Muy débil argumentación SCJN para negar consultas ciudadanas: Crespo. Con José Cárdenas
La consulta pública en realidad implica
un derecho humano, que a su vez está tutelado por la propia
Constitución, "y que la Constitución en materia de derechos humanos
debes de tener la interpretación más amplia favorable a los ciudadanos",
argumento el analista político José Antonio Crespo.
Preocupado por la argumentación dada por
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para echar atrás las
propuestas de consultas ciudadanas promovidas por el Partido de la
Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN) y Movimiento de
Regeneración Nacional (Morena), José Antonio Crespo, académico del
Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), dijo que entonces
ya prácticamente casi cualquier tema podría estar fuera.
"Yo vi la argumentación que se dio en la Corte en relación a la reforma energética (…), porque en el debate habían las argumentaciones que habían hecho varios constitucionalistas importantes, Diego Valadez entre ellos, otros abogados muy destacados, en el sentido de que podían rechazarse las consultas, en el caso de la energética porque no podían ponerse a consulta reformas constitucionales, esa era una argumentación que muchos decían".
Para José Antonio Crespo tenía sustento en el sentido de que no puede una consulta modificar la constitución; y, sin embargo, el argumento que se utilizó básicamente fue que afecta a los egresos y los gastos del Estado; "argumento que el PRI había manejado como razón por la cual el PRI pensaba que se debía echar atrás la consulta que no debía de proceder".
Y en opinión del académico del CIDE, ese argumento le parece muy flojo y endeble porque aunque si está efectivamente en el artículo 35, prohibido el que se ponga a consulta el asunto de egresos y gastos del Estado, el ministro José Ramón Cosío dijo que el tema de los egresos y los gastos es para la Ley de Egresos y de Ingresos, "no puedes tú poner a consulta cómo va a recibir los ingresos básicos el Estado y cómo los va a gastar".
Pero el decir, es que la reforma energética va a tener alguna consecuencia sobre los ingresos y gastos del Estado, cualquier reforma va a implicar movimientos de gastos y de dineros públicos.
"Pero entonces ya prácticamente casi cualquier tema podría estar fuera ya bajo ese argumento porque va a implicar movimientos de gastos del Estado, pero no es el asunto central; la reforma energética no es el asunto central la cuestión de los gastos, sino las posibilidades de contratar con capital privado".
Asimismo, el ministro Cosío también interpretó, que la consulta pública en realidad implica un derecho humano, que a su vez está tutelado por la propia Constitución, "y que la Constitución en materia de derechos humanos debes de tener la interpretación más amplia favorable a los ciudadanos.
"El ministro Cosío dice, esta interpretación que están dando mis colegas sobre egresos y gastos en la cuestión de la materia energética es sumamente estrecha, es sumamente limitativa, restrictiva; no se corresponde por lo tanto a tener una interpretación amplia y favorable a los ciudadanos en este caso. A mí lo que me preocupa no es tanto el fallo de decir, no procede, sino la argumentación, es muy débil".
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"Yo vi la argumentación que se dio en la Corte en relación a la reforma energética (…), porque en el debate habían las argumentaciones que habían hecho varios constitucionalistas importantes, Diego Valadez entre ellos, otros abogados muy destacados, en el sentido de que podían rechazarse las consultas, en el caso de la energética porque no podían ponerse a consulta reformas constitucionales, esa era una argumentación que muchos decían".
Para José Antonio Crespo tenía sustento en el sentido de que no puede una consulta modificar la constitución; y, sin embargo, el argumento que se utilizó básicamente fue que afecta a los egresos y los gastos del Estado; "argumento que el PRI había manejado como razón por la cual el PRI pensaba que se debía echar atrás la consulta que no debía de proceder".
Y en opinión del académico del CIDE, ese argumento le parece muy flojo y endeble porque aunque si está efectivamente en el artículo 35, prohibido el que se ponga a consulta el asunto de egresos y gastos del Estado, el ministro José Ramón Cosío dijo que el tema de los egresos y los gastos es para la Ley de Egresos y de Ingresos, "no puedes tú poner a consulta cómo va a recibir los ingresos básicos el Estado y cómo los va a gastar".
Pero el decir, es que la reforma energética va a tener alguna consecuencia sobre los ingresos y gastos del Estado, cualquier reforma va a implicar movimientos de gastos y de dineros públicos.
"Pero entonces ya prácticamente casi cualquier tema podría estar fuera ya bajo ese argumento porque va a implicar movimientos de gastos del Estado, pero no es el asunto central; la reforma energética no es el asunto central la cuestión de los gastos, sino las posibilidades de contratar con capital privado".
Asimismo, el ministro Cosío también interpretó, que la consulta pública en realidad implica un derecho humano, que a su vez está tutelado por la propia Constitución, "y que la Constitución en materia de derechos humanos debes de tener la interpretación más amplia favorable a los ciudadanos.
"El ministro Cosío dice, esta interpretación que están dando mis colegas sobre egresos y gastos en la cuestión de la materia energética es sumamente estrecha, es sumamente limitativa, restrictiva; no se corresponde por lo tanto a tener una interpretación amplia y favorable a los ciudadanos en este caso. A mí lo que me preocupa no es tanto el fallo de decir, no procede, sino la argumentación, es muy débil".
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