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El ABC de la Asamblea Nacional Constituyente en Venezuela
B25y Resumen Latinoamericano on Julio 28, 2017
Por Pablo Siris Seade
Este domingo 30 de julio el pueblo venezolano determinará a través de su voto la integración de una Asamblea Nacional Constituyente. Pero hará mucho más que eso: decidirá si vence al terrorismo fascista y elige la paz como forma definitiva de resolver los asuntos del país y avanzar hacia la construcción de una nueva sociedad más justa, más libre y próspera.
1. ¿Qué es una Asamblea Constituyente?
Es un mecanismo previsto en las constituciones de varios países del mundo para su transformación.
Normalmente el pueblo elige para integrarla un número extraordinario de personas (más del doble de los que tiene el Poder Legislativo) para considerar dicha modificación de la Carta Magna.
Es más profunda que las enmiendas o reformas, que normalmente no tocan aspectos de fondo de la Constitución, sino que le realizan modificaciones puntuales.
2. ¿Quién puede convocar a la ANC en Venezuela?
El artículo 348 establece que puede ser convocada por el Poder Ejecutivo, por una mayoría especial del Poder Legislativo (dos tercios), por una mayoría especial de los representantes de los municipios (nuevamente dos tercios) o directamente por no menos del 15% del electorado.
El artículo siguiente señala que el Presidente no puede de ninguna manera objetar el resultado de la misma y que los otros Poderes del Estado “no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Constituyente”.
La nueva Constitución emanada de la Asamblea que se elija será plebiscitada y todo el pueblo podrá expresarse respecto a la misma.
3. ¿Por qué convocó el presidente Nicolás Maduro una ANC?
El pasado 1° de mayo, el presidente venezolano Nicolás Maduro convocó a la ANC “con la finalidad primordial de garantizar la preservación de la paz del país ante las circunstancias sociales, políticas y económicas actuales, en las que severas amenazas internas y externas de factores antidemocráticos y de marcada postura antipatria se ciernen sobre su orden constitucional”.
En el decreto correspondiente (http://minci.gob.ve/2017/05/vea-aqui-decreto-convocatoria-asamblea-nacional-constituyente/) el presidente Maduro expresó los objetivos de dicha convocatoria. Estos son:
1. La paz como necesidad, derecho y anhelo de la nación, el proceso constituyente es una gran convocatoria a un diálogo nacional para contener la escalada de violencia política, mediante el reconocimiento político mutuo y de una reorganización del Estado, que recupere el principio constitucional de cooperación entre los poderes públicos (…)2. El perfeccionamiento del sistema económico nacional hacia (…) el nuevo modelo de la economía post petrolera, mixta, productiva, diversificada, integradora, a partir de la creación de nuevos instrumentos que dinamicen el desarrollo de las fuerzas productivas, así como la instauración de un nuevo modelo de distribución transparente que satisfaga plenamente las necesidades de abastecimiento de la población.3. Constitucionalizar las Misiones y Grandes Misiones Socialistas, desarrollando el Estado democrático, social, de derecho y de justicia (…).4. La ampliación de las competencias del Sistema de Justicia, para erradicar la impunidad de los delitos, especialmente aquellos que se cometen contra las personas (…); así como de los delitos contra la Patria y la sociedad tales como la corrupción; el contrabando de extracción; la especulación; el terrorismo; el narcotráfico; la promoción del odio social y la injerencia extranjera.5. Constitucionalización de las nuevas formas de la democracia participativa y protagónica, a partir del reconocimiento de los nuevos sujetos del Poder Popular, tales como las Comunas y Consejos Comunales, Consejos de Trabajadores y Trabajadoras, entre otras formas de organización de base territorial y social de la población.6. La defensa de la soberanía y la integridad de la nación y protección contra el intervencionismo extranjero, ampliando las competencias del Estado democrático, social, de derecho y de justicia para la preservación de la seguridad ciudadana, la garantía del ejercicio integral de los derechos humanos, la defensa de la independencia, la paz, la inmunidad, y la soberanía política, económica y territorial de Venezuela. Así como la promoción de la consolidación de un mundo pluripolar y multicéntrico que garantice el respeto al derecho y a la seguridad internacional.7. Reivindicación del carácter pluricultural de la Patria, mediante el desarrollo constitucional de los valores espirituales que nos permitan reconocernos como venezolanos y venezolanas, en nuestra diversidad étnica y cultural como garantía de convivencia pacífica en el presente y hacia el porvenir (…)8. La garantía del futuro, nuestra juventud, mediante la inclusión de un capítulo constitucional para consagrar los derechos de la juventud, tales como el uso libre y consciente de las tecnologías de información; el derecho a un trabajo digno y liberador de sus creatividades, la protección a las madres jóvenes; el acceso a una primera vivienda; y el reconocimiento a la diversidad (…)9. La preservación de la vida en el planeta, desarrollando constitucionalmente, con mayor especificidad los derechos soberanos sobre la protección de nuestra biodiversidad y el desarrollo de una cultura ecológica en nuestra sociedad.
4. ¿Cómo se eligió a los candidatos y quién los vota?
La votación será organizada por el Consejo Nacional Electoral y el sufragio será universal, directo, secreto y voluntario.
Cada municipio del país elegirá un constituyente, las capitales estadales tendrán dos representantes y el Distrito Capital siete, totalizando 364 constituyentistas que serán elegidos territorialmente. Para ser candidato, los pre-candidatos debieron contar con el respaldo del 3% de los inscritos en el Registro Electoral del ámbito territorial correspondiente.
Se presentaron más de cincuenta mil precandidatos, de los cuales cumplieron el requisito previo cerca de cinco mil.
Habrá también ocho constituyentes en representación de los pueblos originarios de Venezuela, quienes los elegirán de acuerdo a sus usos y costumbres ancestrales.
Se realizará también la elección por sectores, a razón de un constituyente por cada 83.000 integrantes (aproximadamente) de los diversos sectores a considerar, lo cual llevará hasta 545 el número total de integrantes de la ANC.
Los sectores en los que se elegirán representantes para la ANC (además de los pueblos indígenas, ya mencionados) serán: trabajadores, campesinos y pescadores, estudiantes, personas con discapacidad, jubilados y pensionados, empresarios y -finalmente- consejos comunales y comunas.
En los sectores, la postulación se realizará por listas nacionales que contarán con el respaldo del 3% de los integrantes del padrón electoral correspondiente a dicho sector, exceptuando a los integrantes de los consejos comunales y comunas que también serán elegidos territorialmente.
5. ¿Por qué se eligió este mecanismo de elección de candidatos?
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus diversos artículos establece que el Estado debe propender hacia una democracia participativa y protagónica, cosa que a lo largo de los 18 años de la Revolución Bolivariana ha sido uno de los principales objetivos de todo el pueblo venezolano.
Por esto mismo han surgido diversas formas de organización política territorial y sectorial como los consejos comunales, las comunas (que agrupan a varios de éstos), los consejos de trabajadores en las empresas de propiedad social, los consejos de personas con discapacidad, el explosivo crecimiento de las organizaciones estudiantiles, entre otras.
La convocatoria a la ANC, por tanto, no puede sino reconocer estas nuevas formas de organización social y contribuir a su desarrollo.
6. ¿Qué hará la ANC cuando se instale?
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (http://cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/indice.php) señala en su artículo 347 que “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”.
O sea que -a diferencia de otros países, pero al igual que en 1999- la ANC venezolana depende solamente de sí misma y puede encarar todas las modificaciones del texto constitucional que entienda pertinentes con los objetivos expresados más arriba en el texto constitucional.
La ANC considerará los distintos proyectos y aportes que los constituyentes planteen, así como los que realicen las ciudadanas y ciudadanos a través de distintos mecanismos de consulta que se han establecido.
El resultado de los debates será refrendado a través de una instancia electoral convocada específicamente a esos efectos.
7. ¿Se resolverán los problemas de Venezuela cuando se instale la ANC?
No. Los problemas de Venezuela son producto de la guerra con el imperialismo norteamericano y sus lacayos en Venezuela (y en algunos otros lugares) que buscan garantizar para Estados Unidos el control del petróleo venezolano como recurso estratégico, así como provocar una redistribución negativa de la renta que el petróleo produce para que vuelva al dominio de unas pocas familias.
Sin embargo, esta amplia instancia de participación y debate nacional permitirá que la más amplia expresión popular pueda hacer valer sus opiniones y encuentre instrumentos para garantizar el anhelo de paz del pueblo venezolano y profundizar el desarrollo productivo del país y la justicia social.
Ante quienes pretenden instaurar la violencia y el terror como forma de dirigir los destinos del país, la oferta es dirimir democráticamente y a través del voto los diferentes puntos de vista.
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