No se investigará el origen de las casas de Peña y Videgaray, aclara Andrade
Limitantes. La SFP sólo puede
investigar los contratos asignados por el gobierno a las empresas
involucradas, no el origen de las propiedades
De acuerdo con Virgilio Andrade Martínez, recién nombrado titular de la Función Pública, “no es investigar el origen de las casas, sino que quienes las vendieron estén participando conforme a las reglas para poder estar en obras, se investigarán los contratos y a los privados”, declaró en entrevista radiofónica.
A decir del nuevo funcionario federal, no entrarán al detalle de cómo Luis Videgaray compró una casa de campo en Malinalco; ni como Angélica Rivera adquirió una mansión en Bosques de las Lomas a Grupo Higa en 2012, ni tampoco la adquisición de una residencia por parte de Peña Nieto a Constructora y Urbanizadora Ixtapan en 2005.
Incluso, aclaró que ambas empresas constructoras, aunque hayan celebrado operaciones inmobiliarias con altos funcionarios del gobierno federal, no están impedidas legalmente para participar en la adjudicación de obras y procesos de licitación.
Conforme a sus atribuciones legales, la Secretaría de la Función Pública sólo investigará el presunto conflicto de interés a través de la revisión de los contratos que le fueron asignados, sea mediante licitación pública o adjudicación directa.
“No se investigan las operaciones de las casas porque eso no le compete a la Secretaría de la Función Pública, pero lo que sí le compete es ver de qué manera esos particulares entraron a proceso de contrataciones y adjudicaciones, eso es lo que sí vamos a investigar”, dijo Andrade.
El conflicto de interés, explicó el secretario de la Función Pública, se conjuraría si en las asignaciones de obras a ambas empresas hubo inconsistencias.
“Estamos hablando de situaciones en que particulares han tenido operaciones con funcionarios públicos y después participaron en contratos del gobierno, eso no está prohibido y lo que tenemos que ver es si se hizo conforme a la legalidad, es decir, si concursaron con todas las reglas puestas o si hubo algún tipo de situación diferente”.
Sin relación
En el supuesto caso que la SFP encontrara que hubo irregularidades en la entrega de contratos, el Presidente, su secretario de Hacienda y la primera dama quedarían blindados por varios frentes ante un posible conflicto de interés.
En primera, el artículo octavo de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos señala que para existir conflicto de interés, el funcionario debe estar directamente involucrado en la asignación de obras y servicios.
Constructora y Urbanizadora Ixtapan ha ganado contratos por 596 millones de pesos y Grupo Higa, a través de sus filiales, tiene contratos por 945 millones de pesos, todos con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y en ninguno con participación directa de Peña, Videgaray o Rivera.
En el caso de la primera dama, Angélica Rivera, ésta ostenta un cargo honorario como presidenta del Sistema DIF nacional, por lo cual no es considerada como funcionaria pública, lo que la blinda de sujetarse a las leyes que regulan el conflicto de interés.
Por su parte, Luis Videgaray Caso, al tener el cargo de secretario de Estado al frente de Hacienda y Crédito Público, está investido de fuero constitucional, es decir que no puede ser juzgado por ningún delito a menos que se cuente con una Declaración de Procedencia del Poder Legislativo.
Por su parte, Enrique Peña Nieto al ser el Presidente de la República en funciones, según el artículo 108 constitucional, sólo puede ser juzgado por traición a la patria o delitos graves del orden común, es decir, estaría a salvo de una acusación de conflicto de interés.
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