viernes, 22 de febrero de 2019

¿Qué delitos va a combatir? ¿Qué pasará con los soldados? Las claves de la Guardia Nacional


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¿Qué delitos va a combatir? ¿Qué pasará con los soldados? Las claves de la Guardia Nacional

 

 



Luego de casi tres meses de discusiones y de cinco versiones de dictámenes y modificaciones finalmente el Congreso aprobó la reforma constitucional por la cual se crea la Guardia Nacional, una nueva fuerza policial de seguridad, complementada con disciplina y adiestramiento militar, que se espera que cuente con 150 mil elementos al finalizar el actual sexenio.
Ayer el Senado aprobó por unanimidad – tras un acuerdo entre Morena y los partidos de oposición – un dictamen que modificó casi en su totalidad la minuta que previamente había avalado la Cámara de Diputados. El consenso se logró luego de que el grupo mayoritario aceptó eliminar varios componentes que vinculaban y subordinaban a la Guardia a un control militar.
¿Qué sigue ahora en el proceso? ¿Cómo queda conformada la guardia y cuáles son sus funciones y alcances? ¿Qué queda en el aire y que leyes lo aclararán? ¿Qué delitos atenderá? ¿Qué puntos fueron los más complicados de la negociación?
A continuación Animal Político detalla algunos de estos puntos clave a partir de lo establecido en el dictamen aprobado, de las respuestas de diversos senadores y de especialistas que participaron en el debate.
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¿Será militar y controlada por el Ejército?

De acuerdo con la reforma aprobada no será así. La Guardia Nacional quedó definida como una “policía de carácter civil” adscrita exclusivamente al ramo de Seguridad Pública, o sea a la Secretaría de Seguridad Ciudadana. Tampoco habrá mando militar o mixto. Legisladores que participaron en la negociación reconocieron que este fue uno de los puntos más difícil de acordar.
Se estableció que las fuerzas armadas cedan temporalmente elementos de sus policías militar y naval para conformar el estado de fuerza inicial de la Guardia Nacional y apoyen en tareas de disciplina y preparación inicial. Lo anterior mientras se conforma una estructura propia para la nueva fuerza policial que lleve a cabo esos procedimientos.
En los artículos transitorios de la reforma se acordó que los nuevos reclutas de la Guardia Nacional no podrán ser elementos en activo de las fuerzas armadas.

¿Qué delitos va a combatir la Guardia?

Tiene facultades legales para combatir todos los delitos, tanto federales como locales.
Al tratarse de una fuerza policial cuenta con los alcances de las que ya existen en el país, es decir, realizar labores de prevención del delito. A su vez, bajo conducción del Ministerio Público y a petición de éste, podrá llevar a cabo labores de investigación y de cumplimiento de órdenes de aprehensión, cateo, entre otros.
El senador Miguel Ángel Mancera explicó que en el caso de los delitos del fuero común – que inicialmente corresponden a las autoridades estatales y municipales – la Guardia podrá intervenir siempre y cuando se haga la petición del gobierno local correspondiente y bajo esquemas de coordinación.
La Ley de la Guardia Nacional, que deberá expedirse en un plazo de 60 días en cuanto entre en vigor la reforma, delimitará los lineamientos de coordinación de la Guardia con fuerzas de seguridad locales.

¿Cómo se controlará el uso de la fuerza en la Guardia?

Con la Ley Nacional de Uso de la Fuerza. Se trata de una nueva norma que pondrá reglas y condiciones al uso de la fuerza no solo de los elementos de la Guardia Nacional sino de todas las fuerzas de seguridad del país.
En el artículo cuarto transitorio de la reforma aprobada ayer se establecieron algunos lineamientos básicos que tendrá que tener la nueva ley, entre ellos que el uso de la fuerza se apegue a principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, racionalidad y oportunidad; y que se definen con precisión qué armas letales y no letales se podrán usar, y las reglas de los mismos.
Dicha ley deberá regular además el uso de la fuerza de los policías en el caso de personas detenidas y en manifestaciones públicas.
Esta ley deberá expedirse en un periodo máximo de 90 días en cuanto entre en vigor la reforma de Guardia Nacional.

¿Qué pasará con las personas que detenga?

El artículo 16 constitucional establece que cualquier persona detenida por la Guardia o por cualquier fuerza de seguridad debe quedar a disposición de forma inmediata ante la autoridad civil, es decir, ante el Ministerio Público. Además debe haber un registro transparente de su detención.
Para cumplir lo anterior se expedirá una Ley Nacional del Registro de Detenciones que también será aplicable para todo el país, y que según el artículo cuatro transitorio de la reforma aprobada ayer, debe contener entre otras cosas: las características que deberá tener el Registro de las detención, el tratamiento de los datos personales, las personas autorizadas para acceder a ese registro, entre otros.
Esta ley deberá expedirse en un plazo máximo de 90 días que comenzarán a correr en cuanto entre en vigor la reforma de Guardia Nacional.

¿Qué pasó con la junta de jefes militares?

Fue eliminada del dictamen.
En enero pasado los diputados habían aprobado que la Guardia tuviera una “Junta de Jefes de Estado” compuesta por representantes de la Defensa Nacional, de la Marina y del ramo civil de Seguridad. La figura fue duramente criticada en las audiencias públicas por especialistas que consideraron que se trataba, de facto, de una junta de jefes militares.
En lugar de esta junta, el dictamen aprobado ayer contempla en el artículo segundo transitorio una “instancia de coordinación operativa interinstitucional” que también estará formada por representantes militares y de la Secretaría de Seguridad pero que según lo explicado por los legisladores, será un cuerpo de coordinación y no de mando.

¿Cómo se reclutará a los nuevos elementos?

La fuerza inicial de la Guardia Nacional se conformará de forma temporal con elementos de la Policía Federal, Militar y Naval que serán designados por el propio Presidente del país mediante los acuerdos correspondientes que emita. Cabe señalar que los militares asignados a este cuerpo conservarán sus rangos y prestaciones y al ser reincorporados al Ejército se les respetará la antigüedad.
En cuanto al reclutamiento de los nuevos integrantes, este se llevará a cabo bajo el procedimiento que defina la instancia de coordinación operativa interinstitucional de la Guardia Nacional. El senador Mancera no descartó que las fuerzas armadas podrían apoyar en este reclutamiento mientras la nueva fuerza desarrolla una estructura propia para ello.
La Ley de la Guardia Nacional detallará procedimientos, requisitos y mecanismos de evaluación de los reclutas de la nueva fuerza de seguridad.
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¿Y los soldados y marinos? ¿Se quedan en las calles o se van?

Sí… se quedan temporalmente pero de forma regulada, fiscalizada y con un plan de salida.
Como el presidente Andrés Manuel López Obrador lo solicitó, los legisladores reincorporaron al dictamen un artículo transitorio que avala el apoyo temporal del Ejército y la Marian en tareas de  Seguridad Pública mientras se conforma la Guardia Nacional. No obstante los legisladores interpusieron para ello un plazo máximo de cinco años.
En el artículo quinto transitorio se estableció además que dicho apoyo de las fuerzas armadas debe ser “extraordinario, regulado, fiscalizado, subordinado y complementario”.
Estas condiciones son las que llevaron a legisladores y a expertos a opinar que lo aprobado ayer no es una reedición de la ley de Seguridad Interior declarada inconstitucional por la Corte y que, por el contrario, se ajusta a las convenciones internaciones de derechos humanos.
“La realidad es que tenemos a las fuerzas armadas en las calles y lo que hacen estos transitorios es establecer un parámetro de regulación de esa presencia militar en las calles. Parámetro que se ajusta a los criterios de la Corte Interamericana. Claro que el demonio está en los detalles y veremos que se regulan estos transitorios”, dijo José Antonio Guevara, director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.

¿Quién va a juzgar a los elementos de la Guardia si cometen un delito?

Al ser una fuerza de carácter civil los elementos de la Guardia Nacional serán juzgados exclusivamente por autoridades civiles. Esto será igual para los efectivos de policía militar y naval que temporalmente formen parte de la nueva fuerza. Así quedó establecido tras cancelarse la propuesta de reforma al artículo 13 constitucional que establecía un doble fuero: militar y civil.
El senador del PAN, Julen Rementería, quien formó parte del equipo de negociación del acuerdo, reconoció que la eliminación del fuero militar fue uno de los puntos más complicados de solventar con Morena y el gobierno, al punto en que incluso estuvo a punto de romperse la negociación por ello.
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¿Por qué es distinta a la Policía Federal o la Gendarmería?

El senador Miguel Ángel Mancera destacó que la Guardia Nacional tendrá una disciplina mucho más férrea que otras corporaciones civiles, y contará con una normativa propia con sanciones y correctivos fuertes si no se siguen las indicaciones del mando. A su vez se prevé una proyección clara de desarrollo y con mejoras salariales periódicas.
“La supervisión va a ser estricta. Sus elementos a su vez tendrán prestaciones homologadas pero también una formación y disciplina homologada a la que se usa en las Fuerzas Armadas en cuanto a su formación, obediencia del mando, planeaciones de despliegue, entre otros”, dijo.
El senador Samuel García de Movimiento Ciudadano consideró que la Policía Federal ha padecido una falta de planeación al menos en los últimos dos sexenios lo que abrió demasiado el abanico sobre sus funciones y responsabilidades. En cambio dijo que la Guardia Nacional estará enfocada en trabajo policial que complementará a las policías locales, sin sustituirlas como pasó con otras fuerzas federales.
El senador del PAN Julen Rementería subrayó que la construcción de las tres leyes complementarias que acompañan la creación de esta nueva fuerza serán claves para que no se repitan las fallas de experiencias anteriores. Ello sumando a la conducción que pueda darle el presidente López Obrador, que es su máximo jefe.
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¿Qué sigue?

Para que la Guardia Nacional quede oficialmente creada faltan dos pasos. El primero es que la Cámara de Diputados avale el dictamen que el Senado revisó y modificó. De acuerdo con los legisladores consultados ya se inició un diálogo con la cámara baja para que no haya nuevos cambios y la aprobación final se dé la próxima semana.
El segundo paso restante es que, una vez avalado el dictamen por diputados, se mande a los congresos estatales con la finalidad de que se obtenga la aprobación de al menos la mitad de ellos más uno. Se prevé que ello se logre sin problemas luego de que las entidades han expresado su apoyo.
Cumplido lo anterior, la reforma ya podrá ser publicada y promulgada. Con ello arrancarán los plazos ya referidos para la expedición de tres leyes que se consideran claves para el éxito de la nueva fuerza, como se insistió ayer en el Senado. Lisa Sánchez, directora de la organización México Unido contra la Delincuencia, adelantó que la sociedad civil presentará iniciativas sobre estas leyes secundarias.
¿Todo esto soluciona el problema de violencia en el país que en el arranque de este año está en un nivel record? Los legisladores consultados coinciden en que no y que, en el mejor de los casos, es un primer paso.
“Se ha sembrado una suerte de exageración de la esperanza que se le pretende dar a la Guardia Nacional y la realidad es que el problema de la seguridad no alcanza para resolver esto. Incluso la Guardia aun con 150 mil elementos no puede darle cobertura a todo el país. Hay que trabajar todo el sistema de seguridad del país y fortalecer a las policías locales”, dijo Rementería.
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