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Qué se permite y qué no: Puntos clave de la iniciativa sobre la mariguana que propone Morena
La iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria consta de 79 artículos y seis transitorios, donde detalla su regulación.
“El modelo que se propone impulsar es el de regulación legal estricta; es decir, el punto medio entre prohibición absoluta y el libre mercado”, destaca la propuesta.
Se aclara que desde la Constitución no se debería imponer un ideal de excelencia humana, sino de “permitir que cada individuo elija su propio plan de vida”.
¿Qué se regulará?
De acuerdo con la iniciativa, se regulará toda la cadena de producción, desde la siembra, cultivo, cosecha, producción, transformación, etiquetado, empaquetado, promoción, publicidad, patrocinio, transporte, hasta la distribución, venta, comercialización, portación y consumo de la mariguana.Ejes rectores de la regulación
En la justificación de la iniciativa se argumenta que el Estado deberá respetar la autonomía de las personas, y por el otro, evitar que dicha autonomía afecte a los demás, por lo que la regulación se enmarca en varios ejes rectores:- Respetar la autonomía de las personas.
- Proteger la salud de las personas frente a un producto psicoactivo.
- Minimizar la alteración de potencias de componentes del cannabis con efectos inciertos.
- Promover la información basada en evidencia, sobre etiquetado y condiciones de consumo.
- Proteger de riesgos a la población más vulnerable: niños, niñas y jóvenes.
- Establecer la venta de cannabis como un servicio socialmente responsable.
- Facilitar programas de rehabilitación y tratamiento para todo aquel que lo solicite.
¿Qué se prohíbe?
En el proyecto se prohíbe el comercio, distribución, donación, regalo, venta y suministro de mariguana a menores de edad, así como emplearlos en estas actividades.Queda prohibido también usar drogas mientras se conduzca un vehículo automotor o maquinaria peligrosa.
¿Qué se permite?
La senadora por Morena, Olga Sánchez Cordero, plantea que se permita sembrar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y transformar hasta 20 plantas de cannabis en floración destinadas para consumo personal en propiedad privada, siempre y cuando la producción de mariguana no sobrepase los 480 gramos por año.Los adultos podrán fumar mariguana en espacios públicos, excepto en aquellos cien por ciento libres de humo de tabaco.
Los requisitos para obtener licencia para producir cannabis o sus derivados para fines comerciales estarán determinados por su uso:
- Farmacéutico
- Terapéutico, paliativo, o herbolario
- Adulto
- Industrial
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¿Habrá un Instituto para el control de la cannabis?
En la iniciativa se propone que las personas registren sus plantas ante el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis en un padrón anónimo.Dicho instituto será un organismo público descentralizado de la Secretaría de Salud (Ssa).
Entre sus objetivos está el crear la regulación que garantice el enfoque sanitario, de reducción de riesgos y de daños relacionados con el consumo de mariguana, y que esté sobre el interés del comercio y otros intereses creados por la industria del cannabis.
Su función también será la de reglamentar las actividades de plantación, cultivo, cosecha, transporte, almacenaje producción, elaboración, distribución, comercialización, expendio y venta de cannabis.
Licencias y permisos
Se otorgarán licencias y permisos para sembrar, cultivar, cosechar, transportar, procesar y comercializar mariguana que otorgará el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis por un plazo de 5 y hasta 10 años, las cuales podrán ser prorrogadas hasta por plazos iguales.Cooperativas de producción
En la propuesta se establece también que podrán conformarse cooperativas de producción, desde dos hasta 150 socios para sembrar mariguana para uso personal, siempre y cuando cuenten con la licencia autorización.Las cooperativas deberán contar con un código de ética; acreditar haber tomado al menos un curso de generación de capacidades para el autoconsumo, y ofrecer servicios de información y asesoramiento profesionalizado en reducción de riesgos y daños dirigido a los socios, así como de detección temprana y seguimiento de consumo problemático.
Tienen prohibido proveer de cannabis, o cualquiera de sus derivados, a personas ajenas a la cooperativa o a otras cooperativas.
También tienen prohibido producir más de 480 gramos de cannabis al año por socio. “El excedente deberá donarse a las instituciones correspondientes para fines de investigación científica”, destaca la iniciativa.
Multas
La propuesta contempla multas de hasta 644 mil 800 pesos a quien incumpla con esta ley.Programas de excarcelación
Se prevén también programas de excarcelación, para quienes cumplen sentencias por el consumo de esa droga.Para el año 2012, el 62% de población reclusa en alguna penitenciaría federal había sido sentenciada por delitos contra la salud: 58.7% de esa población, además, fue sentenciada por alguna actividad relacionada con la cannabis, aunque no necesariamente por consumo, sino por producción, transporte, comercio, suministro o posesión.
En 2011 había 1,509 personas sentenciadas únicamente por consumo o posesión de cannabis. “Existe una fuerte persecución de delitos relacionados con la cannabis y sobre todo de aquellos de bajo impacto”, se argumenta en el documento.
Beneficios demostrados científicamente
En la propuesta se expone que existen efectos benéficos que también se han demostrado científicamente. En este sentido, se encontró que la cannabis tiene “diversas propiedades farmacológicas” tales como: analgésicas, ansiolíticas, antidiabéticas, antimocrobianas y neuroprotectoras, entre otras.Señala que se ha demostrado la efectividad de la cannabis para tratar los siguientes padecimientos:
- Cáncer
- Diabetes mellitus
- Glaucoma
- Epilepsia
- Ansiedad
- Depresión
- Trastorno del sueño
- Dolor crónico
- Esclerosis múltiple
- Nauseas y vómito
- Asma bronquial
- Isquemia cerebral
- Síndrome de Tourette
- Enfermedades terminales
Uso científico y de investigación
Las autorizaciones para fines médicos, científicos y cosméticos deberán apegarse al cumplimiento de los siguientes requisitos:- Contar con un protocolo de investigación autorizado por el Instituto.
- Para persona física, ser mexicano.
- Para persona moral, tener 80% de capital nacional.
- Los medicamentos derivados de cannabis sólo podrán anunciarse o promocionarse en publicaciones de carácter científico o técnico, dirigidos al cuerpo médico o veterinario.
Aquí puedes consultar la iniciativa
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