jueves, 6 de noviembre de 2014

POR QUÉ LEY NO ES SINÓNIMO NI GARANTÍA DE JUSTICIA





La Ventana Esmeralda


El objetivo de este blog, no es erigirse en la Verdad de nada, sino en generar en ti la duda y el afán investigador, rogándote no des nunca por cierta otra verdad que la descubierta por tu propia experiencia y análisis apriorístico. Si así fuera, el esfuerzo habrá merecido la pena, pues si la duda se hace tu compañera de viaje, habrás avanzado en la conquista de tu Libertad.






















martes, 4 de noviembre de 2014
POR QUÉ LEY NO ES SINÓNIMO NI GARANTÍA DE JUSTICIA








“Cuando una ley es injusta, lo mejor es desobedecer”


Mahatma Gandhi, “el Alma Grande”





“El talento puede dar prestigio; el valor, puede dar soldados; la tiranía puede dar esclavos, pero sólo la Justicia puede dar la fuerza”


Silvio Pellico, escritor y poeta italiano.





“Las Leyes, muchas veces, son una traba para la Justicia justa”


Rafa Dedi, poeta y actor español.





Resulta preocupante verificar cómo, en gran parte de la sociedad, parece marcada a fuego, como si fuera una gran verdad, que la Ley es sinónimo de Justicia cuando la realidad es que esta aseveración constituye una falsedad monumental.

Quiénes hemos estudiado Derecho conocemos o deberíamos conocer que mientras la Ley es, sin más, la expresión de la voluntad popular emitida por sus representantes y traducida en un conjunto normativo, la Justicia, en cambio, es un Valor Superior sobre el que debería sustentarse y al que siempre debería aspirar, de hecho, una ley, decía Santo Tomás de Aquino, siendo legítima podría, no obstante, ser injusta y, en consecuencia, ”no obligar en el foro de la conciencia”.

Por lo tanto, mientras la Justicia como Valor es ontológicamente una aspiración (Ley Natural) que forma parte del contenido axiológico de los grandes valores naturales, la Ley no sería sino la expresión general de un colectivo concreto para ordenar su convivencia, un objetivo que, en modo alguno, garantiza el cumplimiento de aquella aspiración que, muchas veces, ni siquiera contempla.

En este sentido, los estudiosos del Derecho, históricamente, se han enmarcado, bien en la corriente del llamado iusnaturalismo o Derecho Natural (defensor de la existencia de unos derechos universales, inmutables, anteriores e independientes de cualquier texto jurídico por estar vinculados a la esencia humana y que, caso de ser reconocidos como tales por la Razón, darían lugar al denominado iusnaturalismo racionalista), o bien dentro de las coordenadas del positivismo jurídico (defensores de que su legitimidad dependería, únicamente, del reconocimiento normativo efectivo vigente en un determinado momento).

En este sentido, una Ley siendo legítima por cumplir todas las garantías formales previstas para su aplicación, podría ser, y de hecho muchas veces es injusta (algo admisible para los iusnaturalistas pero no para los positivistas), al contravenir la aspiración del Valor que debiera ser siempre su inseparable referente, un Valor, el de la Justicia, que entronca directamente con la Ética o con la Moral.

Dicho lo cual, de lo que no cabe ninguna duda es de que, por mucho que se empeñen por hacernos creer lo contrario, Ley y Justicia, debiendo ser hermanas inseparables son, sin embargo, antagonistas irreconciliables en no pocas oportunidades, como así ha demostrado la Historia y demuestra también nuestra realidad social actual, en la que vivimos ahogados por miles de leyes cuya única finalidad es preservar el orden de quiénes las confeccionan asegurándose, de paso, nuestra indefensión, ignorando, cuando no despreciando, aquel Valor superior que, para cubrir el expediente, reconoce nuestro texto constitucional en su artículo primero.

Llegados a este punto cabría plantearse, caso de que la ley fuera injusta, si sería ético desobedecerla, lo que en el plano individual daría entrada al reconocimiento de la llamada objeción de conciencia y, en el colectivo, a la desobediencia civil; en este sentido, el eminente jurista Henry Thoreau señalaba que, en tales supuestos, “sería necesario resistir la Ley injusta hasta lograr su transformación”, de donde deduzco como moral la conducta consistente en desafiarla.

Como para muestra basta un botón, te invito a que te hagas la siguiente reflexión: ¿por qué los ordenamientos jurídicos repiten hasta la saciedad conceptos como “Imperio de la Ley”, “Estado de Derecho”, “Principio de Legalidad” o que “la ignorancia de la Ley no excusa de su incumplimiento”, o por qué muchos se atrincheran bajo expresiones tales como “la Ley es la Ley”, “la Ley debe de ser respetada por encima de todas las cosas” o “lo que dice la Ley es sagrado”, dejando un escaso margen para el término “Justicia”, para referirse con él al aparato administrativo encargado de administrarla para satisfacer los intereses de quiénes las elaboran y de quiénes las ejecutan que, al fin y a la postre, son lo mismos.

Alcemos pues la voz y no callemos, en lo sucesivo, cuando volvamos a ser testigos de cómo el error inducido de identificar y confundir la Ley con la Justicia, prenda en el común de los mortales, como un programa tan tendencioso como falaz que, a fuerza de repetirse incansablemente, termina asumiéndose como cierto.

Porque, sencillamente, Ley y Justicia no son lo mismo.

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