En
este 40 aniversario de la ley 46/1977 de Amnistía, aprobada el 15 de
octubre del año 77, los demócratas no tenemos nada que celebrar. Con su
entrada en vigor se “perdonaron” todos los delitos de “ambos bandos”, en
un ejercicio vergonzoso, inédito a nivel internacional, de injusticia
transicional.
Aunque se vende como un ejercicio de equilibrio, la asimetría no puede ser más flagrante: Mientras que por el lado del antifranquismo, solamente quedaban en ese momento unas pocas decenas de presos políticos, pues la mayor parte habían salido ya de la cárcel por los indultos posteriores a la muerte del dictador, en el lado de los represores, la ley será de punto final para exonerar una larga historia de crímenes nunca investigados ni juzgados.
Los supuestos delitos del lado republicano, por otra parte, habían ya sido juzgados y condenados sobradamente, empezando desde la llamada Causa General en la inmediata posguerra.
Los poderes fácticos franquistas, intactos y acechantes, pilotaron de acuerdo a sus intereses el proceso de transición a la democracia, asegurándose su perpetuación en el nuevo régimen, asistidos para ello por la renuncia de los partidos mayoritarios de la izquierda a la ruptura frontal con la dictadura y a la construcción de una democracia saneada y liberada de tutelajes. Con esta ley se aseguraban además una impunidad que es una violación frontal del irrenunciable derecho a la justicia, además de una ofensa permanente a las innumerables víctimas del franquismo.
Y así ha sido hasta nuestros días. Nuestros gobiernos y autoridades judiciales han interpretado sistemáticamente la ley en ese mismo sentido ante los reiterados intentos, desde el ámbito estatal o desde el internacional, de reclamar justicia.
Ciertamente, es una interpretación irracional frente a la doctrina de la justicia universal en relación a crímenes, como los del franquismo, de lesa humanidad, tal como le han advertido en diversas ocasiones a nuestros gobiernos los organismos internacionales de derechos humanos, pero en cualquier caso es un asidero al que este se aferra desesperadamente. En otras palabras, si bien la existencia de la ley, en una aplicación coherente del derecho internacional, no impediría el acceso a la justicia de las víctimas del franquismo, la ley se ha convertido en una coartada seudolegal tras el que los sucesivos gobiernos, y la jerarquía judicial, se esconden para seguir agraviando la dignidad de aquellas y la decencia democrática de nuestro país.
El escarnio que perpetra esa misma ley también abarca la no anulación de los procesos judiciales políticos incoados por la dictadura. En consecuencia, sus sentencias, dictadas por tribunales manifiestamente ilegítimos en aplicación de una legislación totalitaria y contraria a la declaración universal de los derechos humanos, siguen hoy vigentes. Las víctimas del corrupto y totalitario sistema penal franquista siguen así, a día de hoy, portando en su historial las condenas que aquel les impuso por defender la libertad y los derechos básicos.
La impunidad consagrada en la ley de Amnistía ha implicado, entre otras cosas, la no depuración del aparato de la dictadura, dando lugar a un sistema democrático de baja calidad, tutelado y contaminado por los residuos franquistas. Presencia tóxica que se perpetúa a día de hoy en buena parte de la cúpula policial y militar, y, particularmente, del sistema judicial.
En lo que se refiere al sistema judicial, diariamente asistimos a muestras de la resistencia de los miembros neofranquistas de la judicatura a asumir los principios del estado de derecho y de las libertades civiles, en su interpretación represiva, retrógrada, favorable a la casta económica y política, e inspirada en los principios nacional-católicos, de la legislación en materias como la corrupción, la libertad de expresión, el orden público o, de forma especialmente notable en estos días, los derechos nacionales.
Son los mismos sectores de la judicatura los que vienen obstaculizando denodadamente, siempre amparándose en la ley de Amnistía, cualquier iniciativa en materia de memoria histórica y de lucha contra la impunidad de la dictadura: desde las negativas a la exhumación de fosas, a la tolerancia con las constantes expresiones de apología fascista, o al bloqueo del procesamiento de los criminales franquistas.
Esto último ha sido patente a lo largo del proceso de denegación de las peticiones de colaboración realizadas desde Buenos Aires a la justicia española por parte de la Jueza Servini, que instruye la denominada Querella Argentina contra crímenes del franquismo, única causa abierta internacionalmente en este sentido.
En definitiva, para quienes estamos comprometidos en la causa de la verdad, justicia y reparación, la ley de Amnistía constituye un permanente obstáculo cuya eliminación es una exigencia democrática fundamental. Por ello, y para crear un marco de justicia acorde con los valores y principios que deben presidir un Estado democrático, exigimos se modifique de una vez la actual Ley de Amnistía para anular su efecto en relación con la investigación y enjuiciamiento de los crímenes contra la humanidad y para permitir que se impongan las penas correspondientes a los responsables de lo mismos.
De esta forma, se materializará el derecho a la tutela judicial efectiva que asiste a las víctimas de la dictadura y sus familiares, y nuestro país recuperará en alguna medida su dignidad colectiva.
* Miembro de La Comuna. De Público de España. Especial para PáginaI12.
Aunque se vende como un ejercicio de equilibrio, la asimetría no puede ser más flagrante: Mientras que por el lado del antifranquismo, solamente quedaban en ese momento unas pocas decenas de presos políticos, pues la mayor parte habían salido ya de la cárcel por los indultos posteriores a la muerte del dictador, en el lado de los represores, la ley será de punto final para exonerar una larga historia de crímenes nunca investigados ni juzgados.
Los supuestos delitos del lado republicano, por otra parte, habían ya sido juzgados y condenados sobradamente, empezando desde la llamada Causa General en la inmediata posguerra.
Los poderes fácticos franquistas, intactos y acechantes, pilotaron de acuerdo a sus intereses el proceso de transición a la democracia, asegurándose su perpetuación en el nuevo régimen, asistidos para ello por la renuncia de los partidos mayoritarios de la izquierda a la ruptura frontal con la dictadura y a la construcción de una democracia saneada y liberada de tutelajes. Con esta ley se aseguraban además una impunidad que es una violación frontal del irrenunciable derecho a la justicia, además de una ofensa permanente a las innumerables víctimas del franquismo.
Y así ha sido hasta nuestros días. Nuestros gobiernos y autoridades judiciales han interpretado sistemáticamente la ley en ese mismo sentido ante los reiterados intentos, desde el ámbito estatal o desde el internacional, de reclamar justicia.
Ciertamente, es una interpretación irracional frente a la doctrina de la justicia universal en relación a crímenes, como los del franquismo, de lesa humanidad, tal como le han advertido en diversas ocasiones a nuestros gobiernos los organismos internacionales de derechos humanos, pero en cualquier caso es un asidero al que este se aferra desesperadamente. En otras palabras, si bien la existencia de la ley, en una aplicación coherente del derecho internacional, no impediría el acceso a la justicia de las víctimas del franquismo, la ley se ha convertido en una coartada seudolegal tras el que los sucesivos gobiernos, y la jerarquía judicial, se esconden para seguir agraviando la dignidad de aquellas y la decencia democrática de nuestro país.
El escarnio que perpetra esa misma ley también abarca la no anulación de los procesos judiciales políticos incoados por la dictadura. En consecuencia, sus sentencias, dictadas por tribunales manifiestamente ilegítimos en aplicación de una legislación totalitaria y contraria a la declaración universal de los derechos humanos, siguen hoy vigentes. Las víctimas del corrupto y totalitario sistema penal franquista siguen así, a día de hoy, portando en su historial las condenas que aquel les impuso por defender la libertad y los derechos básicos.
La impunidad consagrada en la ley de Amnistía ha implicado, entre otras cosas, la no depuración del aparato de la dictadura, dando lugar a un sistema democrático de baja calidad, tutelado y contaminado por los residuos franquistas. Presencia tóxica que se perpetúa a día de hoy en buena parte de la cúpula policial y militar, y, particularmente, del sistema judicial.
En lo que se refiere al sistema judicial, diariamente asistimos a muestras de la resistencia de los miembros neofranquistas de la judicatura a asumir los principios del estado de derecho y de las libertades civiles, en su interpretación represiva, retrógrada, favorable a la casta económica y política, e inspirada en los principios nacional-católicos, de la legislación en materias como la corrupción, la libertad de expresión, el orden público o, de forma especialmente notable en estos días, los derechos nacionales.
Son los mismos sectores de la judicatura los que vienen obstaculizando denodadamente, siempre amparándose en la ley de Amnistía, cualquier iniciativa en materia de memoria histórica y de lucha contra la impunidad de la dictadura: desde las negativas a la exhumación de fosas, a la tolerancia con las constantes expresiones de apología fascista, o al bloqueo del procesamiento de los criminales franquistas.
Esto último ha sido patente a lo largo del proceso de denegación de las peticiones de colaboración realizadas desde Buenos Aires a la justicia española por parte de la Jueza Servini, que instruye la denominada Querella Argentina contra crímenes del franquismo, única causa abierta internacionalmente en este sentido.
En definitiva, para quienes estamos comprometidos en la causa de la verdad, justicia y reparación, la ley de Amnistía constituye un permanente obstáculo cuya eliminación es una exigencia democrática fundamental. Por ello, y para crear un marco de justicia acorde con los valores y principios que deben presidir un Estado democrático, exigimos se modifique de una vez la actual Ley de Amnistía para anular su efecto en relación con la investigación y enjuiciamiento de los crímenes contra la humanidad y para permitir que se impongan las penas correspondientes a los responsables de lo mismos.
De esta forma, se materializará el derecho a la tutela judicial efectiva que asiste a las víctimas de la dictadura y sus familiares, y nuestro país recuperará en alguna medida su dignidad colectiva.
* Miembro de La Comuna. De Público de España. Especial para PáginaI12.
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