jueves, 22 de mayo de 2014

Haber de retiro', el ABC de una prestación polémica

Haber de retiro', el ABC de una prestación polémica

 


Por Arturo Condado  @ADNPolitico
  
El "haber de retiro" es una retribución que reciben algunos servidores públicos al término de su mandato, la cual actualmente está en medio del debate público luego de que el Congreso aprobó posibilitarla para los magistrados electorales a nivel federal, pero... ¿qué es y cuál es el origen y justificación de esta prestación?Especialistas en Derecho explican que el "haber de retiro" es una prestación económica que reciben ciertos funcionarios al concluir su función al frente un cargo con una duración específica.
"El haber de retiro significa todo lo que tenga que ver con la provisión de un retiro de un funcionario público una vez que haya concluido sus tareas en un cargo en específico”, dice a ADNPolítico.com Sergio Bárcena, profesor del Departamento de Estudios Jurídicos y Sociales del Tecnológico de Monterrey, campus Ciudad de México.
Este concepto existe en la legislación mexicana a partir de su inclusión en el esquema de seguridad social para militares, a quienes se concede cuando llegan a una edad límite, quedan incapacitados en acción de armas y otros actos de servicio, o tras haber prestado 20 años de servicios efectivos.
Surya Palacios, especialista en Derecho y colaboradora de IDConline, menciona que el origen del "haber de retiro" en México se encuentra en la legislación militar, concretamente en la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
“Los haberes de retiro tienen sus orígenes en el derecho militar (...) es una prestación que se les da normalmente a los militares, es común que la tengan de manera histórica”, enfatiza en entrevista.
Bárcena explica que este término está definido en el artículo 21 de la ley mencionada, como una prestación vitalicia.
"Haber de retiro es la prestación económica vitalicia a que tienen derecho los militares retirados en los casos y condiciones que fija esta Ley", indica la norma castrense.
Posteriormente, este beneficio ha sido concedido a otro tipo de funcionarios como exministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) o exmagistrados de tribunales de justicia.
El cargo de presidente de la República incluye el pago de una pensión vitalicia equivalente al salario de un secretario de Estado (205,122.05 pesos).
Aunque dicho monto no se encuentra establecido en la ley –de acuerdo con los investigadores Ernesto Villanueva e Hilda Nucci, esta pensión está sustentada en un acuerdo rubricado por el secretario de Programación y Presupuesto en 1987, Carlos Salinas de Gortari–, es un tipo de haber de retiro, pues se otorga a un servidor público al término de su encargo, con el objetivo de garantizarle una jubilación digna.
Pero no todos los "haberes de retiro" son de por vida. Éstos pueden estar limitados a un cierto lapso de tiempo o, incluso, otorgarse en una exhibición.
Bárcena enfatiza que el periodo de tiempo en el cual el funcionario público recibirá el "haber de retiro" debe ser especificado en las leyes.
En el mismo sentido se manifiesta Palacios, quien sostiene que "cualquier prestación económica debe estar prevista en la ley”, como en el caso de la norma militar, donde está especificado su caracter vitalicio.
“Hay legislación en México y en el mundo que establece las condiciones en las que se da esta prestación económica. La ley debe ser muy clara en decir: ‘va a haber un haber de retiro que será entregado cuando concluya el periodo de ejercicio’; pero la ley lo debe decir”, sostiene la especialista.
Y éste es uno de los puntos que más críticas ha desatado el caso de la prestación para los magistrados electorales, pues la oposición del PAN y el PRD interpretó que el pago se concedería de por vida.
La reforma político-electoral aprobada el pasado viernes por el Congreso establece que la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podrá determinar, en su caso, el haber de retiro para los magistrados de la Sala Superior".
Este miércoles, ante la polémica desatada, los magistrados anunciaron que de plano rechazarían este beneficio, aunque consideraron que las críticas están fundadas en "malas informaciones" y defendieron el derecho de los futuros magistrados para acceder a él.
Palacios apunta que la reforma de la semana pasada genera incertidumbre jurídica porque no establece cómo será el pago para los representantes .
Bárcena coincide en que el "gran problema" de la ley reglamentaria es la falta de claridad, pero confió en que los legisladores corrijan y acoten los tiempos.
Este miércoles, el Congreso recibió tres iniciativas para reformar el "haber de retiro" para los magistrados electorales. El PRI propone acotar a dos años el beneficio, mientras que el PRD plantea derogar este concepto, a través de dos iniciativas.
El diputado priista Héctor Gutiérrez de la Garza explicó a nombre de su bancada y las del Partido Verde y Nueva Alianza que su propuesta pretendía limitar la pensión a dicho periodo para cubrir el tiempo en el que los exmagistrados están inhabilitados para litigar contra el Poder Judicial.
La izquierda señala que no existe razón para otorgar esta prestación, ni de forma vitalicia ni de forma temporal, al rechazar otorgar "mayores privilegios a una burocracia ya de por sí privilegiada".
"Cualquier privilegio que se otorgue hoy a los magistrados, va a sonar, nos guste o no, a un soborno anticipado", indicó este miércoles el diputado del PRD Miguel Alonso Raya.
El legislador federal estimó que, con un "cálculo conservador", cada magistrado cuenta con un "conjunto de prestaciones", incluido un "bono de retiro" que les garantiza ingresos mensuales por 150,000 durante los dos años que están impedidos.
El senador Alejandro Encinas rechazó el argumento de que esta prestación garantiza la imparcialidad y protege la independencia de la institución –esgrimido por los magistrados María del Carmen Alanís y Flavio Galván–, al destacar que los integrantes del Tribunal tienen la obligación legal de apegarse en todo tiempo a los principios de legalidad, imparcialidad y certeza, "con bono o sin bono, con haber de retiro o sin haber de retiro".
El perredista destacó que este asunto "despertó una enorme indignación en toda la sociedad mexicana".
Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, consideró que el caso de México en cuanto a los "haberes de retiro", es "escandaloso a nivel mundial"
"Son cantidades estratosféricas y ayudantías inimaginables en el mundo democrático", comentó a El Universal.
Jaime Cárdenas, exconsejero del IFE y también integrante del IIJ, comparó el caso de México con el plano internacional e indicó que en otros países los únicos que reciben "haber de retiro" son quienes han ocupado el puesto de primer ministro o jefes de Estado, y con sumas económicas moderadas.
Mauricio Merino, doctor en Ciencia Política y profesor-investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), planteó la opción de desaparecer los "haberes".
"A no me gustan, no sólo a nivel teórico sino incluso personal. Que se mantenga el salario al término de un encargo me parece abusivo, mejor estoy por que se pague bien durante el tiempo que dure el encargo y al terminar, que termine el pago", expuso.

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