PGR va contra juez, pero falla
AGENCIA REFORMA/ABEL BARAJAS / MÉXICO, D.F. / Publicada el 08/09/2014La acusación de la PGR fracasó en dos instancias judiciales, por inconsistencias y falta de evidencias. Foto: Especial
La
PGR solicitó la primer orden de aprehensión contra un juez federal en
el presente sexenio por presuntamente liberar en forma ilegal a dos
estafadores, pero la acusación fracasó en dos instancias judiciales, por
inconsistencias y falta de evidencias.
Verónica Sánchez Valle, Juez Décimo de Distrito en Procesos Penales Federales del DF, negó librar la captura de Óscar Alejandro López Cruz, Juez Segundo de Distrito Especializado en Ejecución de Penas, por estimar que no hay indicios de que cometiera delitos contra la administración de la justicia.
La PGR apeló el fallo dictado en la causa 62/2014; sin embargo, un Tribunal Unitario Penal de esta ciudad, por razones distintas a las de Sánchez, confirmó la negativa en una sentencia que ya no puede ser impugnada, informaron fuentes federales.
Al juez lo acusaron de liberar ilegalmente en 2007 a José Antonio y Martiniano Martín García Mendoza, quienes estuvieron en la cárcel por presuntamente transferir en forma fraudulenta 8 millones 89 mil 974 pesos de una cuenta de Jaime Jorba Servitje, un directivo de Bimbo que falleció el año pasado.
Estos sujetos fueron detenidos en el 2005, luego de que se descubriera que utilizaron la firma electrónica de Jorba y abrieron una cuenta a su nombre -sin su conocimiento- para transferirle el dinero y desde allí triangularlo a cuentas a nombre de Liliana Trejo Rangel y del propio José Antonio García Mendoza.
La PGR consignó a los dos sospechosos por violar el primer párrafo del artículo 113 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, pero el 4 de octubre de 2007 López, entonces Juez Décimo Primero de Distrito en Procesos Penales del DF, les dictó la sentencia absolutoria y abandonaron el Reclusorio Oriente.
El argumento del juzgador fue que la PGR, al cierre del proceso, presentó conclusiones acusatorias por una modalidad delictiva distinta a la del juicio, no obstante que se trata del mismo apartado legal de la citada Ley.
Es decir, que en el pliego de conclusiones la Procuraduría señaló que el delito cometido por los inculpados fue en la hipótesis de “transferencia indebida” de recursos, pese a que el proceso se les instruyó por “indebida disposición” de recursos.
Este fallo absolutorio, sustentado en la diferencia de dos palabras, fue confirmado por el Primer Tribunal Unitario Penal del DF, el 17 de diciembre de 2007.
Siete años después, la PGR pidió capturar al juez López porque en su opinión “reclasificó” el delito y las conclusiones presentadas por el MP tenían el carácter de no acusatorias.
Verónica Sánchez Valle, Juez Décimo de Distrito en Procesos Penales Federales del DF, negó librar la captura de Óscar Alejandro López Cruz, Juez Segundo de Distrito Especializado en Ejecución de Penas, por estimar que no hay indicios de que cometiera delitos contra la administración de la justicia.
La PGR apeló el fallo dictado en la causa 62/2014; sin embargo, un Tribunal Unitario Penal de esta ciudad, por razones distintas a las de Sánchez, confirmó la negativa en una sentencia que ya no puede ser impugnada, informaron fuentes federales.
Al juez lo acusaron de liberar ilegalmente en 2007 a José Antonio y Martiniano Martín García Mendoza, quienes estuvieron en la cárcel por presuntamente transferir en forma fraudulenta 8 millones 89 mil 974 pesos de una cuenta de Jaime Jorba Servitje, un directivo de Bimbo que falleció el año pasado.
Estos sujetos fueron detenidos en el 2005, luego de que se descubriera que utilizaron la firma electrónica de Jorba y abrieron una cuenta a su nombre -sin su conocimiento- para transferirle el dinero y desde allí triangularlo a cuentas a nombre de Liliana Trejo Rangel y del propio José Antonio García Mendoza.
La PGR consignó a los dos sospechosos por violar el primer párrafo del artículo 113 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, pero el 4 de octubre de 2007 López, entonces Juez Décimo Primero de Distrito en Procesos Penales del DF, les dictó la sentencia absolutoria y abandonaron el Reclusorio Oriente.
El argumento del juzgador fue que la PGR, al cierre del proceso, presentó conclusiones acusatorias por una modalidad delictiva distinta a la del juicio, no obstante que se trata del mismo apartado legal de la citada Ley.
Es decir, que en el pliego de conclusiones la Procuraduría señaló que el delito cometido por los inculpados fue en la hipótesis de “transferencia indebida” de recursos, pese a que el proceso se les instruyó por “indebida disposición” de recursos.
Este fallo absolutorio, sustentado en la diferencia de dos palabras, fue confirmado por el Primer Tribunal Unitario Penal del DF, el 17 de diciembre de 2007.
Siete años después, la PGR pidió capturar al juez López porque en su opinión “reclasificó” el delito y las conclusiones presentadas por el MP tenían el carácter de no acusatorias.
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