Ordena IFAI entregar información sobre funcionarios del INM sancionados por violar derechos humanos
Nacional
A
la solicitud de un particular, la SFP declaró la inexistencia de la
información, argumentando que, después de una búsqueda en las áreas
competentes del INM, no localizó procedimientos de responsabilidad
administrativa en los que se haya sancionado a servidores públicos,
adscritos a alguna estación migratoria, por violaciones cometidas a los
derechos humanos de los migrantes.
México, 15 Dic. (Notimex).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a que la Secretaría de la Función Pública (SFP) a entregar la información sobre el número de funcionarios del Instituto Nacional de Migración (INM) sancionados por violaciones a derechos humanos entre 2010 y 2012.
A la solicitud de un particular, la SFP
declaró la inexistencia de la información, argumentando que, después de
una búsqueda en las áreas competentes del INM, no localizó procedimientos de responsabilidad administrativa en los que se haya sancionado a servidores públicos, adscritos a alguna estación migratoria, por violaciones cometidas a los derechos humanos de los migrantes.
El solicitante presentó un recurso de revisión ante el IFAI, quien
consideró que existen elementos convincentes para determinar que se
cuenta con información sobre quejas y sanciones impuestas a servidores
públicos del INM.
En un comunicado el IFAI mencionó que de la consulta al portal de Internet de la Comisión Nacional de Derechos Humanos,
fue posible advertir que ésta ha emitido diversas recomendaciones al
INM sobre los casos en los que ha observado violaciones a derechos
humanos por parte de servidores públicos.
En su opinión, la SFP debió hacer una interpretación más amplia de la solicitud y no limitarse a declarar la inexistencia de información relacionada con las sanciones impuestas a personas que trabajan en estaciones migratorias, sino pronunciarse sobre los procedimientos iniciados.
Por lo tanto, el IFAI propuso revocar la
respuesta e instruirle una nueva búsqueda exhaustiva en todas las
unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a
la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial y al OIC del INM, a fin de proporcionar al recurrente la información solicitada.
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