animalpolitico.com
SCJN emite jurisprudencia para que se permita el cultivo y consumo de la mariguana con fines recreativos
Leer: SCJN aprueba mariguana medicinal y muerte digna en la Constitución de CDMX
Este miércoles fueron aprobados los amparos en revisión 547/2018 y 548/2018, bajo las ponencias de la ministra Norma Lucía Piña y el ministro Arturo Zaldívar, respectivamente.
Aunque se autoriza la siembre y el consumo, la jurisprudencia plantea que los consumidores no podrán vender ni distribuir el cannabis a terceras personas.
La declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley General de Salud “no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas”, plantearon.
Lo artículos de la Ley General de Salud invalidados son: 235, 237, 245, 247 y 248, los cuales prohíben el “sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y adquirir” de forma legal la semilla de la cannabis, para uso personal.
Estos artículos, argumentan los magistrados, “violan los derechos humanos a la dignidad, pluralismo, personalidad, propia imagen, libertad personal y corporal”.
Con esta decisión, todo aquel ciudadano que esté interesado en cultivarla y/o consumirla con fines recreativos podrá solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y si la dependencia lo niega podrán recurrir a un amparo y cualquier juez debe resolver a su favor.
La organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) consideró que lo determinado este miércoles es histórico, ya que abre la puerta a la regulación del cannabis en el país.
“Las cinco decisiones judiciales de la primera sala de la SCJN confirman que el modelo prohibicionista es inconstitucional y que México debe transitar hacia la regulación de las drogas para mejorar las condiciones de justicia y paz en el país”, señaló MUCD.
“Desde ahora, ningún juez debe negar los Derechos Humanos de las personas usuarias de cannabis”, dijo el abogado Andrés Aguinaco.
Al declararse que son inconstitucionales artículos de la Ley General de Salud, detalló la organización, el Congreso se verá obligado a cambiar esa legislación, en un periodo de 90 días.
“La SCJN notificará su decisión al legislativo a fin de iniciar el proceso de reforma legislativa y asegurar el respeto a los Derechos Humanos de todas las personas, sin necesidad de que éstas acudan al poder judicial para presentar un amparo”, refirió MUCD.
“La Suprema Corte ya hizo su trabajo, a partir del impulso que comenzamos desde MUCD con el caso SMART en 2015. Por lo tanto, la responsabilidad de emitir la regulación correspondiente, recae en el Congreso”, agregó Lisa Sánchez, directora general de México Unido contra la Delincuencia.
En agosto pasado el Pleno de la SCJN aprobó el uso de la mariguana medicinal para Ciudad de México. Con ocho votos a favor los magistrados fijaron su postura a favor del uso médico o terapéutico de la cannabis.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario