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Con esta regla, extranjeros no podrían comprar criptomonedas en México
Diana Nava
Las plataformas de monedas virtuales mexicanas sólo podrán tener clientes nacionales o
de origen extranjero que certifiquen su residencia en el país, así lo
establece una de las reglas del anteproyecto de las ‘Disposiciones de
carácter general aplicables a las operaciones de las instituciones de
fondos de pago electrónico’.
En una de las disposiciones del documento, que está actualmente en consulta pública,
se señala que estas empresas sólo podrán abrir cuentas a “nombre de
personas físicas y personas morales nacionales o personas físicas
extranjeras residentes en México y que acrediten su calidad migratoria
mediante el documento correspondiente”.
Es decir, esta regla establece una restricción para que personas físicas o morales extranjeras puedan contratar los servicios que ofrecen los exchanges mexicanos.
“Si
tenemos una muy buena plataforma que compita a nivel global, no vamos a
poder (por ejemplo) jalar clientes de Francia a que dejen dinero
francés en México, generando empleos mexicanos y pagando impuestos
mexicanos”, consideró Tomás Álvarez, CEO del exchange mexicano Volabit.
FOCOS
Las
disposiciones que corresponden a las leyes secundarias de la Ley
Fintech serán públicas hasta el próximo miércoles en el portal de
Consulta Pública de Disposiciones de Banxico para recibir comentarios.
La restricción a clientes foráneos, consideraron expertos, podría afectar la liquidez del mercado mexicano de activos virtuales.
Plataformas de activos virtuales calificaron a la regla como una desventaja,
ya que la mayoría de los esquemas de otros países pueden tener clientes
a nivel internacional. Por ejemplo, usuarios mexicanos pueden adquirir
activos virtuales en exchanges internacionales.
“Si
a las compañías mexicanas no nos dejan hacer eso (tener clientes de
otros países), nos pone en una desventaja, no vamos a poder competir
contra compañías internacionales”, dijo Álvarez.
Athena Bitcoin, una plataforma de compra y venta de bitcoin y litecoin,
defiende que en esta disposición “no se establece ningún criterio
válido y proporcional para poder excluir a estas personas
(extranjeras)”, apuntó en un comentario hecho al anteproyecto.
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