miércoles, 20 de marzo de 2013

Tramitan amparo para retener fuero; alcaldes en Morelos recurren a la Suprema Corte

Tramitan amparo para retener fuero; alcaldes en Morelos recurren a la Suprema Corte

El máximo tribunal del país informó que aceptó resolver la controversia interpuesta por 29 ayuntamientos del estado

Pedro Tonantzin/ Corresponsal
20/03/2013 07:06
Tramitan amparo para retener fuero; alcaldes en Morelos recurren a la Suprema Corte




CUERNAVACA, 20 de marzo.—Un grupo de 29 alcaldes, de 33 que hay en Morelos, solicitó amparos para que ellos y los integrantes de sus cabildos retengan el fuero, figura que fue eliminada en la Constitución estatal el 23 de enero.
Los recursos promovidos por las presidencias municipales fueron dados a conocer en los estrados electrónicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al informar que ésta admitió las controversias interpuestas por los gobiernos locales.
De acuerdo con la Corte, los ayuntamientos reclaman la invalidez de la reforma a los artículos 40 fracción XLI y 136 de la Constitución Política de la entidad federativa, promulgada a través del Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el 23 de enero de 2013.
De acuerdo con Jorge Morales Barud, alcalde de Cuernavaca —quien también promovió la controversiaante la SCJN— los presidentes municipales sólo buscan certeza sobre su situación.
Además de la capital estatal, Tepoztlán y Temixco son algunos de los municipios cuyos funcionarios buscan mantener el fuero.
Corren alcaldes a pedir amparo
Con litigios en curso y hasta órdenes de aprehensión en su contra, los ediles buscan retener el fuero constitucional.
Al menos 29 de los 33 presidente municipales de Morelos acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para ampararse contra la reciente reforma a la Constitución local que eliminó el fuero de los funcionarios públicos del estado.
Hasta ayer, la Suprema Corte había admitido las controversias constitucionales promovidas por 29 de los 33 alcaldes, algunos de los cuales tienen procesos judiciales en curso —la mayoría por pagos incumplidos debido a la insolvencia financiera heredada de pasadas administraciones— que incluyen órdenes de aprehensión.
Los 29 alcaldes que buscan retener el fuero reclaman la invalidez de la reforma a los artículos 40, fracción XLI, y 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que fue aprobada por el Congreso local y promulgada a través del periódico oficial Tierra y Libertad el 23 de enero de 2013.
El secretario de Gobierno, Jorge Messeguer Guillén, se dijo respetuoso de las acciones que emprendieron los presidentes municipales.
“Los alcaldes tienen una visión porque tienen problemas judiciales, sobre todo laudos laborales, que están siendo afectados y pueden ser afectados en sus personas. Ésa es la visión de los alcaldes. Por parte del gobierno no ha habido ninguna objeción en cuanto al fuero”, dijo el funcionario.
La Suprema Corte admitió las controversias y notificó al Poder Legislativo del inicio de los procesos; sin embargo, hasta el momento no se ha definido si concederá o no la suspensión de la aplicación de la norma impugnada.
El alcalde de Cuernavaca, Jorge Morales Barud, dijo que con las controversias pretenden aclarar la situación que prevalece con el fuero a los presidentes municipales y síndicos y que se dé claridad en el asunto, ya sea para ratificar lo que los diputados locales modificaron o que se le dé revés y protejan los derechos de los alcaldes.
“Es posible que la decisión de la Corte sea confirmar la decisión de los diputados, y si así fuere, desde luego que estaremos satisfechos con esa circunstancia. Si llegado el caso se resuelve una situación diferente, pues también, lo importante es que en este proceso se ejerzan a plenitud los derechos”, explicó.
Los municipios cuyas controversias fueron admitidas por la SCJN son, de acuerdo con el orden de admisión: Yautepec, Jiutepec, Temoac, Totolapan, Zacualpan de Amilpas, Ocuituco, Yecapixtla, Xochitepec, Tetela del Volcán, Axochiapan y Tepalcingo.
Además de Tetecala, Huitzilac, Tlalnepantla, Emiliano Zapata, Tlayacapan, Amacuzac, Coatlán del Río, Atlatlahucan, Temixco, Mazatepec, Miacatlán, Tlalquiltenango, Zacatepec, Ayala, Jantetelco, Cuernavaca, Tepoztlán y Puente de Ixtla.
El pasado 21 de enero, el Congreso emitió la declaratoria que dio vigencia a la reforma y adición a los artículos 40 y 136 de la Constitución estatal para suprimir el fuero constitucional a los presidentes municipales y demás integrantes de los cabildos y dos días después entró en vigor.
La reforma fue aprobada gracias a que la mayoría de los cabildos que concluyeron sus funciones el 31 de diciembre de 2012 no se pronunciaron ni a favor ni en contra, dando lugar a la medida que derivó en la declaratoria que otorga vigencia al retiro del fuero de los integrantes de los cabildos.
Sin embargo, los integrantes de los cabildos que entraron en funciones el 1 de enero pasado manifestaron su inconformidad con la reforma y, por ello, ahora la impugnan ante el máximo tribunal del país.
Desprotegidos
De los 29 presidentes municipales de Morelos que se ampararon ante la eliminación del fuero, dos están en riesgo de ir a prisión:
Los problemas financieros de los municipios son el principal argumento de los alcaldes de Morelos para rechazar la eliminación del fuero constitucional, luego de que se han judicializado las deudas, y varios ediles han tenido que recurrir a la defensa jurídica para impedir que sean detenidos.
Entre los alcaldes que tienen litigios en curso están el de Ciudad Ayala, José Manuel Tablas Pimentel, y el de Puente de Ixtla, Julio Espín Navarrete.
Ambos han recibido sendas órdenes de aprehensión debido a que no han tenido la solvencia financiera para cubrir sus deudas, a pesar de que ya tienen una orden judicial para pagarse.
Al no contar los alcaldes con fuero, los jueces tienen plenas facultades para ordenar su aprehensión si no pagan.
Julio Espín Navarrete
Sobre el alcalde de Puente de Ixtla pesa una orden de aprehensión debido a que no ha tenido la solvencia financiera para cubrir adeudos heredados de la administración anterior.
      Abogados de ex policías solicitaron al Tribunal Contencioso Administrativo (TECA), la destitución de Espín por los adeudos con ex empleados del estado.
     Las liquidaciones de los ex policías municipales suman alrededor de 735 mil pesos. De no pagarlas, el edil corre el riesgo de ser detenido ante la falta de inmunidad procesal.
José Manuel Tablas Pimentel
En febrero pasado, apenas iniciada su administración, el alcalde de Ciudad Ayala solicitó el rescate financiero de su municipio en una carta conjunta que dirigieron 19 presidentes municipales al gobernador Graco Ramírez.
      El municipio enfrenta una deuda total de 39 millones de pesos. Su principal pasivo son las demandas laborales que interpusieron ex trabajadores contra el Ayuntamiento, cuyas autoridades las ignoraron por más de siete años y ahora han derivado en una orden de aprehensión contra el edil.
Javier Duarte envía iniciativa para eliminar el fuero
 Veracruz se pone a la vanguardia en materia de rendición de cuentas y transparencia con la iniciativa que ayer envió el gobernador Javier Duarte de Ochoa al Congreso del estado para reformar los artículos 30 y 78 de la Constitución Política local y con ello desaparecer el fuero constitucional a todos los servidores públicos.
Con esto, esta entidad sería de las primera que eliminaría el fuero constitucional, que incluye al jefe del Ejecutivo estatal, así como a diputados, alcaldes, síndicos, magistrados, consejeros electorales y presidente de la Comisión de Derechos Humanos, entre otros.
Dicha propuesta busca garantizar a los veracruzanos un gobierno ordenado, eficiente y eficaz donde se puedan normar las acciones y la actuación de los servidores públicos, independientemente del poder al que pertenezcan para que no puedan evitar la aplicación de la ley en caso de que cometan algún tipo de ilícito.
La iniciativa pretende que no se coarte ni se atrase la administración e impartición de justicia; al contrario, que se refuerce a través de la posibilidad de que los servidores públicos que gocen de fuero constitucional puedan ser vinculados a proceso e incluso procesados, en el caso de determinarse una probable responsabilidad penal por la instancia investigadora y defenderse en juicio ante el juez resolutor de la causa, sin que implique una demora en la sentencia, la cual, en su momento, se determinará absolutoria o condenatoria.

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