La Corte revoca el amparo que otorgó libertad a Caro Quintero
Los ministros
consideraron que el caso sí era de competencia federal y el Tribunal
Colegiado sí estaba facultado para sentenciar a Caro Quintero por dos
homicidios.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación votó a favor de revocar el amparo con el que obtuvo su libertad.
4 ministros votaron a favor de declarar inválida la fundamentación jurídica del Tribunal de Jalisco que concedió la libertad al capo mexicano. Sólo José Ramón Cossío votó contra invalidarla.
El expediente regresará al Tribunal Colegiado en materia penal del tercer circuito en Jalisco para “que dicte una nueva sentencia“. Además, implicaría que el ex líder del cártel de Jalisco tendría que regresar a prisión, en caso de que fuera localizado.
El proyecto para revocar el amparo fue presentado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
El ministro Zaldívar propuso que el expediente regrese al mismo Tribunal, para que se revisen los aspectos de legalidad de la sentencia de 40 años que purgaba el narcotraficante por el secuestro y asesinato del agente de la DEA, Enrique Kiki Camarena Salazar, y el piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, para que se emita una nueva condena.
El ministro concede la razón a la Procuraduría General de la República -quien presentó el recurso de revisión- que a diferencia de lo que estableció el Tribunal Colegiado para dejar en libertad a Caro Quintero, el secuestro y homicidio de ambas víctimas sí son de competencia federal.
Zaldívar argumentó que los delitos eran federales ya que al momento de perpetrarse el plagio y los homicidios Camarena Salazar era un agente activo de la DEA y tenía el carácter de diplomático durante su estancia en el país, mientras que el piloto Zavala Avelar era piloto de la Secretaría de Agricultura, por lo que era funcionario federal.
A continuación, el comunicado de la SCJN emitido esta tarde:
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