Gobierno federal no puede declarar muertas a personas desaparecidas sin prueba de ADN: ONU
Con
respecto al caso Iguala, razón por la cual los padre viajrán a Ginebra
la próxima semana para presentar sus argumentos antes el Comité de
Desapariciones Forzadas del organismo.
México.-
El integrante del Comité de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas,
Santiago Corcuera Cabezut, señaló que el gobierno mexicano no puede dar
por muertos a los normalistas de Ayotzinapa desaparecidos, pues los
estándares internacionales contenidos en las convenciones sobre
desaparición forzada detallan que el crimen es de carácter continuo e inicia con un acto de detención y culmina con el esclarecimiento del paradero de la víctima.
Los padres de los normalistas de Ayotzinapa, expondrán el caso la próxima semana ante dicho Comité en Ginebra, Suiza.
El académico de la Universidad
Iberoamericana explicó que si las las autoridades federales cierran las
investigaciones del caso, los familiares podrían recurrir al amparo con
el argumento de violación a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada,
el cual integra parte del bloque constitucional mexicano con base en la
resolución 293 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El esclarecimiento del paradero o suerte
de la víctima se entiende como una determinación sobre la localización
de la persona, añadió que en caso de estar muerta, la confirmación
provendría de la existencia del cadáver o mediante una prueba de que
existen sus restos, identificados a través de estudios científicos, como
el de ADN, “mientras no exista esa certeza no se pueden
declarar muertas a las víctimas, y se entiende que la desaparición
forzada se sigue cometiendo”.
Si el caso fue imposible de aclarar
físicamente, el gobierno podría fomentar una declaración de ausencia por
desaparición forzada con los efectos que tiene una declaración de
muerte presunta.
La declaración de ausencia por
desaparición forzada implica que el Estado reconoce que los familiares
de la víctima pueden ejercer los derechos de la persona, como si
estuviera muerta, pero con presunción de vida, explicó el integrante del
Comité.
Con información de La Jornada
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