Publicado en: 5 Abril, 2017
EL CAPITAL. Capitulo XXIV. LA LLAMADA ACUMULACIÓN ORIGINARIA:3.Legislación sanguinaria contra los expropiados, desde fines del S.XV. Leyes reductoras del salario.
Por Manu Maketo
Modesto resumen realizado por Manu Maketo, del capítulo 24 de la
obra EL CAPITAL, KARL MARX, la cual supuso un cambio de PARADIGMA, desde
entonces TODAS las ciencias fueron influenciadas desde este prisma, y
los pueblos tuvieron una herramienta ideológica sin parangón, para
aplastar al capital.
La expropiación VIOLENTA e intermitente de las tierras comunales, hizo que las personas que eran súbitamente arrojadas de su mundo habitual no pudieran adaptarse a la nueva situación, así como la naciente manufactura no pudiese absorberlos con la misma rapidez. Lo que hizo que masivamente se convirtiesen en mendigos, ladrones y vagabundos, forzados por las circunstancias. De ahí que a fines del SXV y durante el SXVI proliferara en toda Europa Occidental una legislación sanguinaria contra la vagancia. Un ejemplo: el rey Eduardo VI, 1547, hizo una ley por la cual el amo debe alimentar a su esclavo con pan y agua, caldos poco sustanciosos y los restos de carne que le parezcan convenientes. Tiene derecho de obligarlo látigo y cadenas mediante, a efectuar cualquier tipo de trabajo, por repugnante que sea. Si el esclavo se escapa y permanece prófugo por 15 días, se le debe condenar a la esclavitud de por vida y marcarlo a hierro candente con la letra S (slave: esclavo) en la frente o en la mejilla, si se escapa por segunda vez, se lo ejecutará como reo de alta traición.
La expropiación VIOLENTA e intermitente de las tierras comunales, hizo que las personas que eran súbitamente arrojadas de su mundo habitual no pudieran adaptarse a la nueva situación, así como la naciente manufactura no pudiese absorberlos con la misma rapidez. Lo que hizo que masivamente se convirtiesen en mendigos, ladrones y vagabundos, forzados por las circunstancias. De ahí que a fines del SXV y durante el SXVI proliferara en toda Europa Occidental una legislación sanguinaria contra la vagancia. Un ejemplo: el rey Eduardo VI, 1547, hizo una ley por la cual el amo debe alimentar a su esclavo con pan y agua, caldos poco sustanciosos y los restos de carne que le parezcan convenientes. Tiene derecho de obligarlo látigo y cadenas mediante, a efectuar cualquier tipo de trabajo, por repugnante que sea. Si el esclavo se escapa y permanece prófugo por 15 días, se le debe condenar a la esclavitud de por vida y marcarlo a hierro candente con la letra S (slave: esclavo) en la frente o en la mejilla, si se escapa por segunda vez, se lo ejecutará como reo de alta traición.
Tomás Moro dice en su Utopía:” Y ocurre
así que un glotón codicioso e insaciable, verdadera peste de su país
natal, puede reunir y cercar con una empalizada o un seto miles de acres
de tierra, o por VIOLENCIA y fraude acosar tanto a sus propietarios
que estos se ven obligados a venderlo todo………De estos pobres fugitivos,
que afirma que se les obligaba a robar, se ejecutaron 72mil durante el
reinado de Enrique VIII”.
De esta suerte, la población rural,
expropiada por la VIOLENCIA, expulsada de sus tierras y reducida al
vagabundaje, fue obligada a someterse, mediante una legislación
TERRORISTA y grotesca y a fuerza de latigazos, hierros candentes y
tormentos, a la disciplina que requería el sistema de trabajo
asalariado. En el transcurso del desarrollo de la producción
capitalista, aparece una clase trabajadora que reconoce este modo de
producción como, “leyes naturales”. Quebranta toda resistencia; la
generación constante de una sobre- población relativa mantiene la ley de
la oferta y la demanda de trabajo, y por tanto el salario, dentro de
los carriles que convienen a las necesidades de valorización del
capital; la coerción “sorda” de las relaciones económicas, pone su sello
a la dominación del capitalista sobre el obrero.
La burguesía naciente necesita y usa el poder del estado para “regular” el salario, esto es, para comprimirlo dentro de los límites gratos a la producción de plusvalor; para prolongar la jornada laboral
y mantener al trabajador en dependencia respecto al capital,
dependencia que las condiciones de producción mismas garantizan y
perpetúan. Factor esencial en la llamada acumulación originaria.
La legislación laboral tendiente desde
un principio a la explotación del obrero, se muestra de manera hiriente
en infinidad de ejemplos, veamos algunos:
Una ley de 1360 declaraba sin ningún
valor todas las combinaciones, convenios, pactos………mediante los cuales
los albañiles y carpinteros se vinculaban entre sí.
Adam Smith, ideólogo y uno de los padres
de capitalismo, en 1767, decía que:” Siempre que el legislador intenta
regular las diferencias entre los empresarios y sus obreros, los
consejeros del legislador son, invariablemente, los empresarios”.
Incluso en la Revolución francesa, los
obreros no tienen derecho a ponerse de acuerdo sobre sus intereses, a
actuar en común y, mediante esas acciones, a mitigar su” dependencia
absoluta, que es casi la de la esclavitud”. Una ley de 1791, dice que
los ciudadanos que pertenecen a la misma profesión, arte, y oficio
efectúen deliberaciones, adopten convenciones tendientes a rechazar
trabajos o no prestarlos más que a un determinado precio, dichas
deliberaciones y convenciones serán declaradas inconstitucionales,
atentatorias contra la libertad y contra los derechos del hombre.
Desde el SXIV hasta el SXIX (1825), año en que se derogaron las leyes contra las coaliciones, las coaliciones obreras,
antecedentes de los actuales sindicatos, son consideradas como un
delito grave. Hoy en día los “traficantes de carne obrera”, la Patronal
Confebask-CEOE, actúa , como si no hubiese pasado el tiempo, y han
pretendido ilegalizar a los sindicatos ELA y LAB, con la ayuda de
los dirigentes del PNV-PSOE-PP y Gobierno Vasco, y la pasividad de los
sindicatos CCOO y UGT.
Estas crueles leyes sólo fueron
derogadas a regañadientes por los parlamentos, ante la presión de las
masas y la amenazadora actitud del proletariado.
-continuará-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario