependencia.
Ante la negativa de la PGR de entregar la información solicitada, la cual fue avalada en su momento por el Instituto Federal de Acceso a la Información (Ifai), la asociación civil interpuso un juicio de amparo, el cual fue resuelto por el juez octavo de distrito en materia administrativa, Fernando Silva García, quien ordenó a la dependencia entregar una versión pública de las pesquisas realizadas, en razón de que, “cuando existen violaciones graves a derechos humanos, éstas afectan a toda la colectividad, por lo que debe operar una excepción a la restricción de la información de las averiguaciones previas”.
La PGR impugnó la decisión y este día la primera sala de la SCJN resolvió atraer el asunto, con la idea de establecer criterios relacionados con la forma como debe interpretarse la excepción a la regla general de reserva de información contenida en averiguaciones previas, cuando existen violaciones graves a los derechos humanos, qué órganos tienen facultades para clasificar la información y cómo debe operar la reserva en las averiguaciones previas, qué órganos pueden determinar la excepción de una clasificación de información y qué sujetos pueden determinar la excepción a una clasificación dada, entre otros temas.
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