¿Qué pasó realmente en Tlatlaya? Las versiones de CNDH y PGR no coinciden
Además, en la versión de los hechos de la PGR, fueron tres militares los que entraron a la bodega para ejecutar a algunos de los heridos después del enfrentamiento; según la CNDH fueron ocho soldados. Dos semanas después de que la revista Esquire México y la agencia The Associated Press publicaran el testimonio de una mujer que presenció los hechos -quien aseguró que elementos del Ejército mexicano ejecutaron a las personas que se encontraban en la bodega- la PGR salió por primera vez a hablar del tema y 20 días después la CNDH emitió una recomendación dirigida a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), PGR y el gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila.
Tanto la PGR como la CNDH coinciden en que ocho militares iban a bordo de un vehículo que se detuvo frente a la bodega donde comenzó el enfrentamiento.
En este día en que se define la situación jurídica de los siete militares consignados por el caso Tlatlaya, Animal Político te presenta las diferencias en las versiones que PGR y CNDH dieron sobre los hechos.
El número de ejecutados por los militares
PGR: dice que fueron 8.
CNDH dice que fueron 15.
El número de heridos y muertos por el enfrentamiento
PGR: 14.
CNDH: 7.
¿A qué hora empezó el enfrentamiento?
PGR: Hasta la fecha no ha dado dato oficial.
CNDH: 4:20 horas.
¿Cuánto tiempo duró el enfrentamiento?
PGR: Entre 8 y 10 minutos.
CNDH: Entre 5 y 10 minutos.
Número de militares que entraron a la bodega
PGR: 3 de 8. Según el procurador Jesús Murillo Karam, los militares que no entraron a la bodega fueron un soldado herido, el Teniente que asistía al lesionado y el chofer. ¿Y los otros dos militares qué hacían? No se menciona.
CNDH: 8 de 8. Cuando terminó el enfrentamiento, 8 militares entraron a la bodega y permanecieron en su interior. Después llegó el comandante de la Zona y aunque por 6 horas no llegó ninguna autoridad civil, sí llegaron más elementos militares para verificar los hechos.
Número de militares que participaron en la ejecución
PGR: 3.
A Fernando Quintero Millán, Roberto Acevedo López y Leobardo Hernández Leónides se les atribuye una presunta responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado, alteración ilícita del lugar y vestigios del hecho delictivo
CNDH: 8. En la recomendación, la Comisión dice que no es posible determinar quién participó en la ejecución, quién la presenció ni quién la encubrió y ordenó, pero se lo atribuye “al personal del 102º Batallón de la base de operaciones de San Antonio del Rosario de la Sedena que estuvo presente en el lugar”, aunque también “debe tomarse en cuenta la posible participación de otros elementos militares que arribaron al lugar de los hechos”.
¿Cómo ejecutaron a los que no murieron en enfrentamiento?
PGR: Tres militares entraron “y realizaron una secuencia nueva de disparos que no tiene justificación alguna”, dijo Jesús Murillo Karam. Los soldados implicados utilizaron las armas de las personas fallecidas en enfrentamiento para ejecutar a los demás, jóvenes presuntamente relacionados con el cártel de La Familia Michoacana.
CNDH: Los testimonios de tres mujeres testigos coinciden en que los militares entraron a la bodega y encontraron a civiles rendidos y desarmados. Después los sacaron uno por uno, los obligaron a hincarse, a decir su apodo, su edad, su ocupación, para después dispararles. En otro momento, los militares llamaron a dos presuntos secuestrados con el pretexto de tomarles una fotografía, pero les disparó.
¿El lugar de los hechos fue alterado?
PGR: Sí. Los tres militares que la dependencia acusó de homicidio también tienen cargos por alteración ilícita del lugar y vestigios del hecho delictivo.
CNDH: Sí. El lugar de los hechos fue alterado “a tal grado que algunos cadáveres fueron movidos y fueron colocadas armas en todos los cuerpos que yacían en el suelo”.
¿Quiénes eran dos de las mujeres “rescatadas” de la bodega?
PGR: Afirma que no fueron víctimas y que pertenecían al grupo de criminales reunidos en la bodega. Hoy están presas por acusaciones de tráfico y posesión de armas.
CNDH: Eran sexoservidoras, sin responsabilidad alguna.
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