Tortura se castigará hasta con 24 años de prisión
Pleno del Senado aprueba por 73 votos dictamen;
modifican minuta de San Lázaro e incluyen obligatoriedad de funcionarios
públicos de denunciar cualquier indicio de este delito
El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad
una reforma que sanciona hasta con 24 años de cárcel a quien cometa
actos de tortura en México y obliga a funcionarios a denunciar cualquier
indicio de este delito.
En la sesión de este miércoles se aprobó por 73 votos el dictamen presentado por la Comisión de Derechos Humanos mediante el cual se reforma la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, misma que modifica su denominación para quedar como Ley Federal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura.
Con los cambios, turnados a la Cámara de Diputados, se establecen hasta 24 años de prisión a quien cometa el delito de tortura, de manera sistemática y como parte de un ataque generalizado, en contra de una población civil.
Asimismo, se sustituye la definición del delito de tortura como acto cuya intencionalidad es la de infligir sufrimiento, tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir sus capacidades.
Se establece la obligación a los servidores públicos de denunciar cualquier acto de tortura, e impone penas que incluyen desde la multa hasta la inhabilitación, que se aumentan si se comete como un acto sistemático contra la población civil.
El Senado modificó la minuta que le envió la Cámara de Diputados e incluyó esta agravante, en la que se indica que, en este caso, la tortura será imprescriptible.
Entre otros cambios, destaca la observación para que las disposiciones de la ley sean de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional en materia de fuero federal.
Originalmente se distinguía su aplicación en todo el territorio nacional en materia de fuero federal y en el Distrito Federal en materia de fuero común.
En la sesión de este miércoles se aprobó por 73 votos el dictamen presentado por la Comisión de Derechos Humanos mediante el cual se reforma la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, misma que modifica su denominación para quedar como Ley Federal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura.
Con los cambios, turnados a la Cámara de Diputados, se establecen hasta 24 años de prisión a quien cometa el delito de tortura, de manera sistemática y como parte de un ataque generalizado, en contra de una población civil.
Asimismo, se sustituye la definición del delito de tortura como acto cuya intencionalidad es la de infligir sufrimiento, tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir sus capacidades.
Se establece la obligación a los servidores públicos de denunciar cualquier acto de tortura, e impone penas que incluyen desde la multa hasta la inhabilitación, que se aumentan si se comete como un acto sistemático contra la población civil.
El Senado modificó la minuta que le envió la Cámara de Diputados e incluyó esta agravante, en la que se indica que, en este caso, la tortura será imprescriptible.
Entre otros cambios, destaca la observación para que las disposiciones de la ley sean de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional en materia de fuero federal.
Originalmente se distinguía su aplicación en todo el territorio nacional en materia de fuero federal y en el Distrito Federal en materia de fuero común.
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