![1619501_585987101486826_1868351827_n1[1]](https://ataquealpoder.files.wordpress.com/2014/10/1619501_585987101486826_1868351827_n11.jpg?w=450&h=300)
Las
instituciones de este país son instrumentos al servicio del gobierno de
turno y éste a la vez está vinculado a una funesta cadena de favores al
servicio de la oligarquía que los tiene fuertemente cogidos por los
cataplines. No se salva nadie, cada día nos desayunamos con una tropelía
aún mayor de la del día anterior. Para muestra un botón: una justicia
de pacotilla condena al juez Elpidio Silva por meter en la cárcel al
banquero aficionado Miguel Blesa en el momento que se evidencia que se
dedicaba a robar a los clientes, a saquear Caja Madrid y a despilfarrar
el dinero en suntuosidades de nuevos ricos.
El expolio tiene un
precio: la lealtad absoluta hay que pagarla convenientemente para torcer
la voluntad y constituir Blesa y los 86 ladrones y así poder robar a
manos llenas. El botón de muestra se puede extender al uso y
costumbre de una legión de camarillas que practican la ley del silencio
que trasciende desde funcionarios de la Administración de alto nivel, a
jueces de altos Tribunales comandados por el Fiscal General del Estado
dirigido con mando a distancia por el gobierno. El bipartidismo ha
sucumbido a los placeres del dinero y las prebendas de que a nadie le
amarga un dulce por lo que hay que engrasar la maquinaria desde las
cúpulas de los partidos políticos a los que ocupan los escaños en el
Congreso de los Diputados. Todo este cambalache trasciende a que las
grandes empresas se puedan dedicar a rapiñar todo lo que se puede de los
Presupuestos Generales del Estado y en un doble latrocinio dejan de
cotizar los impuestos que les corresponden con el visto bueno de la
camarilla.
La banca esconde un agujero de casi medio billón de euros a causa de la codicia desenfrenada de sus gestores
y en lugar de que se apañen por su cuenta con sus acreedores (otros
bancos) el desaguisado se le endosa al populacho. No teníamos bastante
con la lujuria de la banca, que como primo hermano de esta familia
oligarca,
las compañías eléctricas en una avaricia descomunal
someten a un expolio sin precedentes a los millones de atrapados
consumidores. Hay que decirlo alto y claro:
Se acabó lo
que se daba, somos millones y aunque tan sólo sea por dignidad hay que
parar los pies a estas voraces compañías eléctricas. Es necesario que revises el artículo anterior
El saqueo a Endesa repercutirá en la factura de la luz … Sigue leyendo → Hay un plan y se trata de lo siguiente:
![1797425_583783715040498_1462547059_n1[1]](https://ataquealpoder.files.wordpress.com/2014/10/1797425_583783715040498_1462547059_n11.jpg?w=450&h=305)
En
septiembre de 2013 publiqué un artículo en el que ponía de manifiesto
la mala costumbre de los gobiernos en cargar en la factura de los
consumidores de electricidad conceptos disfrazados de impuestos que
resultan inconstitucionales e incluso están refrendados por una
sentencia del Tribunal Supremo. Ver:
Los impuestos en la factura de la luz son inconstitucionales … Sigue leyendo → Esperé
unos meses con la vana ilusión de que alguien se movilizara pero nadie
movió un dedo a pesar de que el artículo corrió por la red de sitio en
sitio y eran muchos los que elevaban su grito al cielo, pero nada más.
El 4 de junio de este año, nueve meses después, entendí que nadie iba
hacer nada y
denuncié al Defensor del Pueblo Europeo la
inconstitucionalidad de revertir recargos camuflados como impuestos en
la factura de la luz en lugar de aplicar estos supuestos costes
adicionales en los Presupuestos Generales del Estado con el fin
de una distribución equitativa: que pague más quien más tiene en lugar
de todos paguen a escote en una derrama donde el más pobre paga igual
que el más rico. Ver:
Denunciada ante Europa la inconstitucionalidad de los impuestos en la factura de la luz … Sigue leyendo → La
cosa no fue como esperaba y la institución del Defensor del Pueblo
español intercepto la denuncia presentada en Bruselas y se la hicieron
suya. Fue el patriota Francisco Fernández Marugán quien como Adjunto
Primero le tocó el papelón de sacarse la denuncia de encima con unos
argumentos de pena que ni tan siquiera venían al caso. El 17 de julio
hice público su escrito Ver:
Cuando el Defensor del Pueblo ataca a traición… Sigue leyendo → Contesté
al patriota de Fernández Marugán para que remitiera un escrito razonado
y no las chorradas que contenía su palabrería. Aún es la hora que desde
la institución del Defensor del Pueblo se posicione sobre el atropello
que sufre la ciudadanía frente al ataque voraz de las compañías
eléctricas, pero todavía es más vergonzoso: la denuncia trata de la
decisión del gobierno al aplicar, en la factura de la luz, una
fiscalidad a escote rechazada por la constitución.
El Defensor
del Pueblo es el órgano encargado de velar por los derechos
constitucionales y para cumplir su función puede supervisar la actividad
de la Administración, por lo tanto, el asunto denunciado compete plenamente a sus atribuciones.
![imagescaxzgw5w1[1]](https://ataquealpoder.files.wordpress.com/2014/10/imagescaxzgw5w11.jpg?w=640)
Hasta aquí los antecedentes de la denuncia presentada y la razón que la sostiene: el
Artículo 31 de la Constitución se establece que:
“31.1. Todos
contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su
capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en
los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá
alcance confiscatorio.
- 2 El gasto público realizará una asignación equitativa
de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los
criterios de eficiencia y economía.
- 3 Solo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.”
Este Articulo, resumen de la democracia desde sus más genuinos
orígenes, no deja lugar a dudas e interpretaciones. Las consecuencias de
desconocerlo fueron y son muy injustas.
Con la articulación de esos recargos vía tarifa la financiación de las cargas ocasionadas por una decisión política se efectúa así en contra de los principios que inspiran la Hacienda Pública en un Estado de Derecho.
Para dejar el concepto claro y diáfano: la Constitución y la
interpretación ofrecida por el Tribunal Constitucional se pronuncia que
los españoles no deben pagar un impuesto sobre un servicio básico y sin
alternativa. No tiene confusión.
Sin lugar a dudas la electricidad es un producto básico y no tiene alternativa. Los
impuestos y recargos que se aplican a la factura de la luz según la
sentencia del Tribunal Constitucional (185/1995), antes citada, dice que
“deberán considerarse coactivamente impuestas” (a la fuerza) Los
gobiernos de turno se han cebado con la factura eléctrica por la vía
fácil al cargar impuestos indirectos a todos por igual.
De un
producto básico y sin alternativa los impuestos los pagan por igual
ricos y pobres y esto no es lo promulga la Constitución. Para unos asuntos la Carta Magna se atiende con un rigor extraordinario y para otros, que afectan al populacho, se aplica el
”alcance confiscatorio”.
![o_mafia_arrests_19281[1]](https://ataquealpoder.files.wordpress.com/2014/10/o_mafia_arrests_192811.jpg?w=640)
Si
no quieres caldo dos tazas esto es lo que se le puede decir al Defensor
del Pueblo, Soledad Becerril, si el populacho no tenía suficiente
argumento al esgrimir el Artículo 31 de la Constitución sobre el recargo
de impuestos (nadie discute el IVA a pesar que en la factura de la luz
se aplica sobre un impuesto)
todavía se puede añadir, en una nueva denuncia. Se
trata de otra inconstitucionalidad de la tan cacareada liberación del
mercado cuando las compañías privatizadas se forran sin límites y sin
ofrecer, a los consumidores, un mercado competitivo al actuar, a través
de la patronal UNESA, como un monopolio. El tinglado montado de
la fijación de precios que repercuten sobre la tarifa es una engañifa
amparada en una subasta manipulada que los actores que ofrecen son los
mismos que demandan. No es tan siquiera un mercado en oligopolio con 4
ofertantes (Endesa, Iberdrola, G.N. Fenosa, E.on) y un ramillete de
comparsas para hacer bulto ya que todos acaban fijando un mismo precio y
aplicándolo al unísono el mismo día. Veamos que nos dice Wikipedia
sobre la actuación monopolística:
“es una situación de privilegio
legal o fallo de mercado, en el cual existe un productor que posee un
gran poder de mercado y es el único en una industria dada que posee un
producto, bien, recurso o servicio determinado y diferenciado. Para que exista un monopolio, es necesario que en dicho mercado no existan productos sustitutos, es decir, no existe ningún otro bien que pueda reemplazar el producto determinado y, por lo tanto, es la única alternativa que tiene el consumidor para comprar.
Suele definirse también como «mercado en el que sólo hay un vendedor»,
pero dicha definición se correspondería más con el concepto de monopolio
puro” Estamos en ello y lo podemos encontrar en el
Artículo 128 de la Constitución:
1.- Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
2.- Se reconoce la iniciativa pública en la actividad
económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o
servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo
acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés
general.

Adaptándose al espíritu y la literalidad constitucional el interés general lo exige.
Hemos
llegado al final del trayecto y no podemos permanecer, ni un minuto
más, anestesiados ya que la desconfianza de los españoles frente a sus
instituciones y gobierno tiene razón de ser. Estamos atrapados
en una tela de araña, tejida durante años, para sucumbir ante cualquier
Administración del Estado cuando la disidencia se manifiesta
individualmente.
Lo que propongo es unir fuerzas y en lugar de remitir al Defensor del Pueblo la denuncia de la inconstitucionalidad del Artículo 31 y ahora del 128
firmada
por mi humilde persona se puedan añadir cuantos lo deseen. En el
próximo post culminará la trilogía (el anterior a este y el siguiente) y
se concentrarán las suficientes razones y argumentos para solicitar la
intervención del Defensor del Pueblo. Para no perder el hilo de
la narración quizás hace falta profundizar en el 128 de la Constitución
que apunta en caso de monopolio: “
acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general”. El
monopolio actual tiene la singularidad en el monopolio estatal y en
como eran tratadas las compañías eléctricas del franquismo
calificadas como servicio público del suministro de energía eléctrica. Aunque
pudiera intentar sostenerse que las empresas eléctricas eran titulares
de la gestión indirecta de ese servicio público (titulo que, muy a pesar
de las empresas eléctricas, tendría que ser necesariamente concesional)
y que, por tanto, la tarifa era un precio privado “intervenido” que no
daría lugar a las “adherencias” de “moratorias” nucleares y otros costes
públicos. Por si lo anterior fuera poco
veamos como se lo manejaron estos artistas del engaño para que el suministro de energía eléctrica dejara de ser un servicio público
(en línea con las aspiraciones tradicionales del sector). La Ley del
Sector Eléctrico (LSE) es “la plasmación normativa” (eso dice su
Exposición de Motivos) del Protocolo suscrito en diciembre de 1996 entre
el Ministerio de Industria y Energía y “las principales empresas
eléctricas”:
“El citado Protocolo,….. Supuso, asimismo, el
acuerdo con los principales agentes económicos de la industria sobre una
profunda modificación del sistema retributivo hasta ahora vigente”
![375679_573839532701583_1137840741_n1[1]](https://ataquealpoder.files.wordpress.com/2014/10/375679_573839532701583_1137840741_n11.jpg?w=450&h=338)
O
sea, que primero se pactó con las “principales empresas eléctricas” y
luego lo pactado se llevo al Parlamento. La soberanía parlamentaria
queda algo malparada.
La LSE se presento con la aureola de la modernidad, “la libre competencia”, la “desregulación”, la mejora de la “eficiencia”, etc.
Pero, sobre todo, la magia era Bruselas una especie de “comodín” para
aquéllos sectores “regulados” cuya desregulación se regula: Directivas,
Decisiones, Reglamentos, Recomendaciones. Así, para empezar, en esta
“plasmación normativa” del “Protocolo”
se dispone que el
suministro de energía eléctrica deja de ser un servicio público “por su
progresiva pérdida de trascendencia en la practica”. Se trata
de una vieja aspiración de los asaltantes a las empresas públicas. Pero
que no se quisiera ser un servicio público no significa que se quisiera
prescindir de las ventajas de serlo. En efecto,
la pérdida de la
característica de servicio publico podía llevar aparejada la
desaparición de privilegios expropiatorios variados, “urgente ocupación”
incluida que han sufrido muchos campesinos españoles que la han
padecido en un pasado no tan remoto. Para evitar tan desagradables
consecuencias, se pasó a hablar de servicio “de interés económico
general”. Si el suministro de energía eléctrica dejaba de ser un servicio publico
era
lógico que, por idéntica razón, la utilidad pública que ello comportaba
también desapareciera y, en consecuencia, que las concesiones sobre el
dominio público hidráulico y no hidráulico revirtieran al Estado que es
su titular, y las expropiaciones (y/o expoliaciones) de los
bienes privados, incluidas las servidumbres forzosas establecidas para
la prestación del extinto e “intrascendente servicio público”, se
extinguieran y revirtieran a sus propietarios.

En
tan “liberal” LSE se prevé y se refuerza el mantenimiento
(retroactividad incluida) del arsenal coactivo en su totalidad. En suma,
la LSE consagra una desregulación regulada. O, mejor aún, una
regulación desregulada.
Con ella se prescinde de los
inconvenientes de la regulación para el sector pero se retienen las
ventajas de la regulación para el sector y todo eso -hay que reconocer
que tiene merito- con el simple cambio de denominación ahora se le llama
“servicio de interés económico general”. Los que no entiendan del “oscuro” mundo de la luz “eléctrica” pueden
considerarlo
una “prestación patrimonial de derecho público” en cuya imposición y
exacción están ausentes las garantías que para la ciudadanía establece
la Constitución. Precisamente por ello, por este cambalache
constitucional de continuar con todas las prerrogativas de una empresa
pública en manos privadas conviene argumentarlo con las propias palabras
de los impulsores del
“servicio de interés económico general” extraídas
de la página web de UNESA que nos sitúan en la peculiar constitución en
forma de sociedad anónima. (las negritas son cosecha propia para
resaltar el texto) Dice así
“UNESA fue creada por iniciativa de 18
empresas eléctricas en el año 1944, bajo la denominación de Unidad
Eléctrica, S.A., para hacer frente a las difíciles circunstancias por
las que atravesaba el abastecimiento eléctrico español en aquella época.
La creación de UNESA supuso la materialización de este planteamiento,
gracias a lo que desarrolló en aquellos años un papel fundamental en la
coordinación de las centrales eléctricas existentes en las diferentes
zonas del país para intercambiar energía y así conseguir un reparto
adecuado de la electricidad disponible.
Con
ese fin, se impulsó la interconexión de los sistemas regionales de las
empresas hasta dar lugar a un auténtico sistema eléctrico nacional, a
través del cual quedaron conectados todos los centros de producción y
consumo. Hasta 1979, fue asimismo responsabilidad de UNESA la operación
de dicho sistema para asegurar una explotación óptima de la
infraestructura eléctrica existente. Hasta la aprobación de la Ley del
Sector Eléctrico y la transformación institucional de UNESA en
Asociación, la organización empresarial se ha centrado en diversas
actividades de carácter sectorial: estudios y análisis sobre las
diversas vertientes de la actividad eléctrica (transporte, distribución,
regulación, planificación indicativa), precios y tarifas, aspectos
económicos y financieros, relaciones internacionales e institucionales,
calidad del servicio, medio ambiente, investigación, normalización y
comunicación social, entre otras. El 1 de enero de 1998 entró en vigor
la Ley del Sector Eléctrico, Ley 54/1997, que introdujo importantes
cambios normativos. En concreto, se estableció la competencia entre las
empresas eléctricas y se dotó a los consumidores de la capacidad de
elegir suministrador. La adecuación del Sector Eléctrico a las nuevas
exigencias del entorno competitivo y liberalizador contenidas en la Ley
motivo un importante cambio en el enfoque de las diversas actividades
de UNESA y una profunda transformación de la Asociación que, en este
proceso, abandonó su condición de sociedad anónima, para transformarse en Asociación con un marcado carácter empresarial”.
![10153200_735516576499428_4183730536809248641_n[1]](https://ataquealpoder.files.wordpress.com/2014/10/10153200_735516576499428_4183730536809248641_n1.png?w=450&h=233)
Estos
oligarcas están tan convencidos que montando, de cara a la galería, un
simulacro de competencia está todo solucionado. El teatrillo escénico se
sostiene en
una falsa liberalización del mercado que tolera una
mentirosa parodia de elección del suministrador de “todos al mismo
precio”, un reparto territorial y bajo las mismas condiciones de lo
tomas o lo dejas ¿A esto no se le llama monopolio? Atentos a lo que nos dice UNESA “
la
organización empresarial se ha centrado en diversas actividades de
carácter sectorial: estudios y análisis sobre las diversas vertientes de
la actividad eléctrica (transporte, distribución, regulación, planificación indicativa), precios y tarifas…”, dicen
precios y tarifas,
no es una demostración, de parte, que actúan sobre los precios cuando
existe una libertad de mercado y la privatización se llevó a cabo para
que se “mataran” entre ellos ofreciendo precios de competencia. ¿Repsol y
Cepsa pueden decir lo mismo sobre el precio de los carburantes en las
estaciones de servicio? (los precios de la gasolina también se fijan por
subasta) Otro detalle sobre este párrafo traído a colación:
”la organización empresarial se ha centrado …” lo dicen en presente. Confirma que la transformación en
”Asociación con un marcado carácter empresarial” es un lavado de la fachada para que todo siga igual. La fijación de precios, aunque se disfrace de
una subasta, es un delito si ésta se manipula.
El pasado mes de diciembre el gobierno tuvo que suspender la subasta
CESUR por indicación de la Comisión Nacional del Mercado de la
Competencia al apreciar indicios de manipulación de los precios, ahora
vuelta a lo mismo después del sustazo que se llevaron los de la
Asociación con un marcado carácter empresarial que
pasaron de esgrimir un precio medio del mes de noviembre de 41,80€ a
91,89€ el día 18 de diciembre de 2013 –día antes de la suspensión- a
33,61€ del mes de enero. Una vez dejado atrás el susto y visto que no
pasa nada de nada por manipular los precios han vuelto a los 60€. La
cabra tira al monte.
La manipulación de los precios de la
subasta, (con una detallada explicación de cómo lo hacen) los infundados
incrementos de la tarifa y el mentiroso déficit tendrán que quedar para
el próximo post
Destapado: como manipulan el precio de la electricidad,
de momento quédate con este enlace que te ayudará a comprender como es
posible que pasen estas cosas y se nos quede la cara de tontos. Desde
luego hay una explicación. No te lo pierdas:
http://www.youtube.com/watch?v=QE9-jHh_q7o
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