miércoles, 31 de enero de 2018

PGR debe publicar contrato del software 'Pegasus': INAI


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PGR debe publicar contrato del software 'Pegasus': INAI

 


CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) entregar la versión pública del contrato de adquisición del software Pegasus.
En junio pasado, el instituto Citizen Lab de la Universidad de Toronto, Canadá, denunció que activistas y periodistas habían sido espiados a través de sus teléfonos con el software Pegasus, desarrollado por la empresa israelí NSO Group. Dicho sistema había sido adquirido por el gobierno mexicano.
La petición se da luego de que la PGR clasificara la información, como fecha y hora de intervención de teléfonos, oficio de autorización, carpetas de investigación, nombre de jueces quienes autorizar, solicitada por un particular; además de señalar que no contaba con los registros de los contratos y de la solicitud de la empresa telefónica.
Por lo anterior, la comisionada Areli Cano formuló un requerimiento de información adicional y celebró dos diligencias de acceso, en las que tuvo a la vista el contrato para la adquisición del sistema conocido como Pegasus y su anexo técnico.
La PGR indicó que dicho contrato actualizaba los supuestos de reserva establecidos en la Ley Federal de Transparencia. Respecto de otros contratos para la adquisición de nuevos equipos utilizados para intervenir teléfonos, señaló que la información era inexistente.
Ante este panorama, se concluyó que la reserva del contrato de software se dijo que únicamente es procedente la clasificación de las especificaciones técnicas y métodos de operatividad, en virtud de que su difusión podría potencializar un riesgo-amenaza a la seguridad nacional, pues se trata de datos que son útiles para la generación de inteligencia.
Se consideró viable proteger los datos de aquellas personas físicas que participaron en la contratación y tienen conocimiento concreto sobre los métodos y especificaciones técnicas, pues su divulgación permitiría su identificación y localización, propiciando riesgos para su vida, seguridad y salud.
Por lo que hace a la inexistencia de otros contratos para la adquisición de equipo utilizado para ejecutar intervenciones telefónicas, se advirtió que el sujeto obligado siguió a cabalidad el procedimiento de búsqueda, establecido en la Ley Federal de Transparencia, pero omitió hacer la declaración formal de inexistencia.
Sobre los casos que estuvieran relacionados con una intervención de comunicación privada y que derivaran en la aprehensión de un delincuente y/o el rescate de alguna persona secuestrada, se validó que si bien, la PGR está obligada a documentar la actuación de los agentes del Ministerio Público de la Federación, en averiguaciones previas, procesos de primera y segunda instancia, dicha dependencia no está constreñida a contar con un registro con el nivel de desglose solicitado.
Por lo expuesto, el pleno del INAI determino modificar la respuesta de la PGR y le instruyó entregar al particular versión pública del contrato para la adquisición de Pegasus y su anexo.
Asimismo, deberá explicar al particular las razones por las cuales no cuenta con los registros de aquellos casos donde se aprehendió al delincuente o se haya rescatado a un secuestrado, que ya causaron estado.

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