Grupo Modelo debe pagar: SHCP
El titular de Hacienda, Luis Videgaray, dijo que es la obligación del Estado aplicar la ley, al referirse al cargo fiscal, por la venta de Modelo a AB InBevPublicado por Jorge Ramos el Jueves 30-05-2013
Grupo Modelo debe pagar: SHCP
Publicado por Jorge Ramos el Jueves 30-05-2013
CIUDAD
DE MÉXICO, 30 de mayo.- Aplicar la ley que grava la venta de las
acciones de las empresas en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) “es una
obligación del Estado”, afirmó el secretario de Hacienda, Luis Videgary
Caso.
Con esa contundencia respaldó el “recordatorio” que hizo el Sistema de Administración Tributaria (SAT) a los intermediarios financieros que participan en la enajenación de las acciones de Grupo Modelo, para que realicen la retención del ISR correspondiente.
“Aplicar la norma es obligación del Estado mexicano”, dijo el responsable de las finanzas públicas, en reacción a la Modificación al Artículo 3 de la Resolución de Miscelánea Fiscal para 2013, publicada por el SAT el martes pasado.
Mediante dicho documento, el SAT recordó que el artículo 60 de la Ley del ISR establece que los intermediarios que intervengan en la enajenación de acciones realizadas a través de la BMV deberán efectuar la retención aplicando la tasa de cinco por ciento sobre el ingreso obtenido en dicha enajenación.
El órgano fiscalizador de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) afirmó que Grupo Modelo, el cual anunció públicamente la venta de acciones a Anheuser-Busch InBev hace unos meses, se encuentra en el supuesto antes referido.
Acciones gravadas
En consecuencia, indicó el SAT, los intermediarios que participan en la operación deberán realizar la retención del ISR que corresponde a la enajenación del paquete accionario.
Según la dependencia, aproximadamente 33 por ciento de las acciones de Grupo Modelo podrían ser gravadas con ISR.
“Un caso que los intermediarios financieros conocen, por la existencia de información pública, es que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR y, por tanto, deben efectuar la retención a que se refiere el artículo 60 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, es la transmisión de propiedad de las acciones de Grupo Modelo, S.A.B. de C.V., con motivo de la Reestructura Societaria y la Oferta Pública de Adquisición Forzosa dadas a conocer mediante folletos informativos el 5 de julio de 2012 y el 2 de mayo de 2013, respectivamente.”
El SAT aclaró que los accionistas que enajenen menos de diez por ciento de los papeles de las empresas están exentos del pago de este gravamen, según lo establecido en la norma.
Entrevistado sobre el tema, el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, explicó que el SAT no hizo modificaciones a la norma, únicamente emitió un recordatorio de lo que dice la misma para que los intermediarios financieros la apliquen.
“No se está haciendo ninguna modificación a la norma, el SAT únicamente emitió un recordatorio de cuál, de cómo, en opinión de la autoridad, debe de aplicarse, y los intermediarios financieros deben hacerlo”, dijo Videgaray.
Sobre si este tipo de normas inhiben la compra-venta de empresas y el flujo de inversión hacia nuestro país, respondió que “aplicarlas es la obligación del Estado mexicano”.
Por su parte, el SAT aclaró que el documento publicado el pasado martes no es un anteproyecto, como decía el título, sino la modificación ya aprobada del Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, por lo que lo que ahí se dice es norma vigente.
El documento publicado por el SAT y la forma en que se refiere a la enajenación de las acciones de Grupo Modelo, sorprendió de manera no grata al fiscalista Herbert Bettinger, auditor de la firma, quien rechazó hacer comentarios sobre el tema para evitar incurrir en “conflicto de interés”.
Modelo ya sabe del desembolso
Será Grupo Financiero Santander que, como intermediario, se encargará de retener el cinco por ciento de los 9.15 dólares que por título recibirán los principales accionistas de Grupo Modelo al ceder a Anheuser Busch InBev sus títulos.
Hacienda se encargó de recordar a los participantes en esta oferta que, por lo menos 33 por ciento de las acciones a la venta, deben pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR).
El asunto no toma por sorpresa a Grupo Modelo, pues en su prospecto de colocación enviado a la Bolsa Mexicana de Valores señaló que “por regla general, la ganancia obtenida por los accionistas producto de la venta de papeles objeto de la oferta constituye un ingreso acumulable sujeto al pago del Impuesto Sobre la Renta en México”.
Carlos Vargas, socio de la Práctica de Impuestos para Fusiones y Adquisiciones de KPMG, explicó que “en términos generales todas las operaciones de venta de los títulos están gravadas, pero para el accionista puede tener una utilidad más alta o baja dependiendo de los años y el monto de la inversión respecto de los papeles que está vendiendo”.
Al respecto de la participación de un intermediario, comentó que este jugador está obligado a realizar la retención, pues en caso de que no se pague dicho impuesto él tendría que cubrirlo.
Sin embargo, la retención de 5% no significa que los accionistas perderán 45 centavos de dólar por cada título que vendan, pues el SAT podría regresarles una parte o, inclusive, exigir un monto superior, todo depende del tiempo que hayan invertido en la empresa y del número de acciones con que cuenten.
Así, en la lista de los principales accionistas de Grupo Modelo están María Asunción Aramburuzabala y Valentín Diez Morodo.
Es importante señalar que los tenedores sujetos al pago del ISR son aquellos que cuentan con más de 10% de papeles de la compañía, y que a su vez vendieron ese porcentaje en un periodo menor a 12 meses.
El SAT tiene bajo la lupa a los accionistas de Modelo, pues en una operación de 20 mil 100 millones de dólares, donde el 33% de los títulos deben pagar ISR, hay por lo menos 300 millones de dólares en juego.
En nuestro país hay antecedentes en los que se realizaron ventas millonarias y el erario público no recibió un solo peso.
Baste remontarnos a 2001, cuando Citigroup ofreció por Banamex 12 mil 447 millones de dólares y Hacienda no recibió ni un centavo por impuestos.
Sin embargo, tras ese hecho, la ley cambió en 2007 y empresarios como Alejandro Martí han tenido que cumplir con esos pagos.
En 2008 Martí pagó al SAT 100 millones de pesos por la venta de 27.05% de acciones de Grupo Martí a Alfredo Harp Helú, y aunque el empresario quiso ampararse, no lo logró.
Hay casos de otras transacciones fuera de Bolsa, pero donde sí se cobra un impuesto por ISR a los ciudadanos: cuando hay ingresos derivados de loterías, rifas, sorteos y concursos, que se paga una tasa de 1%.
Por comprar un auto nuevo, el ISAN es de 2% en el DF, otro impuesto que cobra Hacienda a cualquier persona.
Con esa contundencia respaldó el “recordatorio” que hizo el Sistema de Administración Tributaria (SAT) a los intermediarios financieros que participan en la enajenación de las acciones de Grupo Modelo, para que realicen la retención del ISR correspondiente.
“Aplicar la norma es obligación del Estado mexicano”, dijo el responsable de las finanzas públicas, en reacción a la Modificación al Artículo 3 de la Resolución de Miscelánea Fiscal para 2013, publicada por el SAT el martes pasado.
Mediante dicho documento, el SAT recordó que el artículo 60 de la Ley del ISR establece que los intermediarios que intervengan en la enajenación de acciones realizadas a través de la BMV deberán efectuar la retención aplicando la tasa de cinco por ciento sobre el ingreso obtenido en dicha enajenación.
El órgano fiscalizador de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) afirmó que Grupo Modelo, el cual anunció públicamente la venta de acciones a Anheuser-Busch InBev hace unos meses, se encuentra en el supuesto antes referido.
Acciones gravadas
En consecuencia, indicó el SAT, los intermediarios que participan en la operación deberán realizar la retención del ISR que corresponde a la enajenación del paquete accionario.
Según la dependencia, aproximadamente 33 por ciento de las acciones de Grupo Modelo podrían ser gravadas con ISR.
“Un caso que los intermediarios financieros conocen, por la existencia de información pública, es que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR y, por tanto, deben efectuar la retención a que se refiere el artículo 60 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, es la transmisión de propiedad de las acciones de Grupo Modelo, S.A.B. de C.V., con motivo de la Reestructura Societaria y la Oferta Pública de Adquisición Forzosa dadas a conocer mediante folletos informativos el 5 de julio de 2012 y el 2 de mayo de 2013, respectivamente.”
El SAT aclaró que los accionistas que enajenen menos de diez por ciento de los papeles de las empresas están exentos del pago de este gravamen, según lo establecido en la norma.
Entrevistado sobre el tema, el secretario de Hacienda, Luis Videgaray, explicó que el SAT no hizo modificaciones a la norma, únicamente emitió un recordatorio de lo que dice la misma para que los intermediarios financieros la apliquen.
“No se está haciendo ninguna modificación a la norma, el SAT únicamente emitió un recordatorio de cuál, de cómo, en opinión de la autoridad, debe de aplicarse, y los intermediarios financieros deben hacerlo”, dijo Videgaray.
Sobre si este tipo de normas inhiben la compra-venta de empresas y el flujo de inversión hacia nuestro país, respondió que “aplicarlas es la obligación del Estado mexicano”.
Por su parte, el SAT aclaró que el documento publicado el pasado martes no es un anteproyecto, como decía el título, sino la modificación ya aprobada del Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, por lo que lo que ahí se dice es norma vigente.
El documento publicado por el SAT y la forma en que se refiere a la enajenación de las acciones de Grupo Modelo, sorprendió de manera no grata al fiscalista Herbert Bettinger, auditor de la firma, quien rechazó hacer comentarios sobre el tema para evitar incurrir en “conflicto de interés”.
Modelo ya sabe del desembolso
Será Grupo Financiero Santander que, como intermediario, se encargará de retener el cinco por ciento de los 9.15 dólares que por título recibirán los principales accionistas de Grupo Modelo al ceder a Anheuser Busch InBev sus títulos.
Hacienda se encargó de recordar a los participantes en esta oferta que, por lo menos 33 por ciento de las acciones a la venta, deben pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR).
El asunto no toma por sorpresa a Grupo Modelo, pues en su prospecto de colocación enviado a la Bolsa Mexicana de Valores señaló que “por regla general, la ganancia obtenida por los accionistas producto de la venta de papeles objeto de la oferta constituye un ingreso acumulable sujeto al pago del Impuesto Sobre la Renta en México”.
Carlos Vargas, socio de la Práctica de Impuestos para Fusiones y Adquisiciones de KPMG, explicó que “en términos generales todas las operaciones de venta de los títulos están gravadas, pero para el accionista puede tener una utilidad más alta o baja dependiendo de los años y el monto de la inversión respecto de los papeles que está vendiendo”.
Al respecto de la participación de un intermediario, comentó que este jugador está obligado a realizar la retención, pues en caso de que no se pague dicho impuesto él tendría que cubrirlo.
Sin embargo, la retención de 5% no significa que los accionistas perderán 45 centavos de dólar por cada título que vendan, pues el SAT podría regresarles una parte o, inclusive, exigir un monto superior, todo depende del tiempo que hayan invertido en la empresa y del número de acciones con que cuenten.
Así, en la lista de los principales accionistas de Grupo Modelo están María Asunción Aramburuzabala y Valentín Diez Morodo.
Es importante señalar que los tenedores sujetos al pago del ISR son aquellos que cuentan con más de 10% de papeles de la compañía, y que a su vez vendieron ese porcentaje en un periodo menor a 12 meses.
El SAT tiene bajo la lupa a los accionistas de Modelo, pues en una operación de 20 mil 100 millones de dólares, donde el 33% de los títulos deben pagar ISR, hay por lo menos 300 millones de dólares en juego.
En nuestro país hay antecedentes en los que se realizaron ventas millonarias y el erario público no recibió un solo peso.
Baste remontarnos a 2001, cuando Citigroup ofreció por Banamex 12 mil 447 millones de dólares y Hacienda no recibió ni un centavo por impuestos.
Sin embargo, tras ese hecho, la ley cambió en 2007 y empresarios como Alejandro Martí han tenido que cumplir con esos pagos.
En 2008 Martí pagó al SAT 100 millones de pesos por la venta de 27.05% de acciones de Grupo Martí a Alfredo Harp Helú, y aunque el empresario quiso ampararse, no lo logró.
Hay casos de otras transacciones fuera de Bolsa, pero donde sí se cobra un impuesto por ISR a los ciudadanos: cuando hay ingresos derivados de loterías, rifas, sorteos y concursos, que se paga una tasa de 1%.
Por comprar un auto nuevo, el ISAN es de 2% en el DF, otro impuesto que cobra Hacienda a cualquier persona.
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