Fortalecimiento del IFAI
Escrito por Autor Invitado
por Javier Corral Jurado
Fue
intenso el primer periodo de sesiones de la nueva Legislatura Federal;
inusitada su productividad sobre materias de hondo calado. Destacan dos
reformas constitucionales: la educativa que obliga el proceso de
evaluación de los docentes y el fortalecimiento del IFAI, como garante
del derecho de acceso a la información pública. Me detengo ahora en ésta
última, pues consolida un derecho constitucional de primer orden en el
régimen democrático que permite a los ciudadanos contrapesar, equilibrar
y vigilar al poder, a partir de la información que posean.
El acceso a la información ha mejorado la
calidad de nuestra democracia, está acreditado. Pero el avance que
registró en el orden federal a lo largo de estos diez años en que se
produjo la primera acción legislativa, no estuvo a la par en las
entidades federativas. No sólo llegaron con bastante retraso algunos
estados de la república, sino que se produjo una simulación política en
el cumplimiento de esta obligación constitucional, con organismos
integrados al contentillo de los gobernadores y estrambóticas
resoluciones con las que esas autoridades locales han justificado
reservas de información inadmisibles. De ahí que durante los años
recientes varios insistiéramos en la necesidad de hacer del IFAI no sólo
un órgano constitucional autónomo en el ámbito federal, sino de
carácter nacional.
Ahora el IFAI podrá conocer de los
recursos que interpongan los particulares respecto de las resoluciones
que emitan los órganos locales, y tendrá también de oficio o a petición
fundada del organismo garante equivalente de un Estado o del Distrito
Federal, la facultad de atraer asuntos de los entidades que por su
interés y trascendencia así lo amerite. Con esto el Instituto se
convertiría en la última instancia en la materia y generadora de
criterios nacionales sobre el acceso a la información y la protección de
datos personales.
Se ha logrado un importante consenso: el
que en la designación de los integrantes del IFAI no interviniera de
manera directa el Presidente de la República; los comisionados serán
propuestos por los Grupos Parlamentarios, previo a una amplia consulta a
la sociedad, y se elegirán con el voto de las dos terceras partes de
los miembros presentes en la Cámara de Senadores, designación que podrá
ser objetada dentro de un plazo de diez días hábiles por el Presidente
de la República, sólo por dos ocasiones, en cuyo caso el Senado
designará al comisionado que ocupará la vacante con el voto de las tres
quintas partes. La reforma dota al Congreso de la Unión de las
facultades para expedir la legislación que homogenice los principios y
criterios para garantizar el acceso a la información en los estados y el
Distrito Federal.
En el centro de la nueva redacción del
artículo 6° se señala que serán sujetos obligados los tres poderes de la
Unión, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los órganos autónomos,
partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier
persona física, moral o sindicatos que reciban y ejerzan recursos
públicos o actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal,
por lo que toda la información en su poder es pública.
Se señala que todos los organismos
garantes en los Estados serán autónomos constitucionales, especializados
e imparciales y que se regirán por los principios constitucionales
señalados en la reforma. Queda firme que las resoluciones del organismo
garante son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos
obligados, con lo que se pone fin a la larga lista de amparos y juicios
de nulidad que diversas dependencias federales han presentado para no
revelar información que les ha sido solicitada por el órgano encargado
de salvaguardar el Derecho a la Información.
El IFAI contará ahora con un consejo
consultivo integrado por diez personas que serán elegidas por el voto de
las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de
Senadores. También se le dotó de la facultad para promover acciones de
inconstitucionalidad y controversias constitucionales contra leyes o
tratados internacionales que celebre México y que atenten contra el
derecho de acceso a la información y la de protección de datos
personales.
El Derecho a la Información en México ha
pasado por varias etapas, considero que ésta es la de la consolidación y
plena modernización, lo que colocará a nuestro país dentro de los
primeros lugares en la materia.
Con iniciativas de las tres principales
fuerzas políticas en el Congreso, se cumple así con uno de los
compromisos contenidos en el Pacto por México, el compromiso 83 que
consigna: “se impulsará una reforma constitucional para hacer del IFAI
un órgano constitucional autónomo, con facultades ante todos los poderes
públicos federales, facultades de revisión de las resoluciones de los
órganos locales y de atracción de casos de relevancia nacional.”, así
como el compromiso 84 que establece: “Los órganos estatales serán
autónomos, colegiados y especializados en transparencia.”
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